Norma Legal Oficial del día 06 de diciembre del año 2011 (06/12/2011)


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TEXTO DE LA PÁGINA 14

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Codigo 6 Infraccion Extraer, descargar, procesar, 6.1 comercializar, transportar y/o almacenar recursos hidrobiologicos declarados en MORDAZA, asi como la utilizacion de los mismos en la preparacion y expendio de alimentos o exceder los porcentajes establecidos de 6.2 captura de ejemplares en tallas o pesos menores y los de la captura de las especies asociadas o dependientes.

NORMAS LEGALES
Sub Codigo de la Infraccion Medida Cautelar y Medidas Correctivas o Reparadoras MORDAZA Decomiso Suspension Multa Decomiso Multa Suspension 6.3 Almacenar, comercializar o transportar - Decomiso recursos hidrobiologicos declarados en veda. Decomiso

El Peruano MORDAZA, martes 6 de diciembre de 2011 Determinacion de la Sancion Sancion

Extraer o descargar recursos - Decomiso Grave hidrobiologicos declarados en veda. - Suspension del permiso, por quince (15) dias efectivos de pesca. -

Del permiso de pesca por treinta (30) dias efectivos de pesca. 10 x (cantidad de recurso en t. x factor del recurso) en UIT.

Procesar recursos declarados en veda.

hidrobiologicos - Decomiso -

Grave

4 x (cantidad de recurso en t. x factor del recurso) en UIT. De la licencia de Operacion por dias (3) efectivos de procesamiento. Se aplica al propietario de los RR.HH almacenados, comercializados o transportados en MORDAZA Se aplican a las empresas que permiten el almacenamiento, transporte o comercializacion de los RR.HH vedados, de acuerdo a lo siguiente: 6.3.1 Por almacenar: Menos de 1 t. : 1 UIT Igual o mayor a 1 t. : 2 UIT 6.3.2 Por transportar Menos de 100 Kg. : 0.5 UIT Igual o mayor a 100 kg. : 1 UIT 6.3.3 Por permitir la comercializacion Menos de 10 Kg. : 0.1 UIT Igual o mayor a 10 Kg. : 0.2 UIT

Multa

6.4

Utilizar recursos hidrobiologicos - Decomiso declarados en MORDAZA en la preparacion y expendio de alimentos o almacenarlos para este fin

Decomiso Multa - Tratandose de cantidades menores de 10 Kg: 0.5 UIT - Tratandose de cantidades iguales o mayores a 10 Kg: 1 UIT

6.5

Extraer, procesar, comercializar o - Decomiso transportar recursos hidrobiologicos en tallas o pesos menores a los establecidos

Decomiso Multa (cantidad de recurso en exceso en t. x factor del recurso) en UIT Cuando se trate del recurso anchoveta con destino al consumo humano indirecto, y se cometa la infraccion por primera vez en cada temporada de pesca, se aplica: 0.5 x (cantidad de recurso en t. x factor del recurso) en UIT

6.6

Extraer, procesar, comercializar o - Decomiso. transportar, recursos hidrobiologicos en tallas o pesos menores de especies del ROP de la Amazonia Tratandose de la captura de especies No asociadas o dependientes superando los porcentajes de tolerancia Descargar recursos hidrobiologicos No MORDAZA de la hora fijada en la resolucion ministerial que dispone el inicio de las actividades extractivas; asi como, descargar despues de la hora limite fijada en la resolucion ministerial que dispone el termino de las actividades extractivas Extraer recursos hidrobiologicos - Decomiso provenientes de bancos naturales o zonas protegidas, en los cuales se MORDAZA prohibido temporalmente las actividades extractivas.

Decomiso Multa 3 x (valor del recurso)

6.7

Multa

Cantidad del recurso en t. x factor del recurso en UIT

6.8

Multa

2 x (cantidad del recurso extraido en t. x factor del recurso) en UIT

6.9

Decomiso Multa 4 x Cantidad de recurso en t. x factor del recurso en UIT

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