Norma Legal Oficial del día 06 de enero del año 2011 (06/01/2011)


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TEXTO DE LA PÁGINA 33

El Peruano MORDAZA, jueves 6 de enero de 2011

NORMAS LEGALES

433677

Remiten al Congreso de la Republica la documentacion relativa al "Acuerdo de Asistencia Juridica Mutua en Asuntos Penales entre los Estados Partes del MERCOSUR, la Republica de Bolivia y la Republica de Chile"
RESOLUCION SUPREMA Nº 004-2011-RE

aprobacion legislativa de los Tratados celebrados por el Estado peruano; RESUELVE: Articulo 1º.- Remitase al Congreso de la Republica, la documentacion relativa al "Anexo II Convenio para la Aplicacion del Convenio Iberoamericano de Seguridad Social entre la Republica del Peru y la Republica Oriental del Uruguay", fue suscrito el 19 de octubre de 2004. Articulo 2º.- La presente Resolucion Suprema sera refrendada por el senor Presidente del Consejo de Ministros y el senor Ministro de Relaciones Exteriores. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente del Consejo de Ministros y Ministro de Educacion MORDAZA MORDAZA MORDAZA BELAUNDE Ministro de Relaciones Exteriores
586240-14

MORDAZA, 5 de enero de 2011 CONSIDERANDO Que, el "Acuerdo de Asistencia Juridica Mutua en Asuntos Penales entre los Estados Partes del MERCOSUR, la Republica de Bolivia y la Republica de Chile", fue suscrito el 18 de febrero de 2002, en la MORDAZA de Buenos Aires, Republica Argentina; Que, es conveniente a los intereses del Peru la aprobacion del citado instrumento internacional; Que, de conformidad con lo dispuesto en los articulos 56º y 102º inciso 3 de la Constitucion Politica del Peru y el articulo 2º de la Ley Nº 26647, que disponen la aprobacion legislativa de los Tratados celebrados por el Estado peruano; RESUELVE: Articulo 1º.- Remitase al Congreso de la Republica, la documentacion relativa al "Acuerdo de Asistencia Juridica Mutua en Asuntos Penales entre los Estados Partes del MERCOSUR, la Republica de Bolivia y la Republica de Chile", suscrito el 18 de febrero de 2002, en la MORDAZA de Buenos Aires, Republica Argentina. Articulo 2º.- La presente Resolucion Suprema sera refrendada por el senor Presidente del Consejo de Ministros y el senor Ministro de Relaciones Exteriores. Registrese, comuniquese y publiquese.

Remiten al Congreso de la Republica la documentacion relativa al "Anexo III Acuerdo Administrativo reglamentario del Convenio de Aplicacion del Convenio Iberoamericano de Seguridad Social entre la Republica del Peru y la Republica Oriental del Uruguay"
RESOLUCION SUPREMA Nº 006-2011-RE

MORDAZA, 5 de enero de 2011 CONSIDERANDO: MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente del Consejo de Ministros y Ministro de Educacion MORDAZA MORDAZA MORDAZA BELAUNDE Ministro de Relaciones Exteriores
586240-13

Remiten al Congreso de la Republica la documentacion relativa al "Anexo II Convenio para la Aplicacion del Convenio Iberoamericano de Seguridad Social entre la Republica del Peru y la Republica Oriental del Uruguay"
RESOLUCION SUPREMA Nº 005-2011-RE

Que, el "Anexo III Acuerdo Administrativo reglamentario del Convenio de Aplicacion del Convenio Iberoamericano de Seguridad Social entre la Republica del Peru y la Republica Oriental del Uruguay", fue suscrito el 19 de octubre de 2004; Que, es conveniente a los intereses del Peru la aprobacion del citado instrumento internacional; Que, de conformidad con lo dispuesto en los articulos 56º y 102º inciso 3 de la Constitucion Politica del Peru y el articulo 2º de la Ley Nº 26647, que disponen la aprobacion legislativa de los Tratados celebrados por el Estado peruano; RESUELVE: Articulo 1º.- Remitase al Congreso de la Republica, la documentacion relativa al "Anexo III Acuerdo Administrativo reglamentario del Convenio de Aplicacion del Convenio Iberoamericano de Seguridad Social entre la Republica del Peru y la Republica Oriental del Uruguay", suscrito el 19 de octubre de 2004. Articulo 2º.- La presente Resolucion Suprema sera refrendada por el senor Presidente del Consejo de Ministros y el senor Ministro de Relaciones Exteriores. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente del Consejo de Ministros y Ministro de Educacion MORDAZA MORDAZA MORDAZA BELAUNDE Ministro de Relaciones Exteriores
586240-15

MORDAZA, 5 de enero de 2011 CONSIDERANDO: Que, el "Anexo II Convenio para la Aplicacion del Convenio Iberoamericano de Seguridad Social entre la Republica del Peru y la Republica Oriental del Uruguay", fue suscrito el 19 de octubre de 2004; Que, es conveniente a los intereses del Peru la aprobacion del citado instrumento internacional; Que, de conformidad con lo dispuesto en los articulos 56º y 102º inciso 3 de la Constitucion Politica del Peru y el articulo 2º de la Ley Nº 26647, que disponen la

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