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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 24 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2011 (24/12/2011)

CANTIDAD DE PAGINAS: 36

TEXTO PAGINA: 12

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 24 de diciembre de 2011 455706 en su calidad de representante ORLANDO PANTA ALVAREZ, TOMAS PANTA ALVAREZ, LUIS ALBERTO PANTA ALVAREZ y CESAR AUGUSTO PANTA ALVAREZ, por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución. Artículo 2º.- Remitir copia de la presente Resolución Directoral a la Dirección General de Seguimiento, Control y Vigilancia del Ministerio de la Producción, a las Direcciones Regionales Sectoriales de la Producción del Litoral y a la Dirección General de Capitanías y Guardacostas del Ministerio de Defensa, y consignarse en el Portal Institucional del Ministerio de la Producción, cuya dirección es: www.produce.gob.pe. Regístrese, comuníquese y publíquese. MARÍA DEL CARMEN MÁRQUEZ RAMÍREZ Directora General de Extracción y Procesamiento Pesquero 731874-11 Aprueban cambio de titular de permiso de pesca de embarcación pesquera de matrícula PT-3474-CM a favor de persona natural RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº 705-2011-PRODUCE/DGEPP Lima, 22 de noviembre del 2011 VISTOS, los escritos del Registro Nº 00070276- 2011, de fechas 22 de agosto y 17 de octubre del 2011, presentado por el señor MARINO LEONIDAS TUME RUIZ; y, CONSIDERANDO: Que, el artículo 9º del Decreto Supremo Nº 003-98- PE, modifi cado por el artículo 1º del Decreto Supremo Nº 004-2007-PRODUCE, establece, entre otros, que la transferencia del permiso de pesca (de las embarcaciones al amparo de la Ley Nº 26920), se efectuará conforme las disposiciones contenidas en el Artículo 34º del Reglamento de la Ley General de Pesca; Que, el artículo 34º del Reglamento de la Ley General de Pesca aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PE, modifi cado por el Decreto Supremo Nº 015-2007-PRODUCE, establece que el permiso de pesca es indesligable de la embarcación pesquera a la que corresponde. La transferencia de la propiedad o posesión de las embarcaciones pesqueras de bandera nacional durante la vigencia del permiso de pesca conlleva la transferencia de dicho permiso en los mismos términos y condiciones en que se otorgaron. Asimismo, en su último párrafo refi ere que en aquellos supuestos en los cuales los actos administrativos sancionadores han sido impugnados en la vía administrativa o judicial, procede la autorización de cambio de titular del permiso de pesca encontrándose condicionada la vigencia a su resultado; Que, mediante Resolución Directoral Nº 088-2003- GOB.REG.-PIURA/DIREPE-DR, de fecha 07 de marzo de 2003, se otorgó permiso de pesca al armador CESAR AUGUSTO TUME RUIZ para operar la embarcación pesquera de madera de nombre MARIA AURELIA de matrícula Nº PT-3474-CM, de arqueo neto 14.34 y de 60.84 m3 de capacidad de bodega, en la extracción del recurso hidrobiológico anchoveta con destino para el consumo humano directo e indirecto y los recursos sardina, jurel y caballa con destino al consumo humano directo utilizando redes de cerco con longitud mínima de abertura de malla de ½ y 1 ½ pulgadas (13 mm y 38 mm) según corresponda, en el ámbito del litoral peruano y fuera de las cinco (05) millas marinas adyacentes a la costa para el caso de los recursos hidrobiológicos anchoveta y sardina y fuera de las diez (10) millas marinas adyacentes a la costa para el caso de los recursos jurel y caballa; Que, con Resolución Directoral Nº 674-2009- PRODUCE/DGEPP de fecha 02 de septiembre del 2009, se declaró la caducidad del permiso de pesca de la embarcación pesquera MARIA AURELIA de matrícula PT-3474-CM, únicamente en el extremo referido a la extracción de los recursos jurel y caballa; Que, a la fecha, la embarcación pesquera MARIA AURELIA de matrícula PT-3474-CM, con 