Norma Legal Oficial del día 26 de julio del año 2011 (26/07/2011)


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TEXTO DE LA PÁGINA 24

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CABO. CABO. CABO. CABO. CABO. SLP. SLP. SLP. SLP. SLP. SLP. SLP. SLP. SLP. SLTP. SLTP. SLTP. SLTP. SLTP. SLTP. SLTP. SLTP. SLTP. SLTP. SLTP. SLTP. SLTP. PAC.

NORMAS LEGALES
MORDAZA MORDAZA EDURADO MORDAZA MORDAZA MORDAZA SAN MATIN MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA STEPHIN MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA IVEZ MORDAZA MORDAZA MORDAZA POT MORDAZA MORDAZA ACEVDO MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA RUBIO MORDAZA MORDAZA YANEZ MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA GARRIDO MORDAZA PALOMINOS MALIQUEO MORDAZA MORDAZA MIRABAL MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA SEPULVEDA TRONCOSO MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA POBLETE MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA

El Peruano MORDAZA, martes 26 de MORDAZA de 2011

ingreso de tropas extranjeras en el territorio de la Republica y la Ley Nº 28899 - Ley que modifica la Ley Nº 27856; SE RESUELVE: Articulo 1°.- Autorizar el ingreso a territorio peruano, sin MORDAZA de MORDAZA, a personal medico militar de los Estados Unidos de MORDAZA, detallado a continuacion, para efectuar el Ejercicio de Capacitacion en Destreza Medica (MEDRETE) que se desarrollara en las comunidades riberenas de Saramiriza, Puerto MORDAZA, Lagunas y MORDAZA MORDAZA en el Alto Amazonas, del 30 de MORDAZA al 21 de agosto de 2011: 1. 2. 3. 4. 5. 6. 7. 8. 9. 10. 11. 12. 13. Coronel/Dentista, WADJOWICZ MORDAZA MORDAZA Coronel/Dermatologo, NEIFERT MORDAZA MORDAZA Coronel/Obstetra Ginecologa, SHIELDS MORDAZA Mayor/Pediatra, ELWOOD MORDAZA Mayor/Oftalmologo, BASKIN Darrell Mayor, TATO MORDAZA E. Mayor, HUISENTRUIT MORDAZA Capitan Pediatra, BHATT MORDAZA Capitan Especialista en Farmacia, MORDAZA MORDAZA Tecnico de Tercera, MORDAZA MORDAZA Suboficial de Tercera, MORDAZA MORDAZA R. Suboficial de Tercera, YARN Benjamine A. MORDAZA Primero/Tecnico Dental, GUEVARA-CORTEZ Jose.

Articulo 2º.- Poner en conocimiento de la Presidente del Consejo de Ministros la presente resolucion, a fin que de cuenta al Congreso de la Republica en el plazo a que se contrae el articulo 5° de la Ley N° 27856, modificado por Ley Nº 28899. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA THORNE MORDAZA Ministro de Defensa

Articulo 2º.- Poner en conocimiento de la Presidente del Consejo de Ministros la presente resolucion, a fin que de cuenta al Congreso de la Republica en el plazo a que se contrae el articulo 5° de la Ley Nº 27856, modificado por Ley Nº 28899. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA THORNE MORDAZA Ministro de Defensa

670101-2 RESOLUCION MINISTERIAL Nº 726-2011-DE/SG
MORDAZA, 21 de MORDAZA de 2011 CONSIDERANDO: Que, con Facsimil (DSD) Nº 454 de fecha 18 de MORDAZA de 2011, el Director de Seguridad y Defensa del Ministerio de Relaciones Exteriores, solicita se expida la autorizacion para el ingreso de personal militar de los Estados Unidos de MORDAZA, sin MORDAZA de guerra; Que, en el MORDAZA de las actividades medicas y de ayuda humanitaria por parte de la MORDAZA de los Estados Unidos de MORDAZA, personal medico militar de la Fuerza Aerea del Comando Sur de ese MORDAZA, efectuara el Ejercicio de Capacitacion en Destreza Medica (MEDRETE) en las comunidades riberenas de Saramiriza, Puerto MORDAZA, Lagunas y MORDAZA MORDAZA en el Alto Amazonas; Que, el articulo 5° de la Ley N° 27856 - Ley de requisitos para la Autorizacion y Consentimiento para el ingreso de Tropas Extranjeras en el Territorio de la Republica, modificado por el articulo unico de la Ley Nº 28899 establece que el ingreso de personal militar extranjero sin MORDAZA de MORDAZA para realizar actividades relacionadas a las medidas de fomento de la confianza, actividades de asistencia civica, de planeamiento de futuros ejercicios militares, academicas, de instruccion o entrenamiento con personal de las Fuerzas Armadas Peruanas o para realizar visitas de coordinacion o protocolares con autoridades militares y/o del Estado Peruano es autorizado por el Ministro de Defensa mediante Resolucion Ministerial, con conocimiento del Presidente del Consejo de Ministros, quien da cuenta al Congreso de la Republica por escrito en un plazo de veinticuatro (24) horas tras la expedicion de la resolucion, bajo responsabilidad. La Resolucion Ministerial de autorizacion debe especificar los motivos, la relacion del personal militar, la relacion de equipos transeuntes y el tiempo de permanencia en el territorio peruano. En los casos en que corresponda se solicitara opinion previa del Ministerio de Relaciones Exteriores, y; Con la opinion favorable de la MORDAZA de MORDAZA del Peru, y de conformidad con la Ley Nº 27856 - Ley de requisitos para la autorizacion y consentimiento para el

670101-3 RESOLUCION MINISTERIAL Nº 727-2011-DE/SG
MORDAZA, 21 de MORDAZA de 2011 CONSIDERANDO: Que, con Facsimil (DSD) Nº 456 de fecha 19 de MORDAZA de 2011, el Director de Seguridad y Defensa del Ministerio de Relaciones Exteriores, solicita se expida la autorizacion para el ingreso de personal militar de los Estados Unidos de MORDAZA, sin MORDAZA de guerra; Que, de acuerdo al programa de entrenamientos y ejercicios desarrollados por el Comite MORDAZA Operacional, el presente ano se tiene contemplado desarrollar el Ejercicio de Operaciones de Asalto en Aterrizaje y Operaciones Posteriores (LASO-2011), con participacion de personal de Infanteria de MORDAZA de los Estados Unidos de MORDAZA y de la MORDAZA de MORDAZA del Peru; Que, el articulo 5° de la Ley N° 27856 - Ley de requisitos para la Autorizacion y Consentimiento para el ingreso de Tropas Extranjeras en el Territorio de la Republica, modificado por el articulo unico de la Ley Nº 28899 establece que el ingreso de personal militar extranjero sin MORDAZA de MORDAZA para realizar actividades relacionadas a las medidas de fomento de la confianza, actividades de asistencia civica, de planeamiento de futuros ejercicios militares, academicas, de instruccion o entrenamiento con personal de las Fuerzas Armadas Peruanas o para realizar visitas de coordinacion o protocolares con autoridades militares y/o del Estado Peruano es autorizado por el Ministro de Defensa mediante Resolucion Ministerial, con conocimiento del Presidente del Consejo de Ministros, quien da cuenta al Congreso de la Republica por escrito en un plazo de veinticuatro (24) horas tras la expedicion de la resolucion, bajo responsabilidad. La Resolucion Ministerial de autorizacion debe especificar los motivos, la relacion del personal militar, la relacion de equipos transeuntes y el tiempo de permanencia en el territorio peruano. En los casos en que corresponda se solicitara opinion previa del Ministerio de Relaciones Exteriores, y;

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