TEXTO PAGINA: 10
NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 4 de febrero de 2011 435666 de Jefe de la Unidad de Contabilidad de la Ofi cina de Administración; Que, el citado funcionario formuló renuncia al cargo que venía desempeñando, por lo que corresponde emitir el acto de administración mediante el cual se acepte dicha renuncia y se designe al Jefe de la Unidad de Contabilidad de la Ofi cina de Administración; Estando a lo visado por el Secretario General, la Directora de la Ofi cina de Administración y la Directora de la Ofi cina de Asuntos Jurídicos, y; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley Nº 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de Funcionarios Públicos; la Ley Nº 29565, Ley de creación del Ministerio de Cultura; y los Decretos Supremos Nros. 001-2010-MC y 002-2010-MC; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aceptar, a partir del 04 de febrero de 2011, la renuncia formulada por el señor Miguel Angel Benites Condori, al cargo de confianza de Jefe de la Unidad de Contabilidad de la Oficina de Administración, dándosele las gracias por los servicios prestados. Artículo 2º.- Designar al señor Julio César Flores Martínez como Jefe de la Unidad de Contabilidad de la Oficina de Administración del Ministerio de Cultura. Regístrese, comuníquese y publíquese. JUAN OSSIO ACUÑA Ministro de Cultura 599311-2 DEFENSA Autorizan viaje de oficial FAP a Brasil, en misión de estudios RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 050-2011-DE/FAP Lima, 3 de febrero de 2011 Visto, el Ofi cio Nº 1750-2010-MINDEF/VPD/B/01.a de fecha 14 de octubre de 2010, del Director General de Relaciones Internacionales del Ministerio de Defensa y las Papeletas de Trámite NC-50-SGFA-Nº 5677 de fecha 18 de octubre de 2010 y NC-35-SGFA-Nº 0430 del 21 de enero de 2011, del Secretario General de la Fuerza Aérea del Perú; CONSIDERANDO: Que, es conveniente para los intereses institucionales autorizar el viaje al exterior en Misión de Estudios a la República Federativa del Brasil, del 20 de febrero al 09 de diciembre de 2011, al Coronel FAP Pers. PIETRO PABLO GUISSEPI DONDERO CASSANO, para que participe en el Curso de Altos Estudios de Política y Estrategia (CAEPE-2011), a realizarse en la Escuela Superior de Guerra con sede en la ciudad de Río de Janeiro; por cuanto los conocimientos y experiencias a adquirirse redundarán en beneficio de la Seguridad Nacional, dentro del ámbito de competencia de la Fuerza Aérea del Perú; Que, la citada misión se encuentra incluida en el rubro 1.- Formación / Calificación / Especialización, ítem 58, del Plan Anual de Comisiones al Exterior Priorizado del Sector Defensa AF-2011, aprobado mediante Resolución Suprema Nº 015-2011-DE/SG del 13 de enero de 2011; Que, el Artículo 26° de la Ley Nº 29598 dispone que el Ofi cial nombrado en Comisión de Servicio o Misión de Estudios, por cuenta del Estado al extranjero, está impedido de solicitar su pase a la Situación Militar de Disponibilidad o Retiro, hasta después de haber servido en su respectiva Institución Armada el tiempo mínimo previsto en el Artículo 23º de la Ley Nº 28359 más el tiempo compensatorio dispuesto en el Artículo 26° de la Ley N° 29598; Que, el Artículo 2º de la Resolución Ministerial Nº 778-2008 DE/SG del 25 de julio de 2008, dispone que los Órganos Competentes, Organismos Públicos Descentralizados, Unidades Ejecutoras y Empresas del Sector Defensa, cumplan con incorporar en sus propuestas de Resolución Suprema de autorización de viajes del personal militar y civil del sector, una disposición que precise, en los casos que corresponda, que el otorgamiento por concepto de Compensación Extraordinaria Mensual por Servicio en el Extranjero, se hará por días reales y efectivos, independientemente de la modalidad de los referidos viajes, conforme a lo dispuesto en el Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 002-2004 DE-SG; y, De conformidad con la Ley N° 27619 - Ley que Regula la Autorización de Viajes al Exterior de Servidores y Funcionarios Públicos, Ley N° 29605 – Ley de Organización y Funciones del Ministro de Defensa, Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM de fecha 05 de junio de 2002, Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG del 26 de enero de 2004, modifi cado por el Decreto Supremo Nº 008-2004-DE/SG del 30 de junio de 2004 y por el Decreto Supremo Nº 004-2009-DE/SG del 03 de febrero de 2009, Ley Nº 29626 - Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2011; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el viaje al exterior en Misión de Estudios a la República Federativa del Brasil, del 20 de febrero al 09 de diciembre de 2011, al Coronel FAP Pers. PIETRO PABLO GUISSEPI DONDERO CASSANO, para que participe en el Curso de Altos Estudios de Política y Estrategia (CAEPE-2011), a realizarse en la Escuela Superior de Guerra con sede en la ciudad de Río de Janeiro. Artículo 2º.- El Ministerio de Defensa - Fuerza Aérea del Perú, efectuará los pagos que correspondan, de acuerdo a los conceptos siguientes: Pasajes: Lima-Rio Janeiro-Lima US $ 1,200 x 01 Ofi cial Gastos de Traslado (Ida-Retorno) US $ 2.900 x 02 x 01 Ofi cial Tarifa Única de Uso de Aeropuerto US $ 31 x 01 Ofi cial Artículo 3º.- El otorgamiento de la Compensación Extraordinaria Mensual por Servicio en el Extranjero, se hará por días reales y efectivos de servicios en el exterior, conforme a lo dispuesto en el Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 002-2004 DE-SG. Artículo 4°.- El citado Ofi cial está impedido de solicitar su pase a la Situación Militar de Disponibilidad o Retiro, hasta después de haber servido en su respectiva Institución Armada el tiempo mínimo previsto en el Artículo 23° de la Ley N° 28359 – Ley de Situación Militar de los Ofi ciales de las Fuerzas Armadas, más el tiempo compensatorio previsto de acuerdo a la duración de la Misión de Estudios. Artículo 5º.- El citado Oficial deberá dar cumplimiento a lo dispuesto en los artículos 6º y 10º del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM de fecha 05 de junio de 2002 y a la Cuarta Disposición Final del Reglamento de Viajes al Exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa aprobado con el Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG de fecha 26 de enero de 2004 y su modificatoria el Decreto Supremo Nº 008- 2004-DE/SG del 30 de junio de 2004. Artículo 6º.- La presente Resolución será refrendada