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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, domingo 24 de julio de 2011 447196 58A.21. Efectuar las conciliaciones anuales de la infraestructura pública y de las construcciones en curso, en coordinación con la Gerencias y Sub Gerencias involucradas. 58A.22. Planifi car, organizar y dirigir la implementación y manejó del sistema de costos y mantener actualizados la información requerida en coordinación con las áreas competentes. 58A.23. Cumplir con los Objetivos y metas establecidas en el ámbito de su competencia en las Planes, Presupuestos, Programas y Proyectos aprobados por la Municipalidad. 58A.24. Formular, proponer y administrar el Presupuesto Anual, el Plan Operativo Institucional (POI), Plan Estratégico Institucional (PEI) en el ámbito de su competencia, elaborado en coordinación con la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto. 58A.25. Ejecutar el Plan Operativo y el Presupuesto Municipal correspondiente a la Sub Gerencia de Contabilidad. 58A.26. Las demás atribuciones y responsabilidades que se deriven del cumplimiento de sus funciones que le sean asignadas por el Gerente de Administración.” Artículo Tercero.- ENCÁRGASE a la Gerencia de Comunicaciones e Imagen Institucional, disponga la publicación de la presente Ordenanza, en la página web institucional y en el Portal de Servicios al Ciudadano y Empresas – PSCE. Artículo Cuarto.- FACÚLTASE a la Gerencia Municipal para adoptar las acciones pertinentes que conlleven a la implementación de lo dispuesto en la presente Ordenanza. Artículo Quinto.- ENCÁRGASE a la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto, el reordenamiento y actualización del Cuadro para Asignación de Personal (CAP) y el Presupuesto Analítico de Personal (PAP), en coordinación con la Gerencia de Administración. Artículo Sexto.- La presente norma entrará en vigor a partir del día siguiente de su publicación. POR TANTO: Mando se publique y cumpla. ENRIQUE OCROSPOMA PELLA Alcalde 669783-1 Modifican Tarifario de Servicios No Exclusivos de la Municipalidad DECRETO DE ALCALDÍA Nº 013-2011-MDJM Jesús María, 11 de julio del 2011 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE JESÚS MARIA; VISTO, el Memorando Nº 292-2011-MDJM-GR, remitido por la Gerencia de Rentas y el Informe Nº 890- 2011-MDJM/GAJyRC emitido por la Gerencia de Asesoría Jurídica y Registro Civil; y, CONSIDERANDO: Que, el artículo 194 de la Constitución Política del Perú, reconoce a las municipalidades autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, desarrollado por el artículo II del Título Preliminar de la Ley Nº 27972 Orgánica de Municipalidades; Que, el artículo 37 de la Ley Nº 27444 del Procedimiento Administrativo General dispone que para aquellos servicios que no sean prestados en exclusividad, las entidades, a través de Resolución del Titular de la entidad, establecerán los requisitos y costos correspondientes a los mismos, los que deberán ser debidamente difundidos para que sean de público conocimiento; Que mediante Decreto de Alcaldía Nº 09-2011-MDJM, se aprobó el Tarifario de la Municipalidad, el mismo debe ser modifi cado en lo que respecta a la Gerencia de Desarrollo Humano, toda vez que, es necesario realizar precisiones en las tarifas establecidas para diferentes servicios; Estando a las atribuciones conferidas por el artículo 42 y el numeral 6 del artículo 20 de la Ley Nº 27972 Orgánica de Municipalidades; SE DECRETA: Artículo Primero.- MODIFÍCASE el Tarifario de Servicios No Exclusivos de la Municipalidad Distrital de Jesús María aprobado mediante Decreto de Alcaldía Nº 09-2011-MDJM, en la parte correspondiente a la Gerencia de Desarrollo Humano, el mismo que tendrá el texto que obra en Anexo I (25 Items), y forma parte integrante del presente Decreto. Artículo Segundo.- PUBLÍCASE el presente Decreto en el Diario Ofi cial El Peruano, el Portal Institucional de la Municipalidad Distrital de Jesús María: www.munijesusmaria. gob.pe y en el Portal de Servicios al Ciudadano y Empresas www.serviciosalciudadano.gob.pe. Artículo Tercero.- ENCÁRGASE a la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto la generación de los clasifi cadores de ingreso correspondientes y a la Gerencia de Comunicaciones e Imagen Institucional su difusión. Regístrese, publíquese y cúmplase. ENRIQUE OCROSPOMA PELLA Alcalde TARIFARIO DE SERVICIOS NO EXCLUSIVOS DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE JESUS MARIA Decreto de Alcaldía Nº 013-2011-MDJM (…) GERENCIA DE DESARROLLO HUMANO Nº DENOMINACION DEL SERVICIO REQUISITOS TARIFA 1 Alquiler de Losas del Complejo Deportivo “Los Próceres” y Polideportivo “Micky Rospigliosi” 1. Pago del servicio, por hora. S/.25.00 L-V de 8:00 a 17:00 público en general S/.20.00 Colegios particulares L-V de 8:00 a 17:00 S/.15.00 Colegios Nacionales L-V de 8:00 a 17:00 S/.25.00 Sábados, domingos y feriados de 8:00 a 17:00 S/.35.00 Lunes a domingo de 18:00 a 22:00 2 Alquiler de losas del polideportivo “Micky Rospigliosi” para la realización de eventos corporativos netamente deportivos 1. Solicitud (cinco (05) días de anticipación) 2. Carta de Garantía del local 3. Copia del DNl o RUC del solicitante 4.Pago del Servicio (por hora) S/. 54.00 por cada losa 3 Alquiler del Polideportivo Municipal Micky Rospigliosi para la realización de eventos corporativos con comidas y bebidas no alcohólicas, instalación de toldos, juegos recreativos, equipo de sonido, estrado, banderolas alusivas al evento y otros) 1.Solicitud (cinco (05) días de anticipación) 2.Carta de Garantía del local 3. Copia del DNI o RUC del solicitante 4.Copia del Programa 5.Croquis de ubicación de los equipos 6.Pago del Servicio (por hora) S/.150.00 (una losa) S/. 240.00 (dos losas) S/.360.00 (tres losas) 4 Alquiler del Skate Park del Polideportivo Micky Rospigliosi para la realización de eventos corporativos (con comidas y bebidas no alcohólicas, instalación de toldos, juegos recreativos, equipo de sonido, estrado, banderolas alusivas al evento y otros) 1.Solicitud (cinco (05) días de anticipación) 2.Carta de Garantía del local Copia del DNI o RUC 3.Copia del Programa 4.Croquis de ubicación de los equipos 5.Pago del Servicio (por hora) S/.200.00