Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 24 DE JULIO DEL AÑO 2011 (24/07/2011)

CANTIDAD DE PAGINAS: 56

TEXTO PAGINA: 46

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, domingo 24 de julio de 2011 447194 Administración Pública, aprobado por el Decreto Supremo Nº 043-2006-PCM señala que las entidades contarán con una Ofi cina General de Administración como órgano de apoyo a cargo de por lo menos las siguientes materias: Contabilidad y Finanzas, Adquisiciones, Administración de Personal y Tecnología de la Información; Que, la organización debe ser diseñada para obtener, en la mejor forma posible, los objetivos estratégicos, facilitar el desarrollo de las actividades de la gestión, el fortalecimiento de la cultura organizacional, el incremento de la productividad y el desarrollo del trabajo de las personas en un clima de armonía y cooperación; con lo cual se debe lograr ser efi caces, a fi n de satisfacer las demandas y expectativas de los vecinos de Jesús María; en ese sentido, es conveniente la creación de una Sub Gerencia de Contabilidad dentro de la organización de la Municipalidad de Jesús María; Que, mediante Memoranda Nros. 922 y 993-2011- MDJM-GA del 07 y 17 de junio de 2011, respectivamente, la Gerencia de Administración remitió a la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto su propuesta de funciones a asignarse a la nueva Sub Gerencia de Contabilidad solicitando que se delimite de forma clara y expresa las funciones de esta nueva unidad orgánica así como la de la Sub Gerencia de Finanzas; Que, mediante Memorándum Nº 518 -2011-MDJM- GPP, la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto emitió el Informe Técnico que contempla el proyecto de modifi cación para crear la Sub Gerencia de Contabilidad, lo que conlleva a una nueva reasignación de competencias respecto a la Sub Gerencia de Finanzas, motivo por el cual ésta última cambiará de denominación por el de Sub Gerencia de Tesorería, cumpliendo dichas modifi caciones con los lineamientos técnicos que establece el Decreto Supremo Nº 043-2006-PCM precitado, lo establecido por la Leyes Nº 27783, 27658, 27972, 28708 y demás normas pertinentes; Que, la Gerencia de Asesoría Jurídica y Registro Civil, con Informe Nº 887-2011-MDJM-GAJyRC ha opinado favorablemente para la modifi cación del Reglamento de Organización y Funciones y por consiguiente la creación de la Sub Gerencia de Contabilidad a cargo de la Gerencia de Administración, así como la modifi cación de denominación de la Sub Gerencia de Finanzas por el de Sub Gerencia de Tesorería; En uso de las facultades conferidas por el numeral 8 del artículo 9º de la Ley Orgánica de Municipalidades, el Concejo Municipal aprobó la siguiente: ORDENANZA QUE INCORPORA LAS SUB GERENCIAS DE CONTABILIDAD Y DE TESORERÍA A LA ESTRUCTURA ORGANICA DE LA MUNICIPALIDAD DE JESÚS MARIA Artículo Primero.- MODIFICASE los artículos 56, 58, 63 y 64 del Reglamento de Organización y Funciones de la Municipalidad Distrital de Jesús María, aprobado mediante Ordenanza Nº 281-MDJM, el mismo que tendrá el siguiente texto: “CÓDIGO 05.3.0. GERENCIA DE ADMINISTRACIÓN Artículo 56º.- De la Gerencia de Administración La Gerencia de Administración es un órgano de apoyo de la Municipalidad, que tiene como objetivo dotar de recursos humanos y logísticos sufi cientes y oportunos para el desarrollo de las actividades proyectos de los órganos conformantes de la Municipalidad dentro el marco de la legalidad que regulan dichos procesos esta cargo de un Gerente, designado por el Alcalde, a cargo de confi anza que depende directamente de la Gerente Municipal. La Gerencia de Administración, para el desarrollo de sus funciones, cuenta con las siguientes unidades orgánicas: - Sub Gerencia de Contabilidad. - Sub Gerencia de Logística. - Sub Gerencia de Recursos Humanos. - Sub Gerencia de Tesorería. - Sub Gerencia de Informática.” CÓDIGO 05.5.5 SUB GERENCIA DE CONTABILIDAD Artículo 58º.