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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 24 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2011 (24/12/2011)

CANTIDAD DE PAGINAS: 36

TEXTO PAGINA: 6

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 24 de diciembre de 2011 455700 A CARGO DEL MEF PLAZOS * Presentación del Formato “Detalle de los Gastos fi nanciados con Recursos por Operaciones Ofi ciales de Crédito Externo, Donaciones y Contrapartida Nacional”. Directiva N° 005-2010-EF/76.01, Art. 17°. Hasta el 20 de enero de 2012. * Actualización, durante el trimestre, de la Programación de Compromisos Anual (PCA) por causal. Directiva N° 005-2010-EF/76.01, Arts. 8° Lit. b) y 9º. Del 01 de enero de 2012 al 31 de marzo de 2012. Del 01 de abril de 2012 al 30 de junio de 2012. Del 01 de julio de 2012 al 30 de setiembre de 2012. Del 01 de octubre de 2012 al 31 de diciembre de 2012. * Presentación de las Copias de las Resoluciones que aprueban Modifi caciones Presupuestarias en el Nivel Institucional. Directiva N° 005-2010-EF/76.01, Arts. 19° Num. 19.3 y 21º Num. 21.3. Ley N° 28411, Art. 39°. Dentro de los cinco (5) días siguientes de aprobada la Resolución. * Presentación de la Copia de la Resolución de la Modifi cación Presupuestaria de Habilitaciones y Anulaciones, entre Unidades Ejecutoras. Directiva N° 005-2010-EF/76.01, Art. 20° Num. 20.1 Lit. a) y Art. 22° Num. 22.1 Lit. a). Dentro de los cinco (5) días siguientes de aprobada la Resolución. * Aprobación de las Modifi caciones Presupuestales dentro de una Unidad Ejecutora Directiva N° 005-2010-EF/76.01, Art. 20° Num. 20.1 Lit. b) Inc. i) primer párrafo y Art. 22° Num. 22.1 Lit. b) Inc. i) primer párrafo. mes 01: hasta el 10 de febrero de 2012. mes 02: hasta el 12 de marzo de 2012. mes 03: hasta el 10 de abril de 2012. mes 04: hasta el 10 de mayo de 2012. mes 05: hasta el 11 de junio de 2012. mes 06: hasta el 10 de julio de 2012. mes 07: hasta el 10 de agosto de 2012. mes 08: hasta el 10 de setiembre de 2012. mes 09: hasta el 10 de octubre de 2012. mes 10: hasta el 12 de noviembre de 2012. mes 11: hasta el 10 de diciembre de 2012. mes 12: hasta el 10 de enero de 2013 * Presentación de la Copia de las Resoluciones de Modifi caciones Presupuestales dentro de una Unidad Ejecutora. Directiva N° 005-2010-EF/76.01, Art. 20° Num. 20.1 Lit. b) Inc. i) segundo párrafo y Art. 22° Num. 22.1 Lit. b) Inc. i) segundo párrafo. mes 01: hasta el 15 de febrero de 2012. mes 02: hasta el 19 de marzo de 2012. mes 03: hasta el 16 de abril del 2012. mes 04: hasta el 15 de mayo de 2012. mes 05: hasta el 18 de junio de 2012. mes 06: hasta el 16 de julio de 2012. mes 07: hasta el 15 de agosto de 2012. mes 08: hasta el 17 de setiembre de 2012. mes 09: hasta el 15 de octubre de 2012. mes 10: hasta el 19 de noviembre de 2012. mes 11: hasta el 17 de diciembre de 2012. mes 12: hasta el 15 de enero de 2013. 732367-1 ENERGIA Y MINAS Declaran en situación excepcional parte de la zona oriental del SEIN RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 522-2011-MEM/DM Lima, 22 de diciembre de 2011 CONSIDERANDO: Que, conforme a lo establecido en el literal c) del artículo 14° de la Ley N° 28832, una de la funciones operativas del Comité de Operación Económica del Sistema (COES) es la de coordinar la operación en tiempo real del Sistema Eléctrico Interconectado Nacional (SEIN); Que, mediante Resolución Directoral N° 014-2005-EM/ DGE, publicada el 03 de marzo de 2005, se aprobó la Norma Técnica para la Coordinación de la Operación en Tiempo Real de los Sistemas Interconectados, cuyo objeto es establecer las obligaciones del Coordinador de la Operación en Tiempo Real de los Sistemas Interconectados y de los Integrantes del mismo, con relación a los procedimientos de operación en tiempo real de dichos Sistemas; Que, en el Numeral 41 del Anexo Nº 1 de la referida Norma Técnica, se defi ne la Situación Excepcional como aquella situación temporal en la cual no sea posible asegurar el abastecimiento de energía eléctrica en el SEIN, o en parte del mismo, con los parámetros operativos normales, y que dicha situación será declarada por el Ministerio de Energía y Minas, a solicitud del COES debidamente sustentada, en la que se especifi cará la duración y las zonas del SEIN en Situación Excepcional; Que, al amparo de la citada norma legal, mediante el documento COES/ D-607-2011, de fecha 21 de diciembre de 2011, el COES ha solicitado al Ministerio se declare en Situación Excepcional en parte de la zona Oriental del SEIN, entre las Subestaciones Paragsha – Tingo María – Pucallpa – Aucayacu – Tarapoto, hasta el 31 de diciembre de 2011, acompañando como sustento el Informe COES/DO/SEV- 104-2011; Que, el Numeral 10.1.1 de la misma Norma Técnica, prevé que durante el periodo de Situación Excepcional, el COES podrá programar y operar en tiempo real con nuevos valores de referencia para tensión y frecuencia, que excedan a las tolerancias normales, así como superar los límites normales de carga de los equipos e instalaciones y dejar de asignar reserva rotante para regulación de frecuencia, a fi n de procurar el abastecimiento oportuno a los usuarios y minimizar los efectos de dicha situación excepcional, manteniendo un adecuado balance respecto al riesgo de que se ocasione perturbaciones mayores al Sistema, agregando que las decisiones para la operación en tiempo real en Situación Excepcional deberá considerar el riesgo que signifi ca para la seguridad operativa del SEIN, parte de él o de las instalaciones afectadas; En ejercicio de las funciones contenidas en los incisos b) y c) del artículo 6º del Decreto Ley 25962, Ley Orgánica del Sector Energía y Minas; y en el inciso h) del artículo 9º del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Energía y Minas, aprobado por el Decreto Supremo Nº 031-2007-EM; Con la opinión favorable del Director General de Electricidad y del Viceministro de Energía; SE RESUELVE: Artículo 1°- Declarar en Situación Excepcional parte de la zona Oriental del Sistema Eléctrico Interconectado Nacional, entre las Subestaciones Paragsha – Tingo María – Pucallpa – Aucayacu – Tarapoto, desde la fecha de vigencia de la presente Resolución, hasta el 31 de diciembre de 2011. Artículo 2º.- La presente Resolución Ministerial entrará en vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario Ofi cial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese. JORGE MERINO TAFUR Ministro de Energía y Minas 733073-1