Norma Legal Oficial del día 17 de junio del año 2011 (17/06/2011)


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TEXTO DE LA PÁGINA 33

El Peruano MORDAZA, viernes 17 de junio de 2011

NORMAS LEGALES

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conforme a lo dispuesto en el Estatuto, al Sr. MORDAZA MORDAZA Cortes Carcelen, como Director General de la ENSABA; Que conforme a lo establecido en el Texto Unico Ordenado de la Ley 27806, Ley de Transparencia y Acceso a la informacion Publica, aprobado por Decreto Supremo Nº 043-2003-PCM, todas las actividades y disposiciones de las entidades estan sometidas al MORDAZA de publicidad, lo que implica para las entidades de la administracion publica la obligacion, de proporcionar a los ciudadanos la informacion que posea o produzca. Que para dicho fin, de acuerdo a lo senalado en el articulo 8º de la MORDAZA acotada y el articulo 4º del Reglamento de la Ley de Transparencia y Acceso a la Informacion Publica, aprobado por Decreto Supremo Nº 072-2003-PCM, las entidades deben designar al funcionario responsable de entregar la informacion, lo cual se MORDAZA mediante Resolucion de la MORDAZA autoridad de la institucion, la misma que debe ser publicada en el Diario Oficial El Peruano; Que, la Escuela Nacional Superior Autonoma de Bellas Artes, debe designar al funcionario responsable de brindar la informacion solicitada y de la difusion en el MORDAZA de Internet de la informacion dispuesta en el articulo 5º del Decreto Supremo Nº 043-2003-PCM; Estando a lo dispuesto y con las visaciones correspondientes; De conformidad con la Ley Nº 27806 de Transparencia y Acceso a la Informacion Publica, Decreto Supremo Nº 072-2003-PCM, Reglamento de la Ley de Transparencia y Acceso a la Informacion Publica; las disposiciones legales vigentes; Ley Nº 29292, Decreto Supremo Nº 0152009-ED y Resolucion Directoral Nº 338-2009-ENSABA, que aprueban el Estatuto y el Reglamento General de la Escuela Nacional Superior Autonoma de Bellas Artes. SE RESUELVE: Articulo 1º.- DEJAR SIN EFECTO, con eficacia anticipada al 09 de MORDAZA de 2011; la Resolucion Directoral Nº 115-2010ENSABA, de fecha 12 de MORDAZA de 2010 en la que se designo al Abogado MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA como funcionario responsable de brindar la informacion que se solicite a la Escuela Nacional Superior Autonoma de Bellas Artes. Articulo 2º.- DESIGNAR, con eficacia anticipada al 12 de MORDAZA de 2011; al Secretario General, Senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA como funcionario responsable de proporcionar la informacion de acceso publico, a que se refiere la Ley 27806, Ley de Transparencia y Acceso a la Informacion Publica: Articulo 3º.- ENCARGAR a la Direccion Administrativa, la publicacion de la presente Resolucion Directoral en el Diario Oficial El Peruano. Registrese, publiquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA CORTES CARCELEN Director General de la Escuela Nacional Superior Autonoma de Bellas Artes

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MUJER Y DESARROLLO SOCIAL
Declaran concluido el MORDAZA de efectivizacion de la transferencia del Programa de Complementacion Alimentaria ­ PCA a los Gobiernos Locales Distritales de Ancon, MORDAZA MORDAZA, Pucusana, MORDAZA y San MORDAZA y autorizan al Programa Nacional de Asistencia Alimentaria ­ PRONAA a brindar apoyo para la atencion del PCA
DECRETO SUPREMO N° 007-2011-MIMDES
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que, el articulo 188º de la Constitucion Politica del Peru establece que la descentralizacion es una politica

permanente del Estado, de caracter obligatorio, cuyo objetivo es el desarrollo integral del MORDAZA, precisando ademas que el MORDAZA de descentralizacion se realiza por etapas, en forma progresiva y ordenada conforme a criterios que permitan una adecuada asignacion de competencias y transferencia de recursos del Gobierno Nacional a los Gobiernos Regionales y Locales; Que, la MORDAZA Disposicion Complementaria de la Ley 27783 ­ Ley de Bases de la Descentralizacion, dispone que a partir del ejercicio fiscal 2003, se inicia la transferencia a los Gobiernos Regionales y Locales, segun corresponda, de los programas sociales de lucha contra la pobreza y los proyectos de inversion e infraestructura productiva de alcance regional, en funcion de las capacidades de gestion de cada gobierno subnacional, facultando al Poder Ejecutivo a realizar todas las acciones administrativas, presupuestarias y financieras necesarias en relacion a los pliegos y unidades ejecutoras de los programas y proyectos objeto de transferencia; Que, la MORDAZA Disposicion Transitoria de la Ley citada en el parrafo precedente, preve que las transferencias de funciones, programas y organismos del Gobierno Nacional a los Gobiernos Regionales y Locales, comprenden el personal, el acervo documentario y los recursos presupuestales correspondientes que se encuentren directamente vinculados al ejercicio o desarrollo de las funciones o servicios transferidos, incluyendo la titularidad o dominio de los bienes respectivos, anadiendo que las transferencias de recursos seran aprobadas por Decreto Supremo, con el MORDAZA aprobatorio del Consejo de Ministros; Que, conforme al articulo 5º y al numeral 2 del inciso a) del articulo 6º de la Ley 28273 ­ Ley del Sistema de Acreditacion de los Gobiernos Regionales y Locales, el Gobierno Nacional, representado por sus Sectores, es responsable de transferir competencias, funciones, atribuciones y recursos; Que, mediante Decreto Supremo 047-2009-PCM, se aprobo el "Plan Anual de Transferencia de Competencias Sectoriales a los Gobiernos Regionales y Locales del ano 2009", cuyo Anexo, en su numeral 3.2 del Capitulo III: Transferencias para el ciclo 2009, preciso que a traves de la Resolucion de Secretaria de Descentralizacion 005-2009-PCM/SD, se conformo la Comision Especial para la transferencia del Programa de Complementacion Alimentaria ­ PCA del PRONAA en el ambito de la Provincia de MORDAZA, la cual debia: (i) Determinar el estado situacