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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 24 DE JULIO DEL AÑO 2011 (24/07/2011)

CANTIDAD DE PAGINAS: 56

TEXTO PAGINA: 43

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, domingo 24 de julio de 2011 447191 la Corte, de los órganos jurisdiccionales de la Corte, de los peritos integrantes del REPEJ de esta Corte y de los interesados, para los fi nes pertinentes. Regístrese, comuníquese y cúmplase. FIDEL GREGORIO QUEVEDO CAJO Presidente (e) Corte Superior de Justicia de Huaura ANEXO 01 CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE HUAURA RELACIÓN DE PERITOS JUDICIALES HÁBILES PARA EL EJERCICIO DEL CARGO DURANTE EL AÑO JUDICIAL 2011 Nº Apellidos y Nombres D.N.I. Profesión 1 ALCANTARA ARTEAGA, MANUEL EMILIO 15595715 CONTADORES 2 GONZALES ROSALES, LUZ AMELIA 15702601 CONTADORES 3 HIJAR DÍAZ, MARTHA MATILDE 15605774 CONTADORES 4 LEZAMA CABANILLAS ISABEL ROCIO 15620724 CONTADORES 5 MAURICIO RAMOS, HECTOR FIDENCIO 15617559 CONTADORES 6 MONTERO TRINIDAD, CESAR AUGUSTO 15598261 CONTADORES 7 OSORIO SUAREZ, RUTH ELENA 15593567 CONTADORES 8 OYOLA GRADOS, INES AURORA O7594326 CONTADORES 9 PICHILINGUE SANTOS, JUAN HUMBERTO 15586597 CONTADORES 10 ROBLES ESPINOZA, ARMANDO 15954321 CONTADORES 11 TORRES FRANCIA, PAUL ABSALON 15593974 CONTADORES 12 ARBAIZA RAMÍREZ, AUGUSTO FERNANDO O7235536 GRAFOTECNIA 13 TIPACTI MARTÍNEZ, JORGE 21413790 GRAFOTECNIA 14 ANDRADE SORIANO, MARÍA ISABEL 8065333 GRAFOTECNIA 15 ZABARBARU VARGAS ANGEL HUMBERTO 43326915 GRAFOTECNIA 16 GARCIA BLANCO, CESAR AUGUSTO O6960942 GRAFOTECNIA 17 CHINCHAY TICLIA, ROSENDO 43273632 GRAFOTECNIA 18 RAMIREZ CACERES, TEODORO RUBEN O9867139 GRAFOTECNIA 19 BALTA DUEÑAS, GAVINA O7231918 GRAFOTECNIA 20 ALONSO CARRERA, JOSE ALBERTO O7474667 GRAFOTECNIA 21 DEL SOLAR LA ROSA OSWALDO FEDERICO 15591696 INGENIERO AGRONOMO 22 ESCALANTE FARFAN, ABEL 15593640 INGENIERO AGRONOMO 23 IDIAQUEZ ARIAS, JORGE ENRIQUE 15592354 INGENIERO AGRONOMO 24 SANCHEZ GONZALES, JORGE 15590663 INGENIERO AGRONOMO 25 FLORES SANCHEZ, ALEJANDRO 15629875 INGENIERO AGRONOMO 26 MARTINEZ FLORES, LUIS 15595713 MECANICA 27 CALLEHUANCA PINO, ROBERTO CLAUDIO 15758470 INGENIERIA CIVIL 28 CORREA CELIS, ERBER EFRAÍN 27964363 INGENIERIA CIVIL 29 TOVAR GARCILAZO, EDUARDO CARLOS 29631221 INGENIERIA CIVIL 30 VERGARA LOVERA, GLADYS ROSARIO 15758471 INGENIERIA CIVIL 31 GONZALES DEL SOLAR JORGE EMILIO 15980229 ARQUITECTO 32 BAEZA ORTIZ, JORGE LUIS O9394122 ARQUITECTO 33 ATAUJE MONTES, MAXIMO JESUS 15944658 ECONOMISTA 34 SANCHEZ DIAZ, SEGUNDO MANUEL 15585849 TECNICO AGRÓNOMO 669309-1 ORGANOS AUTONOMOS DEFENSORIA DEL PUEBLO Disponen que se ubiquen en las Oficinas Defensoriales y en los Módulos de Atención de la Defensoría del Pueblo el Libro de Reclamaciones correspondiente RESOLUCIÓN DEFENSORIAL Nº 0016-2011/DP Lima, 22 de julio del 2011 CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Supremo Nº 042-2011-PCM se dispuso la obligación de las entidades de la Administración Pública de contar con un Libro de Reclamaciones, con la fi nalidad de establecer un mecanismo de participación ciudadana para lograr la efi ciencia del Estado y salvaguardar los derechos de los usuarios frente a la atención en los trámites y servicios que se les brinda; Que, asimismo, el artículo 3º del precitado Decreto Supremo establece que el Libro de Reclamaciones es un instrumento administrativo que permite a los usuarios formular sus reclamos, correspondiendo consignar además información relativa a su identidad y aquella otra necesaria a efectos de dar respuesta al reclamo formulado; para lo cual el referido Libro deberá constar de manera física o virtual y ser ubicado en un lugar visible y de fácil acceso; Que, el artículo 5º del Decreto Supremo Nº 042- 2011-PCM dispone que mediante resolución del titular de la entidad se designará al responsable del Libro de Reclamaciones de la entidad; Que, mediante Resolución Defensorial Nº 021-2008/ DP, modifi cado por Resolución Defensorial Nº 006-2011/ DP, se aprobó la Directiva Nº 001-2008/DP a fi n de regular el procedimiento de atención de las solicitudes de acceso a la información pública de la Defensoría del Pueblo, por lo que se dispuso que entre los funcionarios responsables de atender las solicitudes de acceso a la información pública se encuentran los/las jefes/as de las Ofi cinas Defensoriales y los comisionados/as de los Módulos de Atención, de acuerdo a la información que la dependencia a su cargo posee o hubiere producido u obtenido en el ejercicio de sus funciones; Que, en ejercicio de la autonomía normativa de la Defensoría del Pueblo, regulada en el artículo 161º de la Constitución Política del Perú y el literal 7) del artículo 9º de su Ley Orgánica, Ley Nº 26520, y en concordancia con la finalidad establecida en el Decreto Supremo Nº 042-2011-PCM, esto es, lograr la eficiencia del Estado y salvaguardar los derechos de los usuarios, se ha previsto por conveniente la ubicación del Libro de Reclamaciones en las Oficinas Desconcentradas de la Defensoría del Pueblo y designar a sus responsables; Con los visados de la Primera Adjuntía, Secretaría General y de la Ofi cina de Asesoría Jurídica; En uso de las atribuciones y facultades conferidas por los artículos 5º y 9º de la Ley Orgánica de la Defensoría del Pueblo, Ley Nº 26520; de acuerdo con lo establecido en los literales d) y n) del artículo 7º del Reglamento de Organización y Funciones de la Defensoría del Pueblo, aprobado por la Resolución Defensorial Nº 0012-2011/DP y conforme a lo dispuesto en el Decreto Supremo Nº 042- 2011-PCM; SE RESUELVE: Artículo Primero.- DISPONER que se ubiquen en las Ofi cinas Defensoriales y en los Módulos de Atención de la Defensoría del Pueblo el Libro de Reclamaciones correspondiente.