Norma Legal Oficial del día 17 de junio del año 2011 (17/06/2011)


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TEXTO DE LA PÁGINA 40

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, viernes 17 de junio de 2011

Articulo 2º.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente comision de servicios, seran cubiertos por el Pliego Presupuestal del Ministerio de Relaciones Exteriores, Meta 41428: Proteccion en el Exterior del Patrimonio Cultural, debiendo rendir cuenta documentada en un plazo no mayor de quince (15) dias al termino del referido viaje, de acuerdo con el siguiente detalle:
Pasajes Viaticos Numero Total Clase Economica por dia de viaticos US$ US$ dias US$ 2,095.71 260.00 11+2 3,380.00

Nombres y Apellidos MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA

Articulo 3º.- Dentro de los quince (15) dias calendario posteriores a su retorno al MORDAZA, el citado funcionario diplomatico presentara ante el Ministro de Relaciones Exteriores un informe detallado sobre las acciones realizadas y los resultados obtenidos en las reuniones a las que asista; asimismo, debera presentar la rendicion de cuentas de acuerdo a ley. Articulo 4º.- La presente Resolucion Ministerial no MORDAZA ni exonera del pago de impuestos o de derechos aduaneros; cualquiera sea su clase o denominacion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA BELAUNDE Ministro de Relaciones Exteriores

654294-2

SALUD
Modifican el MORDAZA del Ministerio de Salud y sus Organos Desconcentrados
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 465-2011/MINSA
MORDAZA, 14 de junio de 2011 Visto: El Expediente N° 11-015634-001 que contiene el Informe N° 003-2011-UDIPP/DIGESA de la Direccion General de Salud Ambiental y el Informe N° 070-2011OGPPOO/MINSA de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Ley N° 27658, Ley MORDAZA de Modernizacion de la Gestion del Estado se declara al Estado peruano en MORDAZA de modernizacion en sus diferentes instancias, dependencias, entidades, organizaciones y procedimientos, con la finalidad de mejorar la gestion publica y construir un Estado democratico, descentralizado y al servicio del ciudadano; Que, mediante Decreto Supremo N° 165-2006-EF, modificado por Decreto Supremo N° 199-2006-EF se creo la Ventanilla unica de Comercio Exterior, la que se implementara a traves del uso de medios electronicos para la obtencion de permisos, certificados y otras autorizaciones que se exigen ante las entidades del Estado, en la importacion y exportacion de mercaderia; Que, el numeral 13.1 del articulo 13 del Reglamento para la Implementacion de la Ventanilla unica de Comercio Exterior - VUCE, aprobado con Decreto Supremo N° 102007MINCETUR, dispone la creacion del MORDAZA para la implementacion de la VUCE como un sistema de informacion a los ciudadanos a traves de Internet, el cual proporcionara informacion de utilidad sobre el desarrollo de la VUCE y sobre los tramites para obtener permisos, certificaciones, licencias y demas autorizaciones exigidas por las entidades competentes de la administracion publica, para la realizacion de operaciones de importacion o exportacion de mercancias; Que, el Decreto Legislativo N° 1036, establece los alcances de la Ventanilla unica de Comercio Exterior, precisando en su Articulo 2, que la VUCE es un sistema integrado que permite a las partes involucradas en el comercio exterior y transporte internacional gestionar a traves de medios electronicos los tramites requeridos por las entidades competentes de acuerdo con la

normatividad vigente, o solicitados por dichas partes, para el MORDAZA, ingreso o salida del territorio nacional de mercancias; Que, el literal a) del articulo 5 del Reglamento del Decreto Legislativo N° 1036, aprobado con Decreto Supremo N° 009-2008-MINCETUR, establece como uno de los objetivos de la VUCE integrar y mejorar los procesos, a traves de la simplificacion y uniformizacion de procedimientos, formularios y plazos de los tramites que se efectuan ante las Entidades competentes, para la realizacion de operaciones de transporte internacional de carga, asi como, el MORDAZA, ingreso o salida de mercancia desde o hacia el territorio nacional; Que, mediante Resoluciones Ministeriales N° 137-2010MINCETUR/DM, N° 233-2010MINCETUR/DM y N° 2612010-MINCETUR/DM, respectivamente, se establecieron, entre otros, los procedimientos seguidos ante la Direccion General de Salud Ambiental -DIGESA, organo de linea del MINSA que podran ser tramitados a traves de la Ventanilla Unica de Comercio Exterior; Que, mediante Decreto Supremo N° 013-2009-SA, se aprobo el Texto Unico de Procedimientos Administrativos del Ministerio de Salud y sus organos Desconcentrados, modificado por los Decretos Supremos N° 002-2010-SA y N° 004-2010-SA; Que, conforme a lo dispuesto en el numeral 38.5 del articulo 38 de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, una vez aprobado el MORDAZA, toda modificacion que no implique creacion de nuevos procedimientos y requisitos, se debera realizar a traves de Resolucion Ministerial del sector correspondiente; Que, la Direccion General de Salud Ambiental manifiesta la intencion de modificar los procedimientos N°s. 10, 11, 16, 18, 22, 23, 24, 25, 26, 27, 28, 29, 30, 31, 32, 33, 41, 42 y 43 del MORDAZA del Ministerio de Salud y sus Organos Desconcentrados, a fin de que se tramiten a traves del VUCE; Que, mediante Informe N° 070-2011-OGPP-OO/ MINSA la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto emite opinion favorable respecto de la modificacion de los procedimientos seguidos ante la Direccion General de Salud Ambiental que se tramitaran a traves de la Ventanilla Unica de Comercio Exterior - VUCE; Que, en atencion a lo expuesto, y considerando que el Estado Peruano se encuentra inmerso en un MORDAZA de modernizacion que implica el desarrollo de politicas de simplificacion administrativa que se aplica incluso para las operaciones y actividades de comercio exterior, resulta necesario emitir el acto correspondiente; Con el visado del Director General de la Direccion General de Salud Ambiental, Director General de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, del Director General de la Oficina General de Asesoria Juridica y de la Viceministra de Salud; y, De conformidad con lo dispuesto en el numeral 38.5 del articulo 38 de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General y numeral I) del articulo 8° de la Ley N° 27657, Ley del Ministerio de Salud. SE RESUELVE: Articulo 1°.- Modificar los procedimientos N°s. 10, 11, 16, 18, 22, 23, 24, 25, 26, 27, 28, 29, 30, 31, 32, 33, 41, 42 y 43 del Texto unico de Procedimientos Administrativos del Ministerio de Salud y sus organos Desconcentrados, aprobado por Decreto Supremo N° 013-2009-SA y sus modificatorias, que se tramitaran a traves de la Ventanilla Unica de Comercio Exterior, conforme a los anexos que forman parte integrante de la presente Resolucion. Articulo 2°.- Encargar a la Oficina General de Comunicaciones la publicacion de la resolucion y de la modificacion del Texto unico del Procedimientos Administrativos del Ministerio de Salud y sus Organos Desconcentrados, a que hace referencia el articulo 1° de la presente Resolucion, en la direccion: http://www. minsa.qob.pe/transparencia/dqe normas.asp del MORDAZA de Internet del Ministerio de Salud, y en el MORDAZA del Estado Peruano. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA UGARTE UBILLUZ Ministro de Salud

653660-1

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