Norma Legal Oficial del día 24 de enero del año 2011 (24/01/2011)


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TEXTO DE LA PÁGINA 14

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EL INTENDENTE GENERAL DE BANCA VISTA:

NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, lunes 24 de enero de 2011

la Ley N.º 28301, Organica del Tribunal Constitucional, emitida por el Congreso de la Republica. Magistrados firmantes: MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA HAYEN ETO MORDAZA MORDAZA MORDAZA URVIOLA HANI EXPEDIENTE Nº 00013-2010-PI/TC MORDAZA 5472 CIUDADANOS SENTENCIA DEL TRIBUNAL CONSTITUCIONAL En MORDAZA, a los 9 dias del mes de diciembre de 2010, reunido el Tribunal Constitucional en sesion de pleno jurisdiccional, con la asistencia de los magistrados MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA, MORDAZA Gotelli, MORDAZA Hayen, Eto MORDAZA, MORDAZA MORDAZA y Urviola Hani, pronuncia la siguiente sentencia, con los fundamentos de MORDAZA de los Magistrados MORDAZA MORDAZA y Urviola Hani, y con el MORDAZA singular del Magistrado MORDAZA Gotelli. MORDAZA Demanda de inconstitucionalidad interpuesta por don MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, en representacion de 5472 ciudadanos, contra un extremo del articulo 1º de la Ley Nº 28301, Organica del Tribunal Constitucional, emitida por el Congreso de la Republica y publicada en el diario oficial El Peruano con fecha 23 de MORDAZA de 2004. ANTECEDENTES Argumentos de la demanda Con fecha 23 de junio de 2010 don MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, en representacion de 5472 ciudadanos, demanda la inconstitucionalidad de un extremo del articulo 1º de la Ley Nº 28301, Organica del Tribunal Constitucional emitida por el Congreso de la Republica, que fija la sede del Tribunal Constitucional en la MORDAZA de Arequipa. Sus argumentos son los siguientes: En primer lugar, refiere que la "norma" de 1993 establece en su articulo 43º que el Peru es una Republica con gobierno unitario y descentralizado, y que se organiza dentro del MORDAZA de separacion de poderes. Asimismo, que el articulo 49º del mismo cuerpo normativo establece que la capital de la Republica es la MORDAZA de Lima. Estos dos presupuestos, afirman, "conducen a senalar que los organos de gobierno del MORDAZA, de los distintos organos que conducen o deciden en las distintas ramas los destinos de la Nacion, tienen su sede en esa MORDAZA designada como capital". En MORDAZA lugar, que cuando un organo de poder central como el Tribunal Constitucional ­que tiene competencia nacional­ deba tener una sede determinada, las respectivas Constituciones asi lo han consignado taxativamente. En otros terminos, que se "requiere de una declaracion expresa de los constituyentes para poder dejar sin efecto para el caso especifico de un organo de poder, la determinacion generica que viene de MORDAZA establecida cuando se determina a una MORDAZA como capital de la Republica", y "si no hay esa declaracion expresa no es que se deja al arbitrio de los poderes constituidos el definir una sede distinta, sino que se asienta esos poderes en la MORDAZA capital". En tercer lugar, que "un poder constituido no puede, por lo demas, salvo que expresamente asi lo autorice el Poder Constituyente, definir la sede de otro poder de su mismo rango, porque ello lo pondria a uno en un pie de superioridad y al otro en una situacion de dependencia", asi por ejemplo, en caso de una disputa generada por la declaracion de inconstitucionalidad de una ley que

La solicitud presentada por el Banco de la Nacion para que esta Superintendencia autorice el traslado de una (1) Agencia y una (1) Oficina Especial, segun se indica en la parte resolutiva; CONSIDERANDO: Que la citada empresa ha cumplido con presentar la documentacion pertinente que sustenta la solicitud; Estando a lo informado por el Departamento de Supervision Bancaria "B" mediante el Informe Nº 0122011-DSB "B"; y, De conformidad con lo dispuesto por el articulo 32° de la Ley Nº 26702 - Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Organica de la Superintendencia de Banca y Seguros, y la Resolucion Nº 775-2008; y, en uso de las facultades delegadas mediante la Resolucion SBS Nº 12883-2009; RESUELVE: Articulo Unico.- Autorizar al Banco de la Nacion el traslado de una (1) agencia y una (1) Oficina Especial, detalladas a continuacion:
MORDAZA Agencia Nombre Direccion Actual Direccion Propuesta Distrito Provincia Departamento

P u e r t o Jr. MORDAZA MORDAZA A l c i d e s MORDAZA Nº 233

Jr. MORDAZA Tambopata Tambopata MORDAZA de MORDAZA MORDAZA MORDAZA Nº 241-243 MORDAZA MORDAZA

O f i c i n a Ministerio de Av. Manco Av. Mexico La MORDAZA Especial Trabajo Capac Nº Nº 232 524 Interior 05

Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Intendente General de Banca 593147-1

TRIBUNAL CONSTITUCIONAL
Declaran infundada demanda de inconstitucionalidad interpuesta contra un extremo del articulo 1º de la Ley Nº 23801, Organica del Tribunal Constitucional
TRIBUNAL CONSTITUCIONAL PLENO JURISDICCIONAL 00013-2010-PI/TC SENTENCIA DEL PLENO JURISDICCIONAL DEL TRIBUNAL CONSTITUCIONAL Del 9 de diciembre de 2010 MORDAZA DE INCONSTITUCIONALIDAD 5492 ciudadanos contra el Congreso de la Republica Sintesis: Demanda de inconstitucionalidad interpuesta por 5492 ciudadanos contra un extremo del articulo 1º de

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