Norma Legal Oficial del día 26 de julio del año 2011 (26/07/2011)


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TEXTO DE LA PÁGINA 15

El Peruano MORDAZA, martes 26 de MORDAZA de 2011

NORMAS LEGALES

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- Director: Yone MORDAZA Villasante MORDAZA, MORDAZA de la Municipalidad Distrital de Tiquillaca. - Director: MORDAZA MORDAZA Llanqui MORDAZA, MORDAZA de la Municipalidad Distrital de Paucarcolla. Articulo 3º.- Registro de Anexos Inscribir el Informe Tecnico de Viabilidad, el Estatuto, el Acta de Constitucion y las Ordenanzas Municipales que aprueban la Constitucion de la "Mancomunidad Municipal Qhapaq Qolla", en el Registro de Mancomunidades Municipales. Articulo 4º.- Publicacion Disponer la publicacion de la presente Resolucion de Secretaria de Descentralizacion en el Diario Oficial El Peruano, y en la pagina web de la Presidencia del Consejo de Ministros: http://www.descentralizacion.gob.pe. Articulo 5º.- Vigencia La presente Resolucion rige a partir del dia siguiente de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Secretario de Descentralizacion Presidencia del Consejo de Ministros

669923-2 RESOLUCION DE SECRETARIA DE DESCENTRALIZACION Nº 474-2011-PCM/SD
MORDAZA, 22 de MORDAZA de 2011 VISTOS: El Oficio N° 002-MMHA-RC-RA/P-2011; el Informe Tecnico de Viabilidad; la Ordenanza Municipal Nº 0032011-MDA de la Municipalidad Distrital Ancahuasi; la Ordenanza Municipal Nº 017-MPA-2011 de la Municipalidad Provincial Anta; la Ordenanza Municipal Nº 001- MDC/A2011 de la Municipalidad Distrital Cachimayo; la Ordenanza Municipal Nº 003- MDCH-2011 de la Municipalidad Distrital Chinchaypujio; la Ordenanza Municipal Nº 002-2011-CMMDC de la Municipalidad Distrital Cotabambas; la Ordenanza Municipal Nº 005-2011-MDC-PC/A de la Municipalidad Distrital Coyllurqui; la Ordenanza Municipal Nº 018MDH/A-2011 de la Municipalidad Distrital Huarocondo; la Ordenanza Municipal Nº 001-2011-MDL de la Municipalidad Distrital Limatambo; la Ordenanza Municipal Nº 001- 2011MDM de la Municipalidad Distrital Mollepata; la Ordenanza Municipal Nº 003-2011-MDP de la Municipalidad Distrital Poroy; la Ordenanza Municipal Nº 007- CM-2011/MDP-A de la Municipalidad Distrital Pucyura; la Ordenanza Municipal Nº 001-2011-MDZ de la Municipalidad Distrital Zurite; el Acta de Constitucion y el Estatuto de la "Mancomunidad Municipal Hatun Mayu - Apurimac"; y el Informe Nº 0682011­PCM/SD-OGI-MIRA; y, CONSIDERANDO: Que, la Ley Nº 29029, Ley de la Mancomunidad Municipal, modificada por la Ley N° 29341, en el articulo 2º, define a la Mancomunidad Municipal como el acuerdo de dos o mas municipalidades, colindantes o no, con la finalidad de llevar a cabo la prestacion conjunta de servicios y la ejecucion de obras; promoviendo el desarrollo local, la participacion ciudadana y el mejoramiento de la calidad de servicios a los ciudadanos; Que, la Ley citada, en el articulo 5°, senala que la inscripcion en el Registro de Mancomunidades Municipales otorga personeria juridica de derecho publico a la mancomunidad municipal; Que, el articulo 11° del Reglamento de la Ley de la Mancomunidad Municipal, aprobado mediante Decreto Supremo N° 046-2010-PCM, establece el procedimiento de constitucion de la mancomunidad municipal; Que, mediante Resolucion de Secretaria de Descentralizacion Nº 228-2010-PCM/SD se dispuso adecuar el Registro de Mancomunidades Municipales a lo previsto en la Ley N° 29341 y en el Reglamento de la Ley de la Mancomunidad Municipal; aprobandose el MORDAZA Reglamento del Registro de Mancomunidades Municipales;

Que, mediante el Oficio de Vistos, el Senor MORDAZA y Presidente de la "Mancomunidad Municipal Hatun Mayu - Apurimac" solicita la inscripcion de esta, en el Registro de Mancomunidades Municipales. Esta Mancomunidad Municipal la integran las Municipalidades Distritales de Cotabambas y Coyllurqui, en la Provincia de Cotabambas, Departamento de MORDAZA, Ancahuasi, Cachimayo, Chinchaypujio, Huarocondo, Limatambo, Mollepata, Pucyura y Zurite, en la Provincia de Anta, Poroy, en la Provincia de MORDAZA, y la Municipalidad Provincial de Anta, en el Departamento de Cusco; Que, el Informe Tecnico de Viabilidad de Vistos contiene informacion sobre: Diagnostico social y demografico: poblacion MORDAZA y rural, servicios basicos de educacion y saneamiento basico; Gestion estrategica: vision, mision, ambito territorial, objeto, objetivos, actividades economicas y potencialidades de desarrollo; y Gestion descentralizada: estructura organica y funciones; Que, el Estatuto senala como objeto de la Mancomunidad Municipal: a) Fomento de la inversion privada, la competitividad productiva, el turismo y el empleo, b) Proteccion y conservacion del ambiente, c) Promocion de derechos ciudadanos y la participacion vecinal en el desarrollo local, d) Construccion de infraestructura vial y MORDAZA y e) Promocion de la planificacion del desarrollo MORDAZA y rural; Que, en el ambito de las funciones, el Estatuto establece como delegacion de funciones especificas exclusivas: a) Impulsar el MORDAZA de planeamiento para el desarrollo, MORDAZA y rural, con enfoque de gestion territorial y de MORDAZA, en el ambito territorial de la mancomunidad municipal, b) Planificar y concertar el desarrollo social en su circunscripcion en MORDAZA con las politicas y planes, regionales y provinciales, aplicando estrategias participativas que permitan el desarrollo de capacidades para superar la pobreza, c) Ejecutar actividades de apoyo, directo e indirecto, a la actividad empresarial en su jurisdiccion sobre informacion, capacitacion, acceso a mercados, tecnologia, financiamiento y otros MORDAZA, a fin de mejorar la competitividad, d) Concertar con instituciones, del sector publico y privado de su jurisdiccion, sobre la elaboracion y ejecucion de programas y proyectos que favorezcan el desarrollo economico del distrito, e) Promover las condiciones favorables para la productividad y competitividad de las zonas urbanas y rurales del distrito, f) Fortalecer y desarrollar MORDAZA productivas y conglomerados, de conformidad a lo establecido en la Ley N° 28846 y g) Ejecutar iniciativas de apoyo a la competitividad productiva, de acuerdo a lo senalado en la Ley N° 29337, y su Reglamento, aprobado mediante Decreto Supremo N° 192-2009-EF. Adicionalmente, como delegacion de funciones especificas compartidas: a) Ejecutar directamente o proveer la ejecucion de proyectos, de infraestructura o de servicios, para el cumplimiento del objeto de la mancomunidad municipal, en coordinacion con la municipalidad provincial respectiva, y organismos regionales y nacionales competentes, b) Promover la igualdad de oportunidades con criterio de equidad, c) Difundir programas de saneamiento ambiental en coordinacion con las municipalidades provinciales y los organismos regionales y nacionales pertinentes, d) Promover la cultura de la prevencion mediante la educacion para la preservacion del ambiente y la mitigacion de desastres y e) Fomentar el turismo sostenible y regular los servicios destinados a ese fin, en cooperacion con las entidades competentes; Que, finalmente, el Estatuto de la "Mancomunidad Municipal Hatun Mayu - Apurimac", contiene informacion sobre domicilio, ambito territorial, organos directivos, recursos, plazo de duracion indefinida, disposiciones para garantizar la participacion ciudadana, condiciones para la adhesion y separacion de municipalidades, requisitos para su modificacion, y las reglas para la disposicion de bienes en caso de disolucion; Que, mediante el Acta de Vistos, se acordo la constitucion de la "Mancomunidad Municipal Hatun Mayu - Apurimac", la aprobacion de su Estatuto y la designacion del Presidente del Consejo Directivo y del Gerente General; Que, por las Ordenanzas Municipales de Vistos, las Municipalidades Distritales de Ancahuasi, Cachimayo, Chinchaypujio, Cotabambas, Coyllurqui, Huarocondo, Limatambo, Mollepata, Poroy, Pucyura y Zurite, y la Municipalidad Provincial de Anta, aprueban la constitucion de la "Mancomunidad Municipal Hatun Mayu - Apurimac"; ratificando el contenido del Acta de Constitucion y el Estatuto, y la designacion del Presidente del Consejo Directivo y del Gerente General;

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