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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 24 DE JULIO DEL AÑO 2011 (24/07/2011)

CANTIDAD DE PAGINAS: 56

TEXTO PAGINA: 47

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, domingo 24 de julio de 2011 447195 64.16. Diligenciar los procesos y fases de la administración de todas las cuentas corrientes bancarias, de la Municipalidad, procesando las transferencias electrónica y/o girado de cheques con la debida sustentación e autorización. 64.17. Elaborar, formular y presentar proyecciones de Flujo de Caja de efectivo, reportar en forma semanal a la Gerencia de Administración y la Gerencia de Planeamiento Y presupuesto. 64.18. Cautelar con diligencia los derechos y valores por su permanente vigencia y exigibilidad de renovación oportuna, para garantizar el fi el cumplimiento de contratos, adelantos a proveedores de propiedad de nuestra Municipalidad. 64.19. Formular, expedir oportunamente las constancias de pagos y certifi cados de retención de impuestos y archivar de acuerdo con normatividad establecida. 64.20. Formular y coordinar con la Sub Gerencias y Gerencias involucradas en la actualización en el Portal Virtual, recinto municipal, los montos a cobrar por cada servicio establecido en el Texto Único de Procedimiento Administrativo, Tarifario de Servicios, Impuestos y Arbitrios Municipales vigentes. 64.21. Coordinar con la Gerencia de Rentas y de Planeamiento y Presupuesto, sobre el registro diario y la actualización de data de los Ingresos y Giros de la Municipalidad en el SIAF-GL. 64.22. Diligenciar con prontitud la conciliación de los pagos de los contribuyentes, que tienen convenio de cobranza de Tributos Municipales realizados a través de las entidades bancarias y pagos realizados por Internet. 64.23. Ejecutar y informar a la Gerencia de Administración y Sub Gerencia de Contabilidad, las detracciones de las facturas de los pagos de los proveedores que corresponde según las normas legales vigentes. 64.24. Cumplir y aplicar las normas técnico-normativas del Órgano de Control institucional, que compete al Sistema de Tesorería, ya al control previo y concurrente inherente a su unidad orgánica. 64.25. Efectivizar el cumplimiento real en el ámbito de su competencia los objetivos y metas establecidas, contenidos en el Plan Operativo institucional y los Presupuestos anuales aprobados por la Municipalidad. 64.26. Proponer y ejecutar las normas de Control Interno aplicable a su unidad orgánica, así como implementar de las recomendaciones emitidas por el órgano del sistema nacional de control. 64.27. Las demás atribuciones y responsabilidades que se deriven del cumplimiento de sus funciones que le sean asignadas por el Gerente de Administración.” Artículo Segundo.- INCORPÓRASE el artículo 58-A al Reglamento de Organización y Funciones – ROF, de la Municipalidad Distrital de Jesús María, aprobado por la Ordenanza Nº 281-MDJM, el mismo que tendrá el siguiente texto: “Artículo 58.A.- Son funciones generales de la Sub Gerencia de Contabilidad, las siguientes: 58A.1. Programar, organizar, ejecutar, controlar y coordinar las actividades del sistema de contabilidad gubernamental, elaboración de los estados fi nancieros y los estados de ejecución presupuestal integrada de la Municipalidad, de acuerdo con la normatividad vigente, en coordinación con la Contaduría Pública de la Nación. 58A.2. Revisar las consistencias de los registros contables y realizar el seguimiento de las partidas contables a efectos de determinar la existencias desviaciones o erróneas contabilizaciones, emitiendo los reportes correspondientes a las unidades operativas para la regularización del caso. 58A.3. Revisar, evaluar y fi scalizar el acervo documentario que sustenta el gasto e inversiones demandadas por las diferentes unidades orgánicas de la municipalidad ejecutando en forma permanentemente y obligatoria el control previo de todas las operaciones sujetas a registro contable, fi nanciero realizadas por la Municipalidad. 58A.4. Formular proponer, controlar y evaluar los lineamientos generales, específi cos y su aplicación inherente al Plan Contable Institucional y los estados fi nancieros de la Municipalidad. 