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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 20 DE ENERO DEL AÑO 2011 (20/01/2011)

CANTIDAD DE PAGINAS: 60

TEXTO PAGINA: 32

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 20 de enero de 2011 434604 Modifican Texto Único de Procedimientos Administrativos del Ministerio de Transportes y Comunicaciones RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 042-2011-MTC/01 Lima, 19 de enero de 2011 VISTOS: El Memorándum Nº 065-2011-MTC/09.05 del Director General de la Ofi cina General de Planeamiento y Presupuesto y el Informe Nº 019-2011-MTC/09.05 del Director de la Ofi cina de Organización y Racionalización, sobre la modifi cación del Texto Único de Procedimientos Administrativos - TUPA del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; y, CONSIDERANDO: Que, el Texto Único de Procedimientos Administrativos - TUPA del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, se aprobó mediante Decreto Supremo Nº 008-2002- MTC, y se actualizó por Resolución Ministerial Nº 644- 2007-MTC/01 y sus modifi catorias; Que, los numerales 36.1 y 36.3 del artículo 36 de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, establecen que los procedimientos deben ser compendiados y sistematizados en el Texto Único de Procedimientos Administrativos, aprobados para cada entidad, que las disposiciones concernientes a la eliminación de procedimientos o requisitos o a la simplifi cación de los mismos, podrán aprobarse por Resolución Ministerial; el numeral 38.5 del artículo 38 dispone que una vez aprobado el TUPA, toda modifi cación que no implique la creación de nuevos procedimientos, incremento de derechos de tramitación o requisitos, deberá realizarse por Resolución Ministerial u otras normas según el nivel de gobierno respectivo; Que, el artículo 2 del Decreto Legislativo Nº 1036, Decreto Legislativo que establece los alcances de la Ventanilla Única de Comercio Exterior, dispone que el VUCE es un sistema integrado que permite a las partes involucradas en el comercio exterior y transporte internacional gestionar a través de medios electrónicos los trámites requeridos por las entidades competentes de acuerdo con la normatividad vigente, o solicitados por dichas partes, para el tránsito, ingreso o salida del territorio nacional de mercancías; Que, la Primera Disposición Complementaria y Final del Decreto Legislativo Nº 1036, otorgó rango de ley a la creación de la VUCE establecida en el artículo 1 del Decreto Supremo Nº 165-2006-EF; de otro lado, el numeral 4.4 del artículo 4 del referido Decreto Legislativo, señala que las disposiciones y procedimientos que norman la VUCE tienen carácter especial y su tratamiento y alcances están regulados por el mismo y por las normas reglamentarias; agregando que la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, se aplicará en forma supletoria en todo lo no previsto en dicho decreto legislativo, así como en sus normas reglamentarias y complementarias; Que, mediante Decreto Supremo Nº 010-2010- MINCETUR se aprobó el Reglamento Operativo del Componente de Mercancías Restringidas de la Ventanilla Única de Comercio Exterior - VUCE, el cual en su Segunda y Cuarta Disposición Final y Transitoria, señala que la VUCE entrará en funcionamiento al día siguiente de la publicación en el Diario Ofi cial El Peruano, de la lista de los procedimientos administrativos que deben tramitarse a través de la misma, la cual será aprobada mediante Resolución Ministerial del MINCETUR; señalando que las entidades competentes en procedimientos administrativos incorporados a la VUCE, deberán modifi car y adecuar su TUPA a las disposiciones aprobadas por dicho reglamento; Que, mediante Resolución Ministerial Nº 137-2010- MINCETUR/DM, de fecha 15 de julio de 2010, se aprobó la relación de procedimientos administrativos que se tramitarán a través de la VUCE, consignándose siete (7) procedimientos de competencia del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; Que, en el marco legal referido, de acuerdo con el TUPA del MTC vigente, los procedimientos que fi guran en dicha relación, corresponden a los procedimientos Nºs. 1, 2, 3 y 4 a cargo de la Dirección General de Control y Supervisión de Comunicaciones, y a los procedimientos 33, 35 y 36 a cargo de la Dirección General de Concesiones en Comunicaciones, los cuales deben adecuarse a las disposiciones que regulan la Ventanilla Única de Comercio Exterior, a fi n de que puedan ser tramitados vía electrónica a través del portal VUCE (www.vuce.gob.pe.); Que, mediante Memorándum Nº 065-2011- MTC/09.05, el Director General de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto hace suyo el Informe Nº 019-2011-MTC/09.05 del Director de la Oficina de Organización y Racionalización, emitiendo opinión favorable respecto a la modificación del TUPA del MTC, habiendo elaborado el formato TUPA que contiene los procedimientos Nºs. 1, 2, 3, y 4 de la Dirección General de Control y Supervisión de Comunicaciones, y los procedimientos Nºs. 33, 35 y 36 de la Dirección General de Concesiones en Comunicaciones, a los que se incorpora el trámite a través de la VUCE; Que, la adecuación de dichos procedimientos se enmarca en el Decreto Supremo Nº 027-2007- PCM, modificado por Decreto Supremo Nº 025- 2010-PCM, que define y establece las Políticas Nacionales de obligatorio cumplimiento para las entidades del Gobierno Nacional, incorporando en Anexo I los principios, objetivos y estrategias de la Política Nacional de Simplificación Administrativa, encontrándose dentro de sus objetivos el universalizar en forma progresiva el uso intensivo de las tecnologías de la información y de la comunicación en las distintas entidades públicas y promover la demanda de servicios en línea por la ciudadanía; Que, en consecuencia, debe disponerse la modifi cación del TUPA del MTC, acorde con las normas legales mencionadas; De conformidad con las Leyes Nº 27444 y Nº 29370, Decreto Legislativo Nº 1036, Decreto Supremo Nº 010- 2010-MINCETUR, Decreto Supremo Nº 062-2009-PCM y Decreto Supremo Nº 021-2007-MTC; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Modifi car el Texto Único de Procedimientos Administrativos - TUPA del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 008-2002-MTC y actualizado por Resolución Ministerial Nº 644-2007-MTC/01 y sus modifi catorias, respecto a los procedimientos Nºs. 1, 2, 3, y 4 de la Dirección General de Control y Supervisión de Comunicaciones, y a los procedimientos Nºs. 33, 35 y 36 de la Dirección General de Concesiones en Comunicaciones, a los cuales se incorpora el trámite a través de la VUCE, de acuerdo al Anexo formato TUPA que forma parte integrante de la presente resolución. Artículo 2º.- Dejar sin efecto el uso del formulario Nº 001/29 de la Dirección General de Control y Supervisión de Comunicaciones, y del formulario Nº 003/27 y su Anexo Nº 003/27 de la Dirección General de Concesiones en Comunicaciones, en lo que respecta a los procedimientos señalados en el artículo 1, contenidos en el Anexo “Formularios para el inicio de procedimientos administrativos contenidos en el TUPA” del Ministerio de Transportes y Comunicaciones. Artículo 3º.- Publicar el Anexo de la presente resolución en el Portal de Servicios al Ciudadano y Empresas – PSCE, en la dirección electrónica: www. serviciosalciudadano.gob.pe. y en el Portal Institucional del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, en la dirección electrónica: www.mintc.gob.pe. Regístrese, comuníquese y publíquese. ENRIQUE CORNEJO RAMÍREZ Ministro de Transportes y Comunicaciones