Norma Legal Oficial del día 26 de julio del año 2011 (26/07/2011)


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TEXTO DE LA PÁGINA 7

El Peruano MORDAZA, martes 26 de MORDAZA de 2011

NORMAS LEGALES

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TERCERA. Adecuacion normativa por los gobiernos regionales y gobiernos locales Los gobiernos regionales y gobiernos locales que tienen competencia compartida con el Ministerio de la Produccion en materia de promocion de la industria y el comercio interno adecuan y dictan las disposiciones que MORDAZA necesarias para el cumplimiento de la presente Ley. CUARTA. Vigencia La presente Ley entra en vigencia a partir del dia siguiente de su publicacion en el diario oficial El Peruano.

LEY QUE OPTIMIZA LA GESTION DE LOS RECURSOS QUE ADMINISTRA EL BANCO DE MATERIALES SAC (BANMAT)
Articulo 1. Objeto de la Ley La Ley tiene el objeto de establecer normas complementarias para la gestion de los recursos propios o transferidos que administra o administrara el Banco de Materiales SAC (Banmat), correspondientes a cualquier cartera de creditos o inmuebles respecto de los cuales es o sera acreedor o administrador de los mismos, cualquiera MORDAZA sido la naturaleza u origen de los recursos que las financiaban. Articulo 2. Finalidad de la Ley La presente Ley tiene la finalidad de promover y perfeccionar la administracion, recuperacion y nueva colocacion de la cartera a la que se refiere el articulo 1, asi como completar su saneamiento, gravamen, desgravamen o tracto sucesivo, segun corresponda. Articulo 3. Administracion de la cartera del Banco de Materiales SAC (Banmat) El Banco de Materiales SAC (Banmat) se encuentra facultado para: 1. Administrar integralmente los programas de vivienda ejecutados y habilitados originalmente, directa o indirectamente, con recursos del Fondo Nacional de Vivienda (Fonavi), de manera que el Banco de Materiales SAC (Banmat) puede evaluar cada predio de dichos programas, identificar su naturaleza y situacion, asumir competencia sobre ellos en caso de que no le hayan sido transferidos e incorporarlos a sus listados de predios en administracion, en la situacion, estado, categoria, concepto, nivel, MORDAZA, clase o condicion que corresponda, con el fin de efectuar las acciones de saneamiento y regularizacion dispuestas por los articulos 5 y 6 de la Ley 28275, Ley Complementaria de Contingencias y de Reestructuracion por Prestamos Otorgados por Banmat SAC, y demas normas complementarias y conexas; asi como realizar toda accion de recuperacion a favor del fondo revolvente, gravamen, desgravamen, tracto sucesivo pertinente y la suscripcion o regularizacion de los actos o contratos correspondientes. 2. Administrar las areas aledanas a los programas de vivienda de propiedad de recursos Fonavi, a fin de determinar las posibles ampliaciones que se hubieran presentado excediendo el perimetro formal de dichos programas pero abarcando areas que corresponden a los recursos del Fonavi y efectuar el saneamiento, regularizacion o recuperacion que correspondan, en concordancia con lo dispuesto por el MORDAZA legal citado. 3. Sanear o regularizar la situacion de los predios sin destino especifico o aquellos destinados para aportes a entidades del sector publico, municipal o comunal, previa cobertura de los costos que irrogue la atencion. En los casos en los que no se hayan entregado las obras de los programas de vivienda, el Banco de Materiales SAC (Banmat) puede efectuar modificaciones, adecuaciones, permutas o compensaciones en las areas que identifique y segun considere, con la debida aprobacion de la MORDAZA instancia administrativa del Banmat, previo informe tecnico y legal del area correspondiente. 4. Determinar la situacion de los creditos supervisados que nominalmente no se encuentren en los listados de transferencias efectuadas al Banco de Materiales SAC (Banmat), efectuando la recuperacion o el desgravamen, segun corresponda. 5. Reestructurar los saldos de las deudas por creditos o precio de venta de modo que, sin extinguir la deuda principal, se otorgue a los deudores que tengan contrato vigente las facilidades contempladas en el Decreto Supremo 018-2004-VIVIENDA, Reglamento de la Ley 28275, Ley Complementaria de Contingencias y de Reestructuracion por Prestamos Otorgados por Banmat SAC. En ningun caso, la reestructuracion incluye la eliminacion de los gastos de cobranza judiciales o extrajudiciales en que se hubiera incurrido. 6. Transferir al Fondo Revolvente, constituido en virtud del Decreto Supremo 005-2002-VIVIENDA, las unidades

DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS MODIFICATORIAS
PRIMERA. Incorporacion del literal l) al articulo 10 de la Ley 28008, Ley de los Delitos Aduaneros Incorporase el literal l) al articulo 10 de la Ley 28008, Ley de los Delitos Aduaneros, de acuerdo al texto siguiente: "Articulo 10. Circunstancias agravantes (...) l) Las mercancias objeto del delito MORDAZA productos industriales envasados acogidos al sistema de autenticacion creado por ley." SEGUNDA. Derogatoria Deroganse o dejanse sin efecto, segun corresponda, las disposiciones que se opongan a la presente Ley y todas aquellas disposiciones respecto del MORDAZA, tamano o contenido de los envases, recipientes, envolturas o empaques, mediatos o inmediatos, de Productos Industriales Envasados que se acojan al sistema de autenticacion con codigos digitales individualizados creado por la presente Ley, salvo las que regulan la trazabilidad para establecer la cadena de produccion hasta su origen. Comuniquese al senor Presidente de la Republica para su promulgacion. En MORDAZA, a los veinticinco dias del mes de MORDAZA de dos mil once. MORDAZA ZUMAETA MORDAZA Presidente del Congreso de la Republica MORDAZA AGUINAGA RECUENCO Primer Vicepresidente del Congreso de la Republica AL SENOR PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPUBLICA POR TANTO: Mando se publique y cumpla. Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los veinticinco dias del mes de MORDAZA del ano dos mil once. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA DEL MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidenta del Consejo de Ministros y Ministra de Justicia

670401-2

LEY Nº 29770
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA POR CUANTO: La Comision Permanente del Congreso de la Republica Ha dado la Ley siguiente: LA COMISION PERMANENTE DEL CONGRESO DE LA REPUBLICA; Ha dado la Ley siguiente:

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