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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 10 de junio de 2011 444274 Artículo 2º.- Efi cacia Salvo la modifi cación dispuesta en el artículo anterior, la Resolución Suprema Nº 020-2009-MTC mantiene su vigencia en lo demás que establece. Artículo 3º.- Refrendo La presente Resolución Suprema será refrendada por el Ministro de Transportes y Comunicaciones. Regístrese, comuníquese y publíquese. ALAN GARCÍA PÉREZ Presidente Constitucional de la República ENRIQUE CORNEJO RAMÍREZ Ministro de Transportes y Comunicaciones 651511-7 ORGANISMOS EJECUTORES AGENCIA PERUANA DE COOPERACION INTERNACIONAL Aprueban el Plan Anual de Fiscalización 2011 (PAF - 2011) RESOLUCIÓN DIRECTORAL EJECUTIVA Nº 046-2011/APCI-DE Mirafl ores, 7 de junio de 2011 VISTO: El Memorándum Nº 081-2011-APCI/DFS de la Dirección de Fiscalización y Supervisión de la Agencia Peruana de Cooperación Internacional – APCI, de fecha 6 de junio de 2011, que adjunta el proyecto del Plan Anual de Fiscalización 2011 (PAF-2011), para su aprobación por la Dirección Ejecutiva de la APCI; CONSIDERANDO: Que la Agencia Peruana de Cooperación Internacional – APCI es un organismo público adscrito al Ministerio de Relaciones Exteriores, responsable, como ente rector de la cooperación técnica internacional de conducir, programar, organizar, priorizar y supervisar la cooperación internacional no reembolsable, que proviene de fuentes del exterior de carácter público y/o privado, en función de la política nacional de desarrollo, de conformidad con lo establecido en la Ley Nº 27692, Ley de Creación de la APCI, y sus normas modifi catorias; Que mediante el numeral 3.3 del artículo 3º de la Ley Nº 27692 se le otorga a la APCI la facultad de controlar, supervisar y fi scalizar las intervenciones de Cooperación Internacional No Reembolsable y la correcta utilización de los recursos que reciben las organizaciones no gubernamentales de desarrollo domiciliadas en el país; Que, asimismo, la Ley Nº 28514 -Ley que prohíbe la importación de ropa y calzado usados, ha previsto en su artículo 2º que procederá como excepción el ingreso al territorio nacional de ropa y calzado usados, siempre que sea en calidad de donación y cuente con la conformidad del ingreso al país otorgada por la APCI, siendo esta Agencia responsable de efectuar el control y fi scalización de su destino, particularmente en el caso de las entidades inscritas en la APCI, según lo dispone el artículo 5º del Reglamento de la Ley Nº 28514, aprobado por Decreto Supremo Nº 024-2005-PRODUCE, que establece los mecanismos de coordinación intersectorial para control y fi scalización de donaciones de ropa y calzado usados; Que el artículo 47º del Reglamento de Organización y Funciones (ROF) de la APCI, aprobado mediante el Decreto Supremo Nº 028-2007-RE, establece que la Dirección de Fiscalización y Supervisión es el órgano de línea de la APCI encargado de controlar, supervisar y fi scalizar el correcto uso de los recursos de la Cooperación Internacional No Reembolsable que ejecutan las entidades privadas debidamente registradas en esta Agencia, disponiendo el literal b) del artículo 48º del mismo texto normativo, como una de las funciones del citado órgano, la elaboración del Plan Anual de Fiscalización (PAF) de la APCI; Que, en cumplimiento de sus funciones, la Dirección de Fiscalización y Supervisión de la APCI ha elaborado el proyecto del Plan Anual de Fiscalización 2011 (PAF-2011), el mismo que ha presentado a través del documento de Visto a la Dirección Ejecutiva de la APCI para su aprobación, previendo acciones de fi scalización sobre una muestra representativa de intervenciones de cooperación internacional no reembolsable (CINR) que, en las modalidades de programas, proyectos o actividades, fueran ejecutadas por las entidades privadas registradas en la APCI, así como de las conformidades de donaciones de ropa y calzado usados provenientes del exterior; Que, para determinar la muestra representativa de las intervenciones de CINR seleccionadas para ser fi scalizadas, se aplicaron los criterios técnicos que permitieron identifi car las áreas geográfi cas con mayores índices de pobreza donde se ejecutaron intervenciones de CINR, así como privilegiar las intervenciones que contaban con mayores recursos de CINR para su fi nanciamiento, aplicándose como criterios restrictivos el excluir de la muestra a las entidades que fueron fi scalizadas durante el 2010, e incorporar el mayor número de entidades que cumplan con los criterios establecidos en la misma; Que, la muestra representativa de las donaciones de ropa y calzado usados fue seleccionada a partir de los Certifi cados de Conformidad de ingreso al país de ropa y calzado usados donados que fueron expedidos por la APCI, durante el año 2010, a la cual se le aplicaron los criterios técnicos de asignación y de gestión que permitieron la identifi cación de las donaciones de ropa y calzados usados provenientes del exterior, en base a la exclusión de las entidades cuyas donaciones fueron fi scalizadas durante el 2010 y a la incorporación del mayor número de entidades donatarias que cumplieron con los criterios establecidos en la muestra, a la vez que se determinó que las entidades seleccionadas se ubiquen geográfi camente en áreas que reduzcan el costo de la fi scalización administrativa, de conformidad con las disposiciones contenidas en el Decreto de Urgencia 012- 2011, que dictan Medidas Extraordinarias para Fortalecer el Fondo de Estabilización Fiscal y Generar Mayor Ahorro Público, con el fi n de asegurar la transición del Gobierno y prevenir los peligros de una Crisis Externa; Que, por lo antes expuesto, es necesario que la APCI cuente con un Plan Anual de Fiscalización correspondiente al período 2011, con el propósito de cumplir con las funciones que le han sido encomendadas por ley; Con las visaciones de la Dirección de Fiscalización y Supervisión, de la Ofi cina de Asesoría Jurídica, y de la Ofi cina General de Administración; y, En uso de las facultades conferidas por la Ley Nº 27692 -Ley de Creación de la APCI y sus normas modifi catorias, y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 028- 2007-RE; la Ley Nº 28514 -Ley que prohíbe la importación de ropa y calzados usados, y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 024-2005-PRODUCE. SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aprobar el Plan Anual de Fiscalización 2011 (PAF-2011), el mismo que en Anexo Único forma parte integrante de la presente Resolución Directoral Ejecutiva. Artículo 2º.- Disponer la publicación de la presente Resolución Directoral Ejecutiva en el Diario Ofi cial El Peruano y, conjuntamente con el Plan Anual de Fiscalización 2011, en el portal institucional de la APCI: www.apci.gob.pe Artículo 3º.- Disponer que la Ofi cina General de Administración notifi que la presente Resolución Directoral Ejecutiva a las unidades orgánicas de la APCI. Regístrese, comuníquese y publíquese. CARLOS PANDO SÁNCHEZ Director Ejecutivo Agencia Peruana de Cooperación Internacional 651098-1