Norma Legal Oficial del día 14 de julio del año 2011 (14/07/2011)


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TEXTO DE LA PÁGINA 82

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, jueves 14 de MORDAZA de 2011

Que, de conformidad con lo dispuesto por el Articulo 37º inciso a) de la Ley Nº 27867 - Ley Organica de Gobiernos Regionales, el Pleno del Consejo Regional del Gobierno Regional de MORDAZA, emite la siguiente MORDAZA de alcance regional: ORDENANZA REGIONAL: Articulo Primero.- DECLARAR AL DEPARTAMENTO DE MORDAZA, COMO REGION LIBRE DE CULTIVOS GENETICAMENTE MODIFICADOS (TRANSGENICOS), a fin de preservar su biodiversidad y riqueza ecologica, asi como el respeto a los valores culturales y sociales, asociados a su situacion de centro de origen y domesticacion de cultivos regionales. Articulo Segundo.- ENCARGAR, a la Gerencia General Regional, Gerencia Regional de Desarrollo Social, Gerencia Regional de Desarrollo Economico y a la Gerencia Regional de Recursos Naturales y Gestion del Medio Ambiente, realizar las acciones necesarias para el estricto cumplimiento de la presente Ordenanza Regional. Articulo Tercero.- ENCARGAR, a la Oficina Regional de Imagen Institucional, propiciar la difusion, respecto a las consecuencias que pudiera originar el consumo de productos sobre la base de Organismos Geneticamente Modificados (transgenicos) en la salud de las personas. Articulo Cuarto.- ENCARGAR, a la Secretaria del Consejo Regional de MORDAZA, la difusion y publicacion de la presente Ordenanza Regional en el Diario Oficial El Peruano, en el Diario de mayor circulacion de la Region y en el MORDAZA Web del Gobierno Regional de Loreto: www. regionloreto.gob.pe. Articulo Quinto.- La presente Ordenanza Regional, entrara en vigencia al dia siguiente de su publicacion. Comuniquese al senor Presidente del Gobierno Regional de MORDAZA, para su promulgacion. Dado en el auditorio de la Presidencia del Gobierno Regional de MORDAZA, a los veintitres dias del mes de junio del ano dos mil once. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente del Consejo Regional de MORDAZA POR TANTO: De conformidad con lo establecido con los articulos 16º, 21º Inc. o), 37º Inc. a) y 38º de la Ley Nº 27867 - Ley Organica de Gobiernos Regionales y sus modificatorias las Leyes Nº 27902, 28013, 28926, 28961, 28968 y 29053, concordante con el Inc. o) del articulo 15º del Reglamento de Organizacion y Funciones del Gobierno Regional de MORDAZA, aprobado mediante Ordenanza Regional Nº 0312008-GRL-CR, de fecha 15 de diciembre de 2008. Registrese, publiquese y cumplase. YVAN MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente del Gobierno Regional de MORDAZA 664255-3

EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE CARABAYLLO POR CUANTO: EL CONCEJO MUNICIPAL, EN SESION ORDINARIA DE LA FECHA VISTO: El Informe Nº 076 - 2011-GAT/MDC, de fecha 21 de junio del 2011 de la Gerencia de Administracion Tributaria, El Informe Nº 912-2011-SGLCPyM/GAF/ MDC, de fecha 24 de junio del 2011 de la Subgerencia de Logistica Control Patrimonial y Maestranza, ratificada con Proveido N° 06455-2011-GAF/MDC de la Gerencia de Administracion y Finanzas, El Informe Nº 7612011-GPPCI/MDC, de fecha 24 de junio del 2011 de la Gerencia de Planificacion, Presupuesto y Cooperacion Internacional, y el Informe Nº 262-2011-GAJ/MDC, del 23 de junio del 2011; referidos a la realizacion de un sorteo publico a realizarse el 01 de Agosto del 2011, que premie e incentive el pago de los tributos durante el ano 2011; y CONSIDERANDO: Que, conforme a lo establecido en el articulo 194º de la Constitucion Politica del Peru, modificado por la ley de Reforma Constitucional Nº 27680, las Municipalidades gozan de autonomia, politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, con informe Nº 076 - 2011-GAT/MDC, de fecha 21 de junio del 2011, la Gerencia de Administracion Tributaria senala que prosiguiendo con el desarrollo y la ejecucion de su Plan de Actividades programadas para el periodo 2011, con el proposito de reducir el grado de morosidad de los contribuyentes de Carabayllo a niveles mas razonables, asi como para estimular el pago de los tributos del presente periodo; propone la realizacion de un sorteo publico, como incentivo especial para premiar a los contribuyentes del distrito de Carabayllo; Que, como antecedentes es oportuno resaltar que los sorteos realizados en Diciembre del 2008, MORDAZA del 2009, y MORDAZA y Diciembre del 2010 generaron un gran impacto positivo tanto en la recaudacion como en los contribuyentes del distrito, por lo que en beneficio de nuestros vecinos cumplidos ES CONVENIENTE Y OPORTUNO LA APROBACION DEL PRIMER SORTEO 2011: De un automovil 0 Km. y algunos premios menores complementarios; premios que estimularan a aquellos contribuyentes que honren sus deudas tributarias por concepto de Impuesto Predial y Arbitrios Municipales del ano 2011, asi como por deudas de periodos anteriores que se cancelen durante el presente periodo; Que mediante informe Nº 262-2011-GAJ/MDC, del 23 de junio del 2011, la Gerencia de Asesoria Juridica opina que si se adquiere el bien objeto del sorteo via compraventa, este seria un bien mueble de dominio privado, pudiendo constituirse en el objeto de un sorteo, lo que legalmente se denominaria "donacion", la cual tendria que ser aprobada via Acuerdo de Concejo con el MORDAZA de 2/3 del numero legal de los miembros del Concejo; Que, mediante Informe Nº 912-2011-SGLCPyM/ GAF/MDC, del 24 de junio del 2011 la sub Gerencia de Logistica Control Patrimonial y Maestranza, Ratificado con Proveido N° 06455-2011 GAF de la Gerencia de Administracion y Finanzas, se informa los bienes muebles objetos del sorteo como "donacion" que se adquiriran via compra-venta, tienen los siguientes precios referenciales: UN AUTOMOVIL DEL ANO UN MOTO TAXI UNA REFRIGERADORA S/. 25,400.00 S/. 3,900.00 S/. 700.00

GOBIERNOS LOCALES MUNICIPALIDAD DE CARABAYLLO
Establecen disposiciones para la realizacion del Sorteo Publico denominado "En MORDAZA, ponle 20 al Peru, paga tus tributos y el auto te los llevas tu"
ORDENANZA MUNICIPAL N° 229-2011-A/MDC Carabayllo, 24 de junio del 2011

Estando a lo expuesto y de conformidad con lo dispuesto en el numeral 8) del articulo 9° de la Ley Organica de Municipalidades-Ley N° 27972, se aprobo por Unanimidad con dispensa de la lectura y el tramite de aprobacion de Acta, lo siguiente:

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