58A.5. Efectuar las conciliaciones de las cuentas contables, manteniendo registro analíticas en cada caso procesando los ajustes y las reclasifi caciones de acuerdo con las normatividad de Contaduría Pública. 58A.6. Realizar a través del SIAF-GL las conciliaciones de las cuentas de enlace con la Dirección Nacional Tesoro Público, en cumplimiento de las Normas del Sistema Nacional de Contabilidad. 58A.7. Elaborar, formular, suscribir y presentar los Estados Financieros, con periodicidad mensual, semestral y anual de acuerdo con las normas legales vigentes de la Contaduría Pública de la Nación 58A.8. Elaborar y presentar la estructura de costos de los Arbitrios Municipales, en coordinación con la Gerencia de Rentas, Gerencia de Seguridad Ciudadana, Gerencia Desarrollo Urbano y Ambiental, realizando seguimiento de la ejecución de ingresos y gastos, según la estructura de costos aprobadas, proporcionando, reportes mensuales a la Gerencia de Administración y la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto. 58A.9. Procesar y presentar la estructura de costos del Tarifario de Servicios y de los procedimientos de Derecho de Tramitación que se establecen del Texto Único de Procedimientos Administrativos –TUPA- de la Municipalidad, coordinando con todas las Gerencias y Sub Gerencias involucradas y efectuar acciones para lograr la ratifi cación del Servicio de Administración Tributaria de la Municipalidad Metropolitana. 58A.10. Elaborar y presentar los Estados Financieros emitidos a través del Sistema Integrado de Gestión Financiera para los Gobiernos Locales (SIAF-GL) de acuerdo con los plazos establecidos y reportar mensualmente a la Gerencia de Administración. 58A.11. Coordinar la correcta aplicación y cumplimiento de las conciliaciones de las partidas de ejecución presupuestal, con la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto así como informar y remitir mensualmente a dicha Gerencia el consolidado de los ingresos y egresos presupuestales de acuerdo con la normatividad presupuestal. 58A.12. Cautelar la correcta aplicación legal y presupuestaria del egreso ajustándose a la programación del pago establecido, montos presupuestados, que serán refl ejados en el registro contable de la ejecución presupuestal. 58A.13. Programar y ejecutar arqueos inopinados de fondos fi jos para caja chica, cajas recaudadoras, especies valoradas y otros, informando a la Gerencia de Administración. las observaciones y recomendaciones de acuerdo a las Normas legales vigentes. 58A.14. Efectuar los análisis de cuentas en forma permanente y analizar mensualmente las cuentas de gastos. 58A.15. Coordinar con las Gerencias de Administración, Gerencia de Asesoría Jurídica y Registro Civil y la Procuraduría Pública Municipal, en lo referente a la Titulación de Bienes Inmuebles, Terrenos, así como el saneamiento físico legal de los Bienes Patrimoniales para su registro en los libros contables. 58A.16. Coordinar con la Gerencia y Sub Gerencias de Rentas, la verifi cación semestral de valores que obran en su custodia y demás unidades orgánicas de la MJM que mantienen valores bajo custodia para el sustento de los saldos de las cuentas por cobrar. 58A.17. Supervisar, ejecutar y controlar el cumplimiento oportuno de las declaraciones de las obligaciones Tributarias de la Municipalidad como agente de retención por cuenta propia a los organismos competentes a través de medios magnéticos. 58A.18. Participar en el Comité Patrimonial y en la Comisión de toma de inventarios de activos, coordinando con la Sub Gerencia de Logística y área servicios generales para la toma de inventarios anual y la conciliación de los bienes patrimoniales y suministros. 58A.19. Establecer mediante directivas aprobadas por Resoluciones de Gerencia los métodos y procedimientos Contables y Costos para el registro de las operaciones económicas, financieros de las Municipalidad. 58A.20. Cumplir y hacer cumplir las normas de control interno aplicables a su unidad orgánica así como impulsar la implementación de las recomendaciones emitidas por los órganos del Sistema de Nacional de Control.