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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 17 de junio de 2011 444797 De conformidad con lo dispuesto en el artículo 118º inciso 11) de la Constitución Política del Perú, en los artículos 105º al 109º del Reglamento Consular del Perú, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 076-2005-RE del 05 de octubre de 2005; así como en la Convención de Viena sobre Relaciones Consulares; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Nombrar al señor Khaltmaa Battuul como Cónsul Honorario del Perú en la ciudad de Ulan Bator, Mongolia, con jurisdicción en todo el país. Artículo 2º.- Extenderle las Letras Patentes correspondientes. Regístrese, comuníquese y publíquese. ALAN GARCÍA PÉREZ Presidente Constitucional de la República JOSÉ ANTONIO GARCÍA BELAÚNDE Ministro de Relaciones Exteriores 654554-19 Delegan en Encargado de la Defensoría del Pueblo facultades para suscribir la Segunda Enmienda al Acuerdo entre Suiza y Perú relativa al apoyo al Programa de la Defensoría del Pueblo RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 224-2011-RE Lima, 16 de junio de 2011 Visto el Comunicado Electrónico Nº 014-2011-APCI/ DGNI de 06 de junio de 2011 de la Directora de Gestión y Negociación Internacional de la Agencia Peruana de Cooperación Internacional (APCI); Debiéndose suscribir la Segunda Enmienda al Acuerdo entre Suiza, representada por la Embajada de Suiza - Agencia Suiza para el Desarrollo y la Cooperación (COSUDE) y la República del Perú, representada por el Ministerio de Relaciones Exteriores - Agencia Peruana de Cooperación Internacional (APCI) y la Defensoría del Pueblo (DEFENSORÍA) relativa al apoyo al Programa de la Defensoría del Pueblo a través de la Canasta de Fondos “La promoción de la equidad e inclusión para la realización de los derechos humanos” Nueva vigencia: del 1 de marzo de 2006 al 30 de junio de 2011. De conformidad con lo establecido en el artículo 5.6 de la Ley Nº 29357 del 13 de mayo de 2009, y el Decreto Supremo Nº 031-2007-RE de 22 de mayo de 2007; Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Delegar en la persona del señor Doctor Eduardo Ernesto Vega Luna, Encargado de la Defensoría del Pueblo, las facultades sufi cientes para que suscriba la Segunda Enmienda al Acuerdo entre Suiza, representada por la Embajada de Suiza - Agencia Suiza para el Desarrollo y la Cooperación (COSUDE) y la República del Perú, representada por el Ministerio de Relaciones Exteriores - Agencia Peruana de Cooperación Internacional (APCI) y la Defensoría del Pueblo (DEFENSORÍA) relativa al apoyo al Programa de la Defensoría del Pueblo a través de la Canasta de Fondos “La promoción de la equidad e inclusión para la realización de los derechos humanos” Nueva vigencia: del 1 de marzo de 2006 al 30 de junio de 2011. Artículo 2º.- Extender los Plenos Poderes correspondientes al señor Doctor Eduardo Ernesto Vega Luna, Encargado de la Defensoría del Pueblo. Regístrese, comuníquese y publíquese. ALAN GARCÍA PÉREZ Presidente Constitucional de la República JOSÉ ANTONIO GARCÍA BELAÚNDE Ministro de Relaciones Exteriores 654554-20 Delegan facultades a Director Ejecutivo de la APCI para suscribir Segunda Enmienda al Acuerdo entre Suiza y Perú relativa al apoyo al Programa de la Defensoría del Pueblo RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 225-2011-RE Lima, 16 de junio de 2011 Visto el Memorándum (DCI) Nº DCI0109/2011 del 31 de mayo de 2011 de la Dirección de Cooperación Internacional del Ministerio de Relaciones Exteriores; Debiéndose suscribir la Segunda Enmienda al Acuerdo entre Suiza, representada por la Embajada de Suiza - Agencia Suiza para el Desarrollo y la Cooperación (COSUDE) y la República del Perú, representada por el Ministerio de Relaciones Exteriores - Agencia Peruana de Cooperación Internacional (APCI) y la Defensoría del Pueblo (DEFENSORÍA) relativa al apoyo al Programa de la Defensoría del Pueblo a través de la Canasta de Fondos “La promoción de la equidad e inclusión para la realización de los derechos humanos” Nueva vigencia: del 1 de marzo de 2006 al 30 de junio de 2011. De conformidad con lo establecido en el artículo 5.6 de la Ley Nº 29357 del 13 de mayo de 2009, y el Decreto Supremo Nº 031-2007-RE de 22 de mayo de 2007; Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Delegar en la persona del señor Licenciado Carlos Marino Hely Pando Sánchez, Director Ejecutivo de la Agencia Peruana de Cooperación Internacional (APCI), las facultades sufi cientes para que suscriba la Segunda Enmienda al Acuerdo entre Suiza, representada por la Embajada de Suiza - Agencia Suiza para el Desarrollo y la Cooperación (COSUDE) y la República del Perú, representada por el Ministerio de Relaciones Exteriores - Agencia Peruana de Cooperación Internacional (APCI) y la Defensoría del Pueblo (DEFENSORÍA) relativa al apoyo al Programa de la Defensoría del Pueblo a través de la Canasta de Fondos “La promoción de la equidad e inclusión para la realización de los derechos humanos” Nueva vigencia: del 1 de marzo de 2006 al 30 de junio de 2011. Artículo 2º.- Extender los Plenos Poderes correspondientes al señor Licenciado Carlos Marino Hely Pando Sánchez, Director Ejecutivo de la Agencia Peruana de Cooperación Internacional (APCI). Regístrese, comuníquese y publíquese. ALAN GARCÍA PÉREZ Presidente Constitucional de la República JOSÉ ANTONIO GARCÍA BELAÚNDE Ministro de Relaciones Exteriores 654554-21 Autorizan viajes de funcionarios diplomáticos a Francia, Vietnam, Ecuador y Colombia, en comisión de servicios RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 0544/RE-2011 Lima, 10 de junio de 2011 CONSIDERANDO: Que, el Perú es miembro del Consejo Ejecutivo de la UNESCO para el periodo 2010-2013; Que, se ha convocado a la 35° Sesión del Comité del Patrimonio Mundial – UNESCO, que se llevará a cabo en la ciudad de París, República Francesa, del 19 al 29 de junio de 2011; Que, en dicha Sesión del Comité del Patrimonio Mundial – UNESCO se considerará la conservación e