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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, lunes 24 de enero de 2011 434859 Artículo 3°.- Encargar a la Ofi cina General de Planifi cación y Presupuesto del Ministerio de la Producción la supervisión de la adecuada implementación de dichos planes, incluyendo las evaluaciones o actualizaciones que correspondan, así como la propuesta de los instrumentos o disposiciones que sean necesarias para tal fi n, dentro del marco de las disposiciones que establezca el Centro Nacional de Planeamiento Estratégico (CEPLAN). Artículo 4°.- Dejar sin efecto toda disposición que se oponga a lo establecido en la presente Resolución Ministerial. Artículo 5°.- Disponer la publicación de la presente Resolución Ministerial en el Diario Ofi cial El Peruano y de sus anexos en el Portal Institucional del Ministerio de la Producción (www.produce.gob.pe). Regístrese, comuníquese y publíquese. JORGE ELISBAN VILLASANTE ARANÍBAR Ministro de la Producción 593274-1 SALUD Delegan al Director General de la Oficina General de Administración facultades de representación del Ministerio cuando actue como administrado durante al año 2011 RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 052-2011/MINSA Lima, 20 de enero del 2011 VISTO, el expediente Nº 11-001741-001, la Nota Informativa 004-2011-OGA/MINSA y el Informe N° 029- 2011-OGAJ/MINSA; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Ministerial Nº 096-2010- MINSA publicada en el Diario Ofi cial El Peruano el 12 de febrero de 2010, modifi cada por Resolución Ministerial Nº 219-2010/MINSA publicada el 29 de marzo de 2010, se resolvió delegar en el Director General de la Ofi cina General de Administración, durante el año 2010, la facultad de representar al Ministerio de Salud cuando actúe como administrado ante cualquier tipo de autoridades y/o dependencias administrativas, para iniciar y proseguir procedimientos, formular solicitudes, presentar escritos de cualquier carácter administrativo, participar en cualquier tipo de audiencias administrativas, interponer recursos administrativos de impugnación y ofrecer los medios probatorios correspondientes, ejerciendo los medios de defensa pertinentes; Que, en aplicación a los principios del procedimiento administrativo a que se refi ere la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, es necesario establecer niveles de desconcentración delegando facultades de gestión administrativa que son de competencia del Ministro de Salud, en su condición de Titular de la Entidad; Que, de acuerdo al inciso m) del artículo 8° de la Ley N° 27657, Ley del Ministerio de Salud, en concordancia con el último párrafo del artículo 25º de la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, el Ministro de Salud puede delegar las facultades y atribuciones que no sean privativas a su función de Ministro de Estado; Que, para tal efecto es conveniente delegar las facultades de representar al Ministerio de Salud cuando actúe como administrado ante cualquier tipo de autoridades y/o dependencias administrativas; Con el visado del Director General de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica, y de la Viceministra de Salud; y De conformidad con la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, el artículo 25º de la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo y los literales l) y m) del artículo 8º de la Ley Nº 27657, Ley del Ministerio de Salud; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Delegar en el Director General de la Ofi cina General de Administración, durante el año 2011, la facultad de representar al Ministerio de Salud cuando actúe como administrado ante cualquier tipo de autoridades y/o dependencias administrativas, para iniciar y proseguir procedimientos, formular solicitudes, presentar escritos de cualquier carácter administrativo, participar en cualquier tipo de audiencias administrativas, interponer recursos administrativos de impugnación y ofrecer los medios probatorios correspondientes, ejerciendo los medios de defensa pertinentes. Artículo 2º.- La delegación de facultades que se otorga en la presente resolución, no exime de la obligación de cumplir con los requisitos legales establecidos para cada caso. Regístrese, comuníquese y publíquese. OSCAR RAUL UGARTE UBILLUZ Ministro de Salud 593447-1 ORGANISMOS TECNICOS ESPECIALIZADOS ORGANISMO SUPERVISOR DE LAS CONTRATACIONES DEL ESTADO Sancionan a Consorcio de Inversiones Técnicas Perú S.A.C. con inhabilitación temporal en sus derechos de participar en procesos de selección y contratar con el Estado TRIBUNAL DE CONTRATACIONES DEL ESTADO RESOLUCIÓN Nº 036-2011-TC-S4 Sumilla: En los casos de incumplimiento de las obligaciones contractuales, existe la presunción legal establecida en el artículo 1329º del Código Civil, según la cual se entiende que el incumplimiento es producto de la falta de diligencia ordinaria del deudor. Esto genera en la persona del deudor el deber de demostrar lo contrario y acreditar que, le resultó imposible el cabal cumplimiento de las mismas. Lima, 12 de enero de 2011 Visto, en sesión de fecha 12 de enero de 2011 de la Cuarta Sala del Tribunal de Contrataciones del Estado, el Expediente Nº 1315/2008.TC, sobre el procedimiento administrativo sancionador iniciado contra la empresa CONSORCIO DE INVERSIONES TECNICAS PERU S.A.C., por su supuesta responsabilidad al haber dado lugar a la resolución del contrato por causal atribuible a su parte; y atendiendo a los siguientes: ANTECEDENTES: 1. El 23 de abril de 2007 el SERVICIO DE AGUA POTABLE Y ALCANTARILLADO DE LIMA - SEDAPAL, en adelante la Entidad, convocó la Adjudicación Directa