Norma Legal Oficial del día 26 de febrero del año 2011 (26/02/2011)


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TEXTO DE LA PÁGINA 73

El Peruano MORDAZA, sabado 26 de febrero de 2011

NORMAS LEGALES

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de 426 plazas, distribuidas en 244 plazas ocupadas y 182 plazas previstas; la Red de Salud Bagua, sustenta la modificacion de su CAP, en el nombramiento de 17 trabajadores, considerando un total de 301 cargos, de los cuales 86 plazas son ocupadas y 215 son plazas previstas; la Red de Salud de Condorcanqui, sustenta su modificacion en el nombramiento de 11 trabajadores y en un MORDAZA de reordenamiento por acciones administrativas implementadas, considerando un total de 170 cargos, de los cuales 36 corresponden a plazas ocupadas y 134 a plazas previstas; el Hospital "Gustavo Lanatta Lujan" de Bagua, sustenta la modificacion de su CAP entre otras acciones al nombramiento de 08 trabajadores, considerando un total de 233 cargos, de los cuales 103 son plazas ocupadas y 130 son plazas previstas; el Hospital "Santa MORDAZA de Nieva" de Condorcanqui, sustenta la modificacion de su CAP, en el nombramiento de 01 trabajador, y en el reordenamiento de cargos efectuado para efectos de dicho nombramiento, considerando un total de 68 cargos, de los cuales 06 son plazas ocupadas y 62 son plazas previstas y el Hospital "Maria Auxiliadora" de MORDAZA de MORDAZA, sustenta la modificacion de su CAP, en el nombramiento de 03 trabajadores, considerando un total de 127 cargos, de los cuales 37 son plazas ocupadas y 90 son plazas previstas; Que los MORDAZA Para Asignacion de Personal, de las entidades MORDAZA descritas, han sido reformulados cumpliendo con lo establecido en el D.S. Nº 043-2004PCM, que aprueba los Lineamientos para la Elaboracion y Aprobacion del Cuadro para Asignacion de Personal (CAP) en las Entidades de la Administracion Publica, enmarcandose en la Ley Nº 28175, Ley MORDAZA del Empleo Publico, en cuanto al porcentaje de los cargos de confianza, que no deben excederse del 5% del total de cargos de la entidad, asi como cinendose a las normas vigentes del Sector, constituyendose en un documento de gestion, que plasma el estado real de la clasificacion y distribucion de los cargos, sobre la base de su estructura organica vigente; por lo que contando con la opinion favorable del Organo de Asesoramiento de la Direccion Regional de Salud, del Organo de Asesoramiento del Gobierno Regional, de la Sub Gerencial de Desarrollo Institucional e Informatica de la Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial, asi como con el Dictamen favorable de la Comision Ordinaria de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial del Consejo Regional, es conveniente su aprobacion mediante la MORDAZA regional correspondiente; Que, estando a lo acordado y aprobado en Sesion Ordinaria de Consejo Regional N° 023, mediante Acuerdo N° 214-2010 de fecha 07 de Diciembre del 2010, contando con el MORDAZA unanime de los Consejeros Regionales y en uso de sus facultades conferidas por el Inc. a) del Art. 37° de la Ley N° 27867 y sus modificatorias N° 28968 y 29053 ­ Ley Organica de Gobiernos Regionales. Se ha aprobado la Ordenanza siguiente: Articulo Primero.- APROBAR el Cuadro para Asignacion de Personal (CAP) reformulado, de cada una de las siguientes dependencias del Sector Salud, del Gobierno Regional Amazonas, que en 07 anillados forma parte de la presente Ordenanza Regional: · Direccion Regional de Salud Amazonas. · Red de Salud de Chachapoyas. · Red de Salud de Bagua. · Red de Salud de Condorcanqui. · Hospital "Gustavo Lanatta Lujan" de Bagua. · Hospital "Santa MORDAZA de Nieva" de Condorcanqui. · Hospital "Maria Auxiliadora" de MORDAZA de Mendoza. Articulo Segundo.- DEJAR SIN EFECTO las Ordenanza Regionales Nº .243-GOBIERNO REGIONAL AMAZONAS/CR, de fecha 19 de Octubre del 2009, Nº 2612010-GOBIERNO REGIONAL AMAZONAS/CR de fecha 16 de Junio del 2010, Nº 262-GOBIERNO REGIONAL AMAZONAS/CR, de fecha 16 de MORDAZA del 2010, Nº 2632010-GOBIERNO REGIONAL AMAZONAS/CR, de fecha 16 de Junio del 2010 y deroguese toda disposicion que se oponga a la presente Ordenanza Regional. Articulo Tercero.- AUTORIZAR a la Secretaria del Consejo Regional, la publicacion de la presente

Ordenanza Regional en el Diario Oficial El Peruano y disponer su inclusion en el MORDAZA electronico del Gobierno Regional. Comuniquese al senor Presidente del Gobierno Regional de Amazonas, para su promulgacion. En Chachapoyas, a los 10 dias del mes de diciembre del 2010. MORDAZA MORDAZA CHUQUIMBALQUI. Consejero Delegado Consejo Regional de Amazonas POR TANTO: Registrese, publiquese y cumplase. Dado en la Sede Central del Gobierno Regional de Amazonas, a los 15 dias del mes de diciembre del 2010. MORDAZA R. MORDAZA MORDAZA Presidente del Gobierno Regional Amazonas 606797-1

GOBIERNO REGIONAL DE MORDAZA
Respaldan MORDAZA de Zonificacion Ecologica y Economica a nivel macro del departamento de MORDAZA y las acciones del Equipo Tecnico Multidisciplinario que lo lleva a cabo
ACUERDO DE CONSEJO REGIONAL Nº 012-2011-GR.CAJ-CR MORDAZA, 14 de febrero de 2011 El Consejo Regional del Gobierno Regional MORDAZA, en su Sesion Ordinaria de fecha 7 de febrero del ano 2011; VISTA Y DEBATIDA la Mocion de Orden del Dia presentada por el Consejero Regional por la Provincia de MORDAZA, Prof. Elzer MORDAZA MORDAZA, con la que solicita respaldar el MORDAZA de la Zonificacion Ecologica y Economica a nivel macro del departamento de MORDAZA aprobado mediante Ordenanza Regional Nº 018-2010-GRCAJ-CR, con el MORDAZA unanime del Pleno, dispensa del dictamen correspondiente; y, CONSIDERANDO: - Que, el articulo 191º de la Constitucion Politica del Estado, concordante con el articulo 2º de la Ley Nº 27867, Ley Organica de Gobiernos Regionales, establece que los Gobiernos Regionales emanan de la voluntad popular, son personas juridicas de derecho publico, con autonomia politica, economica y administrativa en asuntos de su competencia; - Que, mediante la Ley Nº 27867, Ley Organica de Gobiernos Regionales, en el articulo 4º senala que "Los gobiernos regionales tienen por finalidad esencial fomentar el desarrollo regional integral sostenible, promoviendo la inversion publica y privada y el empleo y garantizar el ejercicio pleno de los derechos y la igualdad de oportunidades de sus habitantes, de acuerdo con los planes y programas nacionales, regionales y locales de desarrollo". En su articulo 15º, literal a) prescribe que es atribucion del Consejo Regional aprobar, modificar o derogar las normas que regulen o reglamenten los asuntos y materias de competencia y funciones del Gobierno Regional. En el articulo 37º literal a) se establece que los Gobiernos Regionales a traves de su Consejo Regional dicta las normas y disposiciones como Ordenanzas Regionales y Acuerdos del Consejo Regional. Y en el articulo 53º, Literal a), se establece que es politica de los Gobiernos Regionales: "Formular, aprobar, ejecutar, evaluar, dirigir, controlar y administrar los planes y politicas

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