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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 07 DE JULIO DEL AÑO 2011 (07/07/2011)

CANTIDAD DE PAGINAS: 112

TEXTO PAGINA: 60

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 7 de julio de 2011 445968 SG-CS-PJ, de fecha 31 de marzo del 2011, remite para conocimiento y fi nes consiguientes, fotocopia certifi cada de la Resolución Administrativa Nº 020-2011-SP-CS-PJ del 31 de marzo de 2011, que declara fundado el Recurso de Apelación interpuesto por el señor Andrés César Espinoza Palomino, Juez Mixto de Alto Amazonas del Distrito Judicial San Martín; en consecuencia: revocaron la resolución que declaró improcedente la solicitud de traslado por motivos de salud, reformándola: se dispone su traslado al Juzgado Mixto de Villa El Salvador del Distrito Judicial de Lima Sur; Que, estando al acuerdo del Pleno del Consejo adoptado en sesión de fecha 23 de junio de 2011; y de conformidad con las facultades conferidas por los artículos 154º inciso 4 de la Constitución Política del Perú, 37º incisos e) y f) de la Ley Nº 26397 –Ley Orgánica del Consejo Nacional de la Magistratura-, y 4º del Reglamento de Expedición y Cancelación de Títulos de Jueces y Fiscales del Consejo Nacional de la Magistratura, aprobado por Resolución Nº 238-2006-CNM; SE RESUELVE: Primero.- Cancelar el título otorgado a favor del doctor ANDRES CESAR ESPINOZA PALOMINO, de Juez Mixto de Alto Amazonas del Distrito Judicial de San Martín. Segundo.- Expedir el título a favor del doctor ANDRES CESAR ESPINOZA PALOMINO, de Juez del Juzgado Mixto de Villa El Salvador del Distrito Judicial de Lima Sur. Tercero.- Remitir copia de la presente resolución al señor Presidente de la Corte Suprema de Justicia de la República y del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, para su conocimiento y fi nes. Regístrese, comuníquese y publíquese. GONZALO GARCÍA NÚÑEZ Presidente 661147-2 JURADO NACIONAL DE ELECCIONES Revocan Acuerdo Nº 26-2011/MVMT, dejan sin efecto credencial de regidor del Concejo Distrital de Villa María del Triunfo y convocan a candidata no proclamada para que asuma el cargo RESOLUCIÓN Nº 0572 -2011-JNE Expediente Nº J-2011-00509 Lima, veintisiete de junio de dos mil once. VISTO, en audiencia pública de fecha 27 de junio de 2011, el recurso de apelación interpuesto por José Aquino Vidal Saavedra contra el Acuerdo de Concejo Nº 26- 2011/MVMT, de fecha 24 de mayo de 2011, que declaró improcedente la solicitud de vacancia presentada contra Juan César Pianto Peralta, regidor del Concejo Distrital de Villa María del Triunfo, provincia y departamento de Lima, y oídos los informes orales. ANTECEDENTES Sobre la sentencia condenatoria por delito doloso emitida contra Juan César Pianto Peralta y su posterior rehabilitación Mediante sentencia de fecha 6 de julio de 2010, el Trigésimo Noveno Juzgado Especializado en lo Penal de la Corte Superior de Justicia de Lima, (en adelante, 39º JP) en el Expediente Nº 55188-2088 (Nº Interno 11- 2009), condenó a Juan César Pianto Peralta y otros por la comisión del delito contra el patrimonio, hurto agravado en grado de tentativa en agravio de las tiendas Saga Falabella, a dos (2) años de pena privativa de la libertad, suspendida en su ejecución por el periodo de prueba de un año (1) bajo ciertas reglas de conducta. Teniendo en cuenta ello, se observa que al 5 de julio de 2010, fecha de presentación de la lista de inscripción de candidatos para las Elecciones Municipales de 2010, Juan César Pianto Peralta no se encontraba con sentencia condenatoria, por lo que no existía la obligación de consignarla en la declaración jurada de vida del citado candidato. Posteriormente, con fecha 23 de mayo de 2011, Juan César Pianto Peralta solicitó ante el 39º JP la conversión de la pena de libertad a pena de multa. En tal sentido, mediante resolución de fecha 25 de mayo de 2011, el juez penal, en aplicación del principio de iura novit curia, y al no ser atendible la solicitud presentada, procedió a adecuarla a una solicitud de sustitución de la pena, procediendo a imponer una nueva pena, la cual correspondía a cuarenta y dos (42) días multa, a razón de quince nuevos soles el día multa. Finalmente, mediante resolución de fecha 27 de mayo del 2011, el 39º JP, al verifi car el cumplimiento de la nueva pena impuesta, procedió a declarar rehabilitado al citado regidor. Sobre la solicitud de vacancia presentada por Cristopher David Benites Hinostroza Cristopher David Benites Hinostroza, con fecha 18 de marzo de 2011, solicitó ante este Supremo Tribunal Electoral la vacancia de Juan César Pianto Peralta, regidor del Concejo Distrital de Villa María del Triunfo, al haber incurrido en la causal establecida en el artículo 22, numeral 6 (condena consentida o ejecutoriada por delito doloso con pena privativa de la libertad), de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades (en adelante, LOM). La causal señalada por el recurrente se sustenta en que, Juan César Pianto Peralta fue sentenciado por la comisión del delito contra el patrimonio, a dos (2) años de pena privativa de la libertad suspendida por el periodo de prueba de un (1) año. Dicha solicitud de vacancia dio origen al Expediente Nº J-2011-00121, en el que el Pleno del Jurado Nacional de Elecciones, mediante Auto Nº 1, de fecha 29 de marzo de 2011 y notifi cado el 4 de abril de ese mismo año, corrió traslado de la solicitud de vacancia al alcalde y regidores del Concejo Distrital de Villa María del Triunfo, a efectos de que cumplan con el trámite legal establecido en el artículo 23 de la LOM. Sobre el pedido de exclusión dentro del proceso electoral correspondiente a Elecciones Municipales 2010 En el Expediente Nº 0111-2010-064, de inscripción de listas de candidatos de la organización política Perú Posible para las Elecciones Municipales del año 2010, se advierte que el Jurado Electoral Especial de Lima Sur (en adelante, JEE), mediante resolución de fecha 6 de julio de 2010, admitió y publicó la lista de candidatos para el Concejo Distrital de Villa María del Triunfo, presentada por la citada organización política el 5 de julio del mismo año. Esto es, al momento de la presentación de la lista de candidatos, el hoy regidor no contaba con sentencia condenatoria, puesto que ella fue emitida mediante resolución de fecha 6 de julio de 2010 por el 39º JP. Posteriormente, con la resolución de fecha 19 de julio de 2010 se procedió a la inscripción y publicación de la citada lista de candidatos de la organización política Perú Posible. En dicho proceso electoral, Orlando Saravia Huamán puso en conocimiento de Hugo Antonio Molina Ordóñez, presidente del JEE, mediante escrito de fecha 22 de noviembre de 2010, que Juan César Pianto Peralta no podía asumir el cargo de regidor pues recae sobre él una sentencia condenatoria por delito doloso; adjunta para dicho efecto copia simple de la sentencia. En mérito de ello, el presidente del JEE emitió el Ofi cio Nº 0273-2010-JEELS, de fecha 24 de noviembre de 2010, declarando improcedente dicha solicitud debido a que no