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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 14 de julio de 2011 446507 ORDENANZA QUE AUTORIZA AL SORTEO PUBLICO JULIO 2011 Artículo Primero.- EL OBJETIVO de la presente Ordenanza es establecer las Políticas, condiciones y procedimientos que regulan el Sorteo Público denominado: “EN JULIO, PONLE 20 AL PERU, PAGA TUS TRIBUTOS Y EL AUTO TE LO LLEVAS TU”. Artículo Segundo.- DISPONGASE la realización del Sorteo Público denominado: “EN JULIO, PONLE 20 AL PERU, PAGA TUS TRIBUTOS Y EL AUTO TE LO LLEVAS TU”, para los contribuyentes del Distrito de Carabayllo, a realizarse el día 01 de Agosto del 2011 a horas 8.00 p.m., en el frontis del local de la Municipalidad Distrital de Carabayllo, Av. Tupac Amaru N° 1733 – Km. 18 Carabayllo. Artículo Tercero.- OTORGUESE para el Sorteo antes señalado, un premio Principal a ser sorteado entre el total de contribuyentes hábiles: • UN AUTOMOVIL DEL AÑO OTORGUESE dos premios consuelo a ser sorteados entre los contribuyentes hábiles que asistan personalmente al sorteo: • UN MOTO TAXI • UNA REFRIGERADORA Artículo Cuarto.- SE CONSIDERARAN HABILES para participar en el Sorteo Público todos los contribuyentes activos del Impuesto Predial y/o Arbitrios de Limpieza Pública, Parques y Jardines Públicos y Serenazgo del Distrito de Carabayllo, que a la fecha del Sorteo hayan cumplido con el pago de sus obligaciones tributarias por concepto del Impuesto Predial y Arbitrios, según los criterios establecidos en las bases del Sorteo. Artículo Quinto.- AUTORIZAR al señor Alcalde para que mediante Decreto de Alcaldía apruebe las Bases del Sorteo, las mismas que regularán todo lo concerniente a él. Artículo Sexto.- ENCARGAR a la Gerencia Municipal la coordinación general del Sorteo. Artículo Séptimo.- ENCARGAR a la Gerencia de Administración Tributaria todo lo referente a la organización del Sorteo, a la Subgerencia de Informática la realización de los procesos para la identifi cación de los contribuyentes hábiles para el Sorteo, a la Secretaria General las coordinaciones con la Notaría Pública y el Ministerio del Interior, y a la Subgerencia de Imagen Institucional la difusión del mismo. Articulo Octavo.- ENCARGAR a la Gerencia de Administración y Finanzas, la adquisición oportuna de los bienes que constituyen los premios del Sorteo, los que en su conjunto no deberá de exceder de S/. 30,000.00 (treinta mil soles). Artículo Noveno.- ENCARGAR a la Gerencia de Planeamiento, Presupuesto y Cooperación Internacional, ejecutar las acciones administrativas y presupuestarias que correspondan, para cumplir con lo dispuesto en esta Ordenanza. Artículo Décimo.- LA PRESENTE ORDENANZA entrará en vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario Ofi cial El Peruano. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. RAFAEL MARCELO ALVAREZ ESPINOZA Alcalde 664218-1 Establecen monto por derecho de emisión mecanizada de actualización de valores, determinación y distribución del Impuesto Predial y Arbitrios Municipales ORDENANZA MUNICIPAL Nº 230-2011-A/MDC Carabayllo, 24 de junio del 2011 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE CARABAYLLO POR CUANTO: EL CONCEJO MUNICIPAL, EN SESION ORDINARIA DE LA FECHA VISTO: En Sesión Ordinaria de la fecha, el Informe Nº 055- 2011-GAT/MDC de la Gerencia de Administración Tributaria que presenta nuevo proyecto de Ordenanza que aprueba los Derechos de Emisión para el 2011 en el Distrito de Carabayllo, con los Informes sustentatorios para que continúe su procedimiento Administrativo; el Informe Nº230-2011-GAJ/MDC de la Gerencia de Asesoría Jurídica y el Informe Nº 077-2011-GAT/MDC de la Gerencia de Administración Tributaria por el cual amplia el Informe respecto del la Ordenanza que aprueba el Derecho de Emisión; Informes que se pronuncian sobre el Proyecto de Ordenanza que establece el monto por Derecho de Emisión mecanizada de actualización de valores, determinación y distribución-Impuesto Predial y Arbitrios Municipales-2011 para el distrito de Carabayllo; y, CONSIDERANDO: Que mediante los artículos 191º y 194º de la Constitución Política del Perú se establece que los Gobiernos Locales tienen autonomía política, económica, administrativa y potestad tributaria en los asuntos de su competencia; Que el artículo 74º del mismo marco jurídico otorga potestad tributaria a los Gobiernos Locales, lo cual concordado con la Norma IV del Título Preliminar del Decreto Supremo Nº 135-99-EF Texto Único Ordenado del Código Tributario, establece que mediante Ordenanza se crean, modifi can, suprimen o exoneran los arbitrios, tasas, licencias, derechos y contribuciones, dentro de los límites establecidos por Ley. Asimismo precisa que las Ordenanzas son normas de carácter general por medio de las cuales se regulan las materias en las que la Municipalidad tiene competencia normativa; Que, el artículo 14º del T.U.O Ley de Tributación Municipal, aprobado por el D.S. Nº 156-2004-EF establece que la actualización de valores de los predios, por parte de la Municipalidad, sustituye la obligación de presentar la declaración jurada anual; Que, de acuerdo a la Segunda Disposición Final de la Ordenanza Nº 607 de la Municipalidad Metropolitana de Lima, las Ordenanzas Marco podrán tener vigencia por más de un ejercicio tributario; Que, de la Cuarta Disposición Final de la Ley de Tributación Municipal, establece que las Municipalidades que brinden el servicio de emisión mecanizada de actualización de valores, determinación de tributos y emisión de los recibos de pago correspondientes, incluida su distribución a domicilio, quedan facultadas a cobrar por dichos servicios no más del 0.4% de la UIT vigente al Uno de Enero de cada ejercicio; Que, mediante Informe Nº 055-2011-GAT/MDC de la Gerencia de Administración Tributaria se remite un Proyecto de Ordenanza de Derecho de Emisión para el Ejercicio 2011, con su respectivo Informe Técnico y Exposición de Motivos, emitido por la Sub Gerencia de Administración Tributaria y Recaudación; indicándose que luego de un amplio estudio y de acuerdo a los Informes remitidos por la Sub Gerencia de Administración Tributaria, Sub Gerencia de Recursos Humanos, Sub Gerencia de Logística Control Patrimonial y Maestranza y Gerencia de Administración y Finanzas se debe prorrogar la Ordenanza Nº 189-MDC correspondiente al costo del derecho de Emisión de la Municipalidad de Carabayllo correspondiente al ejercicio 2010; Que, organizado el Expediente remitido con el Informe acotado, se observa que el Proyecto de Ordenanza procederá a ratifi car los costos y los derechos de Emisión en S/.4.30 por contribuyente y en S/. 0.80 por Anexo Adicional, siendo los mismos valores aprobados para la cobranza que establece el derecho de emisión mecanizada de actualización de valores, determinación