Norma Legal Oficial del día 26 de julio del año 2011 (26/07/2011)


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TEXTO DE LA PÁGINA 8

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, martes 26 de MORDAZA de 2011

inmobiliarias o creditos ubicados en conjuntos de vivienda multifamiliares, que resulten transferidas a favor del Banco de Materiales SAC (Banmat), en virtud del Decreto Supremo 016-2003-VIVIENDA. El Fondo Revolvente abona al Banmat en el lapso de ciento ochenta dias calendario desde la publicacion de la presente Ley, el importe principal correspondiente a dicha cartera, deduciendo el beneficio al que se refiere la cuarta disposicion complementaria final del Reglamento de la Ley 29231, Ley de Saneamiento Financiero de los Prestatarios del Banco de Materiales, aprobado mediante Decreto Supremo 005-2009-VIVIENDA, segun corresponda. Articulo 4. Derechos reales de garantias Las hipotecas u otras garantias reales pactadas o inscritas a favor del Banco de Materiales SAC (Banmat), asi como aquellas otras hipotecas u otras garantias inscribibles en los registros de la Superintendencia Nacional de los Registros Publicos (Sunarp), que se hubieran pactado o inscrito a favor de las entidades que transfirieron o transfieran cartera al Banmat en virtud de la Ley 26969, Ley de extincion de deudas de electrificacion y de sustitucion de la contribucion al FONAVI por el impuesto extraordinario de solidaridad; Ley 27044, Ley complementaria a la Ley 26969, Ley de extincion de deudas de electrificacion y sustitucion de la contribucion al FONAVI por el impuesto extraordinario de solidaridad; Decreto Supremo 016-2003-VIVIENDA, Transferencia al BANMAT de inmuebles y carteras de creditos; Decreto Supremo 1092003-EF, Reglamento de la ley de uso de los recursos de la liquidacion del FONAVI; la presente Ley y demas normas complementarias y conexas, cualquiera sea su denominacion o la razon con la que se hayan inscrito, reciben el siguiente tratamiento: 1. Si dichas garantias se encuentran dentro de los diez anos de haberse inscrito, no pierden su vigencia con el transcurso del tiempo y su liberacion y extincion solo se produce a solicitud del propio Banco de Materiales SAC (Banmat). 2. Las futuras hipotecas o demas garantias que se inscriban en los registros de la Superintendencia Nacional de los Registros Publicos (Sunarp) a favor de Banco de Materiales SAC (Banmat) en virtud de los actos o contratos que celebre no pierden su vigencia con el transcurso del tiempo, son inextinguibles y su cancelacion o levantamiento solo se produce a solicitud del propio Banmat. 3. Estas acciones comprenden las garantias que se refieran a creditos por contratos de mutuo con garantias reales, la inscripcion de la hipoteca en garantia del saldo de precio de venta de los predios respectivos o en los casos de garantias mobiliarias, segun corresponda. Articulo 5. Formalidad para acciones de saneamiento de inmuebles, garantias y creditos Declarase de necesidad y utilidad publica el saneamiento fisico-legal de los bienes inmuebles que administra el Banco de Materiales SAC (Banmat). En tal sentido: 1. En los contratos de prestamo, credito, compraventa, constitucion, modificacion y levantamiento de hipoteca o de pacto de reserva de propiedad, novacion por expromision, cesion de posicion contractual, resoluciones, rescisiones, reversiones, confirmaciones, ratificaciones, sustituciones y todos los demas actos o contratos que celebre el Banco de Materiales SAC (Banmat) que resulten inscribibles de acuerdo a lo dispuesto por el articulo 2019 del Codigo Civil y el articulo 32 de la Ley 28677, Ley de la Garantia Mobiliaria, puede utilizar la formalidad de documento privado con firma legalizada o cursar una carta con legalizacion notarial de la firma, con el listado de predios involucrados en la accion de saneamiento que se solicita a la Superintendencia Nacional de los Registros Publicos (Sunarp), con prescindencia del medio o la formalidad utilizada para la inscripcion precedente, segun corresponda o de ser el caso, y son inscritos por su simple merito en el registro correspondiente de la Sunarp, constituyendo titulo suficiente para todos los efectos legales. 2. El Banco de Materiales SAC (Banmat) se encuentra facultado para efectuar todas las acciones de saneamiento necesarias o cualquier otro acto para lo cual deba acudir a los registros

de la Superintendencia Nacional de los Registros Publicos (Sunarp) u otras entidades competentes para tal fin; puede efectuar dicho saneamiento a favor de los adjudicatarios, prestatarios u ocupantes, segun corresponda o, de ser el caso, en uno o mas actos que consten en uno o mas documentos con la formalidad indicada en el numeral precedente, sin que los actos enunciados en dicho numeral puedan ser tomados como limitativos, exceptuandose en el presente caso al Banmat del MORDAZA de literalidad, por lo que puede actuar bajo esta formalidad en la totalidad de actos que resulten inscribibles. 3. Las notificaciones de las resoluciones, rescisiones, reversiones u otros actos que realice el Banco de Materiales SAC (Banmat) con fines de saneamiento y regularizacion de propiedad son efectuadas mediante carta notarial dirigida al predio materia de saneamiento o regularizacion, surtiendo efecto a partir del dia siguiente de su notificacion y constituyendo acto suficiente para todos los efectos legales. 4. Los listados de los predios que progresivamente son objeto de acciones de saneamiento o regularizacion son publicados en el MORDAZA institucional del Banco de Materiales SAC (Banmat). 5. La condicion de ocupante, segun lo dispuesto por el articulo 6 de la Ley 28275, Ley Complementaria de Contingencias y de Reestructuracion por Prestamos Otorgados por Banmat SAC, es verificada e instituida por el Banco de Materiales SAC (Banmat), que constituye el unico organo encargado de tal labor, sin perjuicio de los convenios que pudiera celebrar con otras entidades para tal efecto. Articulo 6. Condiciones de transferencia de los predios Declarase de necesidad y utilidad publica la transferencia de los bienes inmuebles que administra el Banco de Materiales SAC (Banmat) que a la fecha de la publicacion de la presente Ley no se encuentren debidamente transferidos a beneficiarios individuales. En tal sentido: 1. En los casos en los que el Banco de Materiales SAC (Banmat) efectue las gestiones necesarias para las acciones de saneamiento y regularizacion dispuestas por los articulos 5 y 6 de la Ley 28275, Ley Complementaria de Contingencias y de Reestructuracion por Prestamos Otorgados por Banmat SAC, sin que se reciba respuesta positiva de parte de los ocupantes beneficiarios, o en caso de que estos no califiquen o no cumplan con los requerimientos dentro de los plazos establecidos por el Banmat, este puede efectuar la transferencia por subasta o remate, castigando el precio de venta de los predios ocupados, de ser el caso. En estos casos, el ocupante que no acepto las facilidades ofrecidas por el Banmat no puede adquirir dicho inmueble en forma directa o indirecta, ya sea a traves de su conyuge o conviviente o sus parientes hasta el MORDAZA grado de consanguinidad o MORDAZA de afinidad. En los casos de inmuebles desocupados, se procede a la adjudicacion directa a los solicitantes de esos predios, en orden de prelacion. 2. El Banco de Materiales SAC (Banmat) determina el valor de transferencia en cada caso, mediante la tasacion actualizada y retrospectiva de los predios ubicados en habilitaciones urbanas progresivas, conjuntos habitacionales o predios en edificios, estableciendo el precio unitario por metro MORDAZA de terreno y edificacion por cada urbanizacion a traves de peritos tasadores de la Direccion Nacional de Construccion del Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento. En el caso de los conjuntos habitacionales, se determinan las alicuotas o participacion que correspondan a cada departamento respecto al terreno o areas comunes. En los casos de beneficiarios con contrato de compraventa vigente del Banmat, los precios de venta originales pueden ser actualizados con los resultantes de las acciones indicadas en el presente numeral, sin que las diferencias generen la posibilidad de que el Banmat efectue devoluciones. 3. La adjudicacion y transferencia de los inmuebles a que se refiere la presente Ley es realizada por el Banco de Materiales SAC (Banmat) conforme al procedimiento que se establezca para dicho efecto, tomando como base el valor identificado en cada

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