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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 01 DE FEBRERO DEL AÑO 2011 (01/02/2011)

CANTIDAD DE PAGINAS: 52

TEXTO PAGINA: 24

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, martes 1 de febrero de 2011 435408 particular el motivo de reconsideración será consignado de conformidad a lo señalado en el literal f. del numeral 6.2.2.4 de la presente Directiva y deberá contener un informe adicional, explicando las causales de dicha duplicación y las medidas tomadas e informadas en su oportunidad a la Gerencia de Operaciones para evitar se repita dicho inconveniente.” Artículo 5º .- Modifi car el artículo 2º de la Resolución Jefatural Nº 170-2010/SIS, con el texto siguiente: “Artículo 2°.- Aprobar la transferencia prospectiva vinculada a las metas referidas en el articulo precedente, para las Unidades Ejecutoras a nivel nacional, por la suma de CUARENTA MILLONES CIEN MIL Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/.40’100,000.00) con cargo a la Fuente de Financiamiento 00: Recursos Ordinarios, Calendario de Compromisos, correspondiente al mes de diciembre de 2010 detallado en el anexo 02 y que forma parte integrante de la presente Resolución. Los recursos transferidos se utilizarán únicamente en las prestaciones realizadas a los asegurados al régimen subsidiado en concordancia a lo dispuesto en los artículos 76, 78 y 80 del Reglamento de la Ley Marco del Aseguramiento Universal, aprobado por Decreto Supremo 008-2010-SA y de acuerdo a las normas específi cas aprobadas por el SEGURO INTEGRAL DE SALUD.” Artículo 6°.- Encargar a la Secretaría General, la publicación de la presente Resolución en el Diario Oficial El Peruano y a la Oficina de Informática y Estadística la difusión en la página web del Portal del SIS. Regístrese, comuníquese y publíquese. LUIS ALBERTO HUARACHI QUINTANILLA Jefe Institucional del Seguro Integral de Salud 597288-1 ORGANISMOS TECNICOS ESPECIALIZADOS AUTORIDAD NACIONAL DEL SERVICIO CIVIL Aprueban como cargo de destino el de Director de Sistema Administrativo II de la Oficina de Desarrollo Técnico de la Biblioteca Nacional del Perú RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA EJECUTIVA Nº 018-2011-SERVIR-PE Lima, 31 de enero de 2011 Visto, el Informe Nº 013-2011-SERVIR/GDCGP de la Gerencia de Desarrollo del Cuerpo de Gerentes Públicos; CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Supremo Nº 030-2009-PCM se aprobó el Reglamento del Régimen Laboral de los Gerentes Públicos creado por el Decreto Legislativo Nº 1024; Que, el citado Reglamento establece en su artículo 11º que la Autoridad Nacional del Servicio Civil definirá, mediante Resolución de Presidencia Ejecutiva, previo acuerdo del Consejo Directivo, los cargos de dirección o de gerencia de mando medio de destino, susceptibles de asignación de Gerentes Públicos, en el marco de lo establecido en el artículo 8º del Decreto Legislativo Nº 1024; Que, atendiendo a lo informado por la Gerencia de Desarrollo del Cuerpo de Gerentes Públicos, corresponde emitir la resolución respectiva conforme al Acuerdo adoptado por el Consejo Directivo en la Sesión de fecha 27 de enero de 2011, de conformidad con el artículo 8º del Decreto Legislativo Nº 1024 concordante con el artículo 11º del Reglamento; Con la visación de la Gerencia de Desarrollo del Cuerpo de Gerentes Públicos, la Ofi cina de Asesoría Jurídica y la Gerencia General; De conformidad con el literal o) del artículo 10º del Reglamento de Organización y Funciones de la Autoridad Nacional del Servicio Civil, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 062-2008-PCM; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Aprobar como cargo de destino para la asignación de profesionales que conforman el Cuerpo de Gerentes Públicos, el que se indica a continuación: ENTIDAD SOLICITANTE CARGO DE DESTINO Biblioteca Nacional del Perú Director de Sistema Administrativo II de la Ofi cina de Desarrollo Técnico Artículo Segundo.- Publicar en el diario ofi cial El Peruano y en el Portal Institucional de SERVIR la presente Resolución. Regístrese, comuníquese y publíquese. NURIA ESPARCH FERNANDEZ Presidenta Ejecutiva 597516-1 INSTITUTO NACIONAL DE DEFENSA DE LA COMPETENCIA Y DE LA PROTECCION DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL Suprimen aplicación de derechos antidumping definitivos impuestos por Res. Nº 015-2006/CDS-INDECOPI a importaciones de vasos de polypapel originarios de los Estados Unidos Mexicanos producidos por la empresa Solo Cup de México COMISIÓN DE FISCALIZACIÓN DE DUMPING Y SUBSIDIOS RESOLUCIÓN Nº 007-2011/CFD-INDECOPI Lima, 24 de enero de 2011 LA COMISIÓN DE FISCALIZACIÓN DE DUMPING Y SUBSIDIOS DEL INDECOPI Visto, el Expediente Nº 042-2004-CDS, y; CONSIDERANDO: Que, por Resolución Nº 015-2006/CDS-INDECOPI publicada el 04 de febrero de 2006 en el Diario Ofi cial El Peruano, la Comisión de Fiscalización de Dumping y Subsidios (en adelante, la Comisión), a solicitud de la empresa productora nacional Perú Cups S.A. (en adelante, Perú Cups), dispuso aplicar derechos antidumping a las importaciones de vasos de polypapel originarios de los