Norma Legal Oficial del día 07 de julio del año 2011 (07/07/2011)


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TEXTO DE LA PÁGINA 61

El Peruano MORDAZA, jueves 7 de MORDAZA de 2011

NORMAS LEGALES

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se habia acreditado de manera fidedigna la existencia de dicha sentencia condenatoria. Finalmente, con fecha 25 de noviembre de 2010, el JEE emitio el acta de proclamacion de resultados de computo y de autoridades municipales distritales electas correspondiente al distrito de MORDAZA MORDAZA del Triunfo. Sobre el pedido de desistimiento de la solicitud de vacancia Con fecha 8 de MORDAZA de 2011, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA presento al MORDAZA Nacional de Elecciones su desistimiento de la peticion de vacancia del regidor MORDAZA MORDAZA Pianto MORDAZA, solicitando que se dejen sin efecto los tramites iniciados por el recurrente y con fecha 12 de MORDAZA de 2011, solicito que dicho desistimiento sea remitido al Concejo Distrital de MORDAZA MORDAZA del Triunfo. En virtud de ello, mediante Oficio Nº 1575-2011-SG/ JNE, de fecha 13 de MORDAZA de 2011, y notificado el 14 de MORDAZA de 2011, se corrio traslado de dicha solicitud a MORDAZA MORDAZA MORDAZA, alcaldesa del Concejo Distrital de MORDAZA MORDAZA del Triunfo, a efectos de que informase dentro del plazo de tres (3) dias habiles sobre las acciones tomadas. Sobre el pedido de vacancia de MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Con fecha 10 de MORDAZA de 2011, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, vecino del distrito de MORDAZA MORDAZA del Triunfo, solicito al MORDAZA Nacional de Elecciones que se le tenga legitimado como solicitante de la vacancia del regidor MORDAZA MORDAZA Pianto MORDAZA y que, en consecuencia, el concejo distrital le notifique para la sesion extraordinaria del 17 de MORDAZA de 2011. El Pleno del MORDAZA Nacional de Elecciones, mediante Auto Nº 2, de fecha 16 de MORDAZA de 2011 y notificado en la misma fecha, dispuso correr traslado de la solicitud presentada por MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA al Concejo Distrital de MORDAZA MORDAZA del Triunfo. El concejo distrital, mediante Oficio Nº 232-2011SG/MVMT, de fecha 20 de MORDAZA de 2011, informo que, en merito del Auto Nº 2, se reprogramo la sesion extraordinaria para tratar el tema de la vacancia para el 24 de MORDAZA de 2011. Sobre la sesion extraordinaria de fecha 24 de MORDAZA de 2011 En la fecha indicada se reunio el concejo distrital con el fin de tratar la solicitud de vacancia presentada. En dicha sesion se procedio a someter a votacion el pedido de desistimiento presentado por MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA y, en virtud de dicho resultado, la votacion de la solicitud de vacancia. Respecto al desistimiento presentado, el concejo distrital acordo rechazar el pedido por trece (13) votos a favor y ninguno en contra. Por tal motivo, se procedio con la votacion de la solicitud de vacancia del regidor MORDAZA MORDAZA Pianto Peralta. La votacion de dicha solicitud fue de nueve (9) votos a favor de la vacancia, cero (0) en contra y cinco (5) abstenciones, por lo que, al no obtenerse el numero legal de votos, se declaro improcedente la vacancia presentada. Posteriormente, dichas votaciones se plasmaron en los siguientes acuerdos: Acuerdo de Concejo Nº 25-2011/ MVMT, a traves del cual se dejo MORDAZA de que no se aceptaba el pedido de desistimiento presentado por MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, y el Acuerdo de Concejo Nº 26-2011/MVMT, que declaro improcedente la solicitud de vacancia presentada contra el regidor. Sobre el recurso de apelacion Con fecha 24 de MORDAZA de 2011, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA interpuso, ante el Concejo Distrital de MORDAZA MORDAZA del Triunfo, recurso de apelacion contra el acuerdo de concejo adoptado en la sesion extraordinaria de la misma fecha, argumentando que pese a la existencia de la sentencia condenatoria dictada en contra del regidor

MORDAZA MORDAZA Pianto MORDAZA, cinco (5) miembros del concejo distrital se abstuvieron de emitir su MORDAZA, sin expresar la causa de dicha decision, lo que contraviene lo establecido en el articulo 10, numeral 5, de la LOM. Agrega que, a la fecha de interposicion del recurso de apelacion, no le ha sido notificado el acuerdo de concejo de fecha 24 de MORDAZA de 2011 a su domicilio real o procesal, por lo que se reserva el derecho de fundamentarlo tan pronto como sea notificado. Posteriormente, con fecha 31 de MORDAZA de 2011, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA fundamento juridicamente ante el MORDAZA Nacional de Elecciones el recurso de apelacion, pese a que de acuerdo con lo senalado por el no le fue notificado el acuerdo de concejo que declaro improcedente la solicitud de vacancia. Dicho recurso de apelacion dio origen al presente expediente jurisdiccional. El recurso de apelacion presentado se sustentaba en lo siguiente: a) En la sesion extraordinaria no se valoraron los medios de prueba presentados, pues los regidores se limitaron a levantar la mano para mostrar su conformidad o no con la solicitud de vacancia. b) Cinco (5) regidores del concejo distrital se abstuvieron de votar, lo cual implica un desacato a lo establecido en la LOM. c) Los miembros del concejo distrital debieron declarar por unanimidad la vacancia del regidor MORDAZA MORDAZA Pianto MORDAZA, por pesar sobre el sentencia condenatoria. Sobre el recurso de reconsideracion El regidor MORDAZA MORDAZA Pianto MORDAZA, con fecha 31 de MORDAZA de 2011, interpuso ante el propio concejo un recurso de reconsideracion contra el acuerdo de concejo adoptado el 24 de MORDAZA de 2011, sustentandose en: a) El acuerdo de concejo de fecha 24 de MORDAZA de 2011 deviene en nulo, toda vez que hubieron abstenciones de cinco (5) regidores en la votacion de la solicitud de vacancia, lo cual atenta contra lo establecido en la ley, ya que la LOM no permite la abstencion. b) El concejo distrital debio aceptar el desistimiento presentado por MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, dejando a salvo el derecho de terceros legitimados. c) Debe tenerse en cuenta que, a la fecha, no tiene ninguna sentencia condenatoria, ya que, de acuerdo con la resolucion expedida por el 39º JP, se encuentra rehabilitado. Sobre los pedidos de nulidad presentados por el regidor ante el MORDAZA Nacional de Elecciones Con fecha 14 de junio de 2011, MORDAZA MORDAZA Pianto MORDAZA solicito al MORDAZA Nacional de Elecciones que se declarase no ha lugar al recurso de apelacion presentado por MORDAZA MORDAZA MORDAZA, por existir en tramite recurso de reconsideracion ante el concejo distrital. Posteriormente, mediante escrito de fecha 20 de junio de 2011, solicito la nulidad de la Resolucion Nº 532-2011JNE, del 17 de junio de 2011, a traves de la cual se requirio a la alcaldesa del Concejo Distrital de MORDAZA MORDAZA del Triunfo que elevase el recurso de apelacion interpuesto por MORDAZA MORDAZA MORDAZA Saavedra. Dicha solicitud de nulidad se sustenta en la existencia del recurso de reconsideracion. El concejo distrital debe senalar hora y fecha para la realizacion de la sesion para resolverlo. CUESTIONES EN DISCUSION Las cuestiones son las siguientes: a) Si procede emitir resolucion sobre el fondo, considerando el pedido de desistimiento de la solicitud de vacancia y los pedidos de reconsideracion y nulidad formulados por el regidor afectado. b) Si se configura la causal establecida en el articulo 22, numeral 6, de la LOM respecto de MORDAZA MORDAZA Pianto MORDAZA, regidor del Concejo Distrital de MORDAZA MORDAZA del Triunfo, pese a la resolucion de rehabilitacion dictada por el 39ºJP.

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