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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 10 de junio de 2011 444282 procedimientos para el establecimiento y gestión de las Áreas Naturales Protegidas; Que, mediante Decreto Supremo N° 008-2011-MINAM, se establece la Zona Reservada “Reserva Paisajística Cerro Khapia”, en cuya Disposición Complementaria Final se faculta al SERNANP para dictar las Disposiciones Complementarias que se requieran para la implementación del referido Decreto Supremo; Que, de acuerdo a lo mencionado en el artículo 59º de la Ley de Áreas Naturales Protegidas, las Zonas Reservadas podrán ser establecidas de forma transitoria en aquella áreas que reuniendo las condiciones para ser consideradas como Áreas Naturales Protegidas, requieran de la realización de estudios complementarios para determinar, entre otras, la extensión y categoría que les corresponderá como tales, para lo cual deberá conformarse la Comisión correspondiente; Que, en este sentido, es necesario aprobar el Mapa y la Memoria Descriptiva por una extensión de 18 313,79 hectáreas para el establecimiento de la Zona Reservada “Reserva Paisajística Cerro Khapia”, constituyendo la Comisión que llevará a cabo el proceso de categorización ; Con las visaciones de la Ofi cina de Asesoría Jurídica, de la Dirección de Desarrollo Estratégico y de la Secretaría General, y; En uso de las atribuciones conferidas por el artículo 11º inciso b) del Reglamento de Organización y Funciones del SERNANP, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 006-2008-MINAM. SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aprobación del Mapa y de la Memoria Descriptiva de la Zona Reservada “Reserva Paisajística Cerro Khapia” Aprobar el Mapa y la Memoria Descriptiva de la Zona Reservada “Reserva Paisajística Cerro Khapia”, que se detallan en el Anexo que forma parte integrante de la presente Resolución. Artículo 2º.- Comisión encargada de la categorización de la Zona Reservada “Reserva Paisajística Cerro Khapia” Constituir una Comisión encargada de la conducción del proceso de categorización defi nitiva de la Zona Reservada “Reserva Paisajística Cerro Khapia”, la misma que tendrá un plazo máximo de (06) meses contados a partir de su instalación, para presentar el estudio técnico de dicha propuesta. La Comisión estará integrada por los siguientes miembros: • Un (01) representante del Servicio Nacional de Áreas Naturales Protegidas por el Estado (SERNANP), quien lo Presidirá. • Un (01) representante del Gobierno Regional de Puno. • Un (01) representante de la Municipalidad Distrital de Yunguyo. • Un (01) representante de la Municipalidad Distrital de Copani. • Un (01) representante de la Municipalidad Distrital de Cuturapi. • Un (01) representante de la Municipalidad Distrital de Zepita. • Un (01) representante de la Municipalidad Distrital de Pomata. • Un (01) representante de cada Comunidad Campesina ubicada en la zona a categorizarse, De ser necesario, la Comisión podrá convocar a otros actores, sean entidades o de la sociedad civil, involucrados en el proceso de categorización del Área. Artículo 3º.- Publicación Publicar la presente Resolución en el Diario Ofi cial El Peruano y en la página web institucional: www.sernanp. gob.pe. Regístrese, comuníquese y publíquese. LUIS ALFARO LOZANO Jefe MEMORIA DESCRIPTIVA DE LA ZONA RESERVADA “RESERVA PAISAJÍSTICA CERRO KHAPIA” Nombre : Zona Reservada Reserva Paisajística Cerro Khapia Superfi cie : 18 313,79 hectáreas Límites : La demarcación de los límites se realizó en base a la Carta Nacional de escala 1/100,000, preparada y publicada por el IGN, utilizando la información siguiente: Código Nombre Datum Zona 33-y Juli WGS 84 19 Encontrándose toda la información en formato digital y georeferenciada: Ubicación política : Se realizó en base a la información elaborada por el Instituto Nacional de Estadística e Informática-INEI. Distrito Provincia Departamento Yunguyo Yunguyo Puno Copani Yunguyo Puno Cuturapi Yunguyo Puno Zepita Chucuito Puno Pomata Chucuito Puno Norte Partiendo desde el Punto 1 ubicado en la curva de nivel de los 4 000 msnm, el límite prosigue por esta curva de nivel en dirección general este hasta alcanzar el Punto 2. Este Desde el último Punto descrito, el límite prosigue por la misma curva de nivel en dirección general sur hasta alcanzar el Punto 3. Sur Desde el último Punto descrito, el límite prosigue por esta misma curva de nivel en dirección general oeste hasta alcanzar el Punto 4. Oeste Desde el último Punto descrito, el límite continúa por la curva de nivel mencionada anteriormente hasta alcanzar el Punto 1, inicio de la presente memoria descriptiva. Tabla de puntos de la Memoria descriptiva COORDENADAS UTM Punto Este Norte 1 478 266,0248 8 197 777,5938 2 491 016,9514 8 195 694,1841 3 490 617,0217 8 186 467,4240 4 480 199,0045 8 187 086,2039 Las coordenadas están expresadas en proyección UTM. El Datum de referencia es el WGS 84, la zona de proyección es la zona 19S La versión ofi cial impresa y digital de los límites se encuentra en el expediente de creación que sustenta la presente Resolución Presidencial y en el SERNANP, respectivamente por lo que constituye en lo sucesivo el principal documento e institución a los que deberá recurrirse en materia de ordenamiento territorial a todo nivel.