- De la Sub Gerencia de Contabilidad La Sub Gerencia de Contabilidad, es una unidad orgánica de apoyo, a la Gerencia de Administración, que conduce las acciones y aplicación del Sistema de Contabilidad Gubernamental, los registros contables, control previo de las operaciones fi nancieras, procesar y presentar la estructura de costos de los servicios públicos, los procedimientos y derechos de tramite administrativos y la elaboración de los estados fi nancieros de la Municipalidad. Esta a cargo de un Funcionario de confi anza con nivel de subgerente quien depende funcional y jerárquicamente del Gerente de Administración.” CÓDIGO 05.5.3 SUB GERENCIA DE TESORERIA Artículo 63º.- De la Sub Gerencia de Tesorería La Sub Gerencia de Tesorería es responsable de las acciones inherentes al Sistema de Tesorería, se encarga del control de la captación del impuesto e arbitrios Municipales y otras fuentes de ingreso, así como de los pagos oportunos de los compromisos. Esta a cargo de un Sub-Gerente como empleado de confi anza, designado por el Alcalde a propuesta del Gerente Municipal, depende jerárquicamente del Gerente de Administración.” “Artículo 64º.- Son funciones generales de la Sub Gerencia de Tesorería, las siguientes: 64.1. Administrar los recursos económicos y fi nancieros, utilizando criterios de racionalidad, en los aspectos relacionados con la ejecución del gasto. 64.2. Ejecutar, organizar, dirigir y controlar las actividades del sistema nacional de tesorería, de conformidad con las normas técnicas de control interno y legales vigentes. 64.3. Cumplir y controlar el cumplimiento de las políticas de austeridad y control del gasto y de la inversión. 64.4. Conducir las actividades fi nancieras de administración de ingresos y egresos de fondos, respetando las normas técnicas y gubernamentales. 64.5. Cumplir y hacer cumplir las normas administrativas gubernamentales referentes a la administración de los recursos públicos del Estado. 64.6. Mantener actualizado los registros de control de tesorería y estadístico de su responsabilidad. 64.7. Elaborar las proyecciones del Flujo de Caja diario y mensual, en coordinación con las unidades orgánicas generadoras de captación y recaudación y reportar a la Gerencias de Administración y de Planeamiento y Presupuesto. 64.8. Efectuar la fase de ejecución del presupuesto institucional en su etapa devengado, girado y pagado en el SIAF-GL manteniendo el equilibrio fi nanciero. 64.9. Efectuar el control de la captación de los impuestos y arbitrios y otras fuentes de ingresos Municipales, realizando el registro diario de los ingresos en el SIAF-GL. 64.10. Registrar todos los egresos en el SIAF-GL para atender oportunamente los pagos del personal, proveedores en generales, de acuerdo con las normas legales vigentes, reportando a la Gerencia de Administración, el estado consolidado de fondos en estrecha coordinación con la Sub Gerencia de Contabilidad y la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto. 64.11. Elaborar y formular los partes diarios de Ingreso Municipales y consolidar información estadística mensualizada e informar a la Gerencia de Administración y la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto. 64.12. Remitir mensualmente información fi nanciera relativa a la Ejecución Presupuestal y Financiera de Ingresos y Egresos, por fuentes de fi nanciamiento, rubro, categoría, grupo genérico y partida especifi cas a la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto. 64.13. Establecer conciliaciones mensuales de todas las cuentas bancarias de la Municipalidad. 64.14. Coordinar la oportuna emisión de instrumentos fi nancieros, con los bancos e Instituciones Financieras, para lograr contar con liquidez y solvencia necesaria e programada, para el fi nanciamiento de las actividades y proyectos de inversión. 64.15. Formular propuestas factibles y viables de rentabilidad fi nanciera de los excedentes de liquidez, considerando los parámetros técnico, legales y normativos, establecidos y su seguimiento de su cartera.