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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, martes 26 de julio de 2011 447256 competentes, tendrá a su cargo la implementación del proceso de categorización defi nitiva de la Zona Reservada Yaguas, en base al estudio técnico y la propuesta de categorización correspondiente, en un plazo de siete (07) meses contados a partir de la instalación de la Comisión a que alude el siguiente artículo. Artículo 5º.- De la Comisión encargada de la categorización de la Zona Reservada Yaguas Constituir una Comisión encargada de la formulación de la propuesta de ordenación territorial para la categorización defi nitiva de la Zona Reservada Yaguas, la misma que estará integrada por: - Un representante del SERNANP, quien la presidirá. - Un representante de las comunidades nativas del ámbito de infl uencia de la Zona Reservada Yaguas. - Un representante del Gobierno Regional de Loreto - Un representante de la Municipalidad Distrital de Putumayo. - Un representante de la Municipalidad Distrital de Pebas. - Un representante de la Municipalidad Distrital de San Pablo - Un representante de la Municipalidad Distrital de Ramón Castilla - Un representante de la Dirección Forestal y de Fauna Silvestre del Ministerio de Agricultura. De ser necesario, la Comisión podrá convocar a otros actores, sean entidades o de la sociedad civil, involucrados en el proceso de categorización del Área. Artículo 6º.- Del procedimiento de consulta La Comisión a que se refi ere el artículo precedente, realizará el proceso de categorización de la Zona Reservada Yaguas observando el procedimiento de consulta a que se refi ere el artículo 43º del Reglamento de la Ley de Áreas Naturales Protegidas, aprobado por Decreto Supremo Nº 038-2001-AG. Artículo 7º.- Del proceso de categorización La Comisión constituida por el artículo 5º, se instalará dentro de los treinta (30) días siguientes a la publicación de la presente Resolución Ministerial, y tendrá a su cargo la implementación del proceso de categorización defi nitiva de la Zona Reservada Yaguas. Regístrese, comuníquese y publíquese. ANTONIO JOSÉ BRACK EGG Ministro del Ambiente Memoria Descriptiva de la Zona Reservada Yaguas Superfi cie: 868 927,57 ha Límites : La demarcación de los límites se realizó en base a la Carta Nacional de escala 1/100,000, preparada y publicada por el Instituto Geográfi co Nacional-IGN, utilizando la información siguiente: Código Nombre Zona Datum 05-s Punchana 19 WGS 84 05-t Remanso 19 WGS 84 06-r Quebrada Airambo 18 WGS 84 06-s Río Yahuillo 19 WGS 84 06-t Quebrada Lupuna 19 WGS 84 06-u Río Yahuas 19 WGS 84 07-s Pebas 19 WGS 84 07-t Río Atacuri 19 WGS 84 07-u Río Cotuhé 19 WGS 84 Modelo de elevación digital ASTER GDEM. Ubicación Política : Se realizó en base a la información elaborada por el Instituto Nacional de Estadística e Informática-INEI. Distrito Provincia Departamento Putumayo Maynas Loreto Pebas Mariscal Ramón Castilla Loreto San Pablo Mariscal Ramón Castilla Loreto Ramón Castilla Mariscal Ramón Castilla Loreto Norte Partiendo desde el Punto Nº 1 ubicado en las nacientes del río Yaguas, el límite continúa en dirección noreste por la divisoria de aguas del río Yaguas y con el río Putumayo, hasta alcanzar el punto N° 2 ubicado en las nacientes de la quebrada Santa Clara. Este Desde el último punto mencionado el límite continúa por la quebrada Santa Clara, aguas abajo hasta alcanzar el Punto Nº 3, ubicado en su desembocadura en el río Yaguas en la margen izquierda de este último río, para continuar por esta margen aguas abajo hasta alcanzar el Punto Nº 4, ubicado en la orilla contraria a la desembocadura del río Hipona, de allí continúa aguas arriba por este río hasta alcanzar sus nacientes en el Punto N° 5, el que continúa en dirección sur hacia la divisoria de aguas de la quebrada Chontadero y la quebrada Cachimbo prosiguiendo por esta divisoria en dirección suroeste hasta alcanzar el punto N° 6, para continuar mediante línea recta en dirección sur hasta llegar al punto Nº 7, en la intersección con la Concesión para Conservación otorgada mediante Resolución de Intendencia Nº 285-2008-INRENA-IFFS al Sr. Javier Manuel Salazar Carbajal, para continuar por el límite de la misma concesión hasta alcanzar el punto Nº 8, de allí continúa mediante línea recta en dirección sur hasta alcanzar el punto Nº 9. SUR Desde el último punto mencionado el límite continúa en dirección noroeste por la divisoria de aguas entre los ríos Yaguas y Atacuari hasta alcanzar el Punto Nº 10, intersección con el Bosque de Producción Permanente denominado Zona 7 (RM Nº 0521-2009- AG) y continuar en dirección noroeste por el mismo Bosque de Producción Permanente hasta alcanzar el Punto Nº 11, ubicado en el límite del ACR Ampiyacu- Apayacu, continuando por el mismo límite del Área de Conservación Regional en dirección noroeste hasta alcanzar el punto Nº 1, inicio de la presente memoria descriptiva. Listado de puntos COORDENADAS UTM Punto Este Norte 1 158 948,3549 9 687 133,3524 2 312 041,1913 9 709 847,8076 3 308 996,7698 9 700 141,1800 4 311 772,9999 9 697 511,0000 5 330 028,5743 9 671 152,0165 6 329 777,5237 9 667 530,5600 7 329 784,1879 9 666 323,4949 8 292 000,0000 9 636 000,0000 9 292 028,1502 9 631 353,8791 10 233 478,1682 9 647 707,6476 11 178 183,6819 9 680 289,7993 Las coordenadas están expresadas en proyección UTM. El Datum de referencia es el WGS 84, la zona de proyección es la zona 19S La versión ofi cial impresa y digital de los límites se encuentra en el expediente de creación que sustenta la presente Resolución Ministerial y en el SERNANP, respectivamente por lo que constituye en lo sucesivo el principal documento e institución a los que deberá recurrirse en materia de ordenamiento territorial a todo nivel .