60.84 m3 de capacidad de bodega, se encuentra consignada en el Anexo I de la Resolución Ministerial Nº 085-2007- PRODUCE modifi cado por la Resolución Directoral Nº 674-2009-PRODUCE/DGEPP, para la extracción del recurso anchoveta para consumo humano directo e indirecto y sardina para consumo humano directo; Que, mediante el escrito de Registro Nº 70276-2011, el señor MARINO LEONIDAS TUME RUIZ, solicita cambio de titular del permiso de pesca de la embarcación pesquera MARIA AURELIA de matrícula PT-3474-CM, sustentando su derecho de propiedad sobre la citada embarcación a través del Certifi cado Compendioso de Dominio, expedido en la Zona Registral Nº I – Sede Piura, en base a la Partida Nº 11020476 del Registro de Embarcaciones Pesqueras; Que, en tal virtud, se ha determinado que el señor MARINO LEONIDAS TUME RUIZ ha cumplido con presentar los requisitos establecidos en el Procedimiento Nº 7 del Texto Único de Procedimientos Administrativos del Ministerio de la Producción, aprobado por Decreto Supremo Nº 008-2009-PRODUCE y modifi catorias; por lo que resulta procedente la aprobación del cambio de titularidad del permiso de pesca solicitado; Estando a lo informado por la Dirección de Consumo Humano Indirecto de la Dirección General de Extracción y Procesamiento Pesquero, según Informe Técnico Nº 800- 2011-PRODUCE/DGEPP-Dchi, Informe Complementario Nº 937-2011-PRODUCE/DGEPP-Dchi e Informe Legal Nº 1159-2011-PRODUCE/DGEPP; De conformidad con lo dispuesto por el Decreto Ley Nº 25977 – Ley General de Pesca, su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PE y sus modifi catorias, el Texto Único de Procedimientos Administrativos del Ministerio de la Producción, aprobado por Decreto Supremo Nº 008-2009-PRODUCE y modifi catorias; y, En uso de las facultades conferidas por el artículo 118º del Reglamento de la Ley General de Pesca aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PE, el artículo 5º de la Resolución Ministerial Nº 504-98-PE y el literal d) del artículo 53º del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de la Producción, aprobado por Decreto Supremo Nº 010-2006-PRODUCE; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aprobar a favor del señor MARINO LEONIDAS TUME RUIZ el cambio de titular del permiso de pesca de la embarcación pesquera MARIA AURELIA de matrícula PT-3474-CM, sólo en la extracción de anchoveta para consumo humano directo e indirecto y sardina para consumo humano directo; en los mismos términos y condiciones en que fue otorgado mediante Resolución Directoral Nº 088-2003-GOB.REG.-PIURA/ DIREPE-DR modifi cado por Resolución Directoral Nº 674- 2009-PRODUCE/DGEPP. Artículo 2º.- Disponer que el permiso de pesca a que se refi ere al artículo 1º de la presente Resolución será ejercido en el extremo referido al recurso sardina (Sardinops sagax sagax), el cual será destinado al consumo humano directo, conforme a lo dispuesto por el Decreto Supremo Nº 001-2002-PRODUCE, o las normas que lo modifi quen o sustituyan, y a las sanciones previstas por su incumplimiento establecidas en el Decreto Supremo Nº 016-2007-PRODUCE. Artículo 3º.- Dejar sin efecto la titularidad del permiso de pesca de la embarcación pesquera MARIA AURELIA de matrícula PT-3474-CM otorgado al señor CESAR AUGUSTO TUME RUIZ, a través de la Resolución Directoral Nº 088-2003-GOB.REG.-PIURA/DIREPE-DR. Artículo 4º.- Incorporar al señor MARINO LEONIDAS TUME RUIZ como el nuevo titular del permiso de pesca para operar la embarcación pesquera MARIA AURELIA de matrícula PT-3474-CM, así como la presente Resolución en el Anexo I de la Resolución Ministerial Nº 085-2007- PRODUCE, excluyendo al señor CESAR AUGUSTO TUME RUIZ consignado en dicho anexo. Artículo 5º.- Remitir copia de la presente Resolución Directoral a la Dirección General de Seguimiento, Control y Vigilancia del Ministerio de la Producción, a las Direcciones Regionales Sectoriales de la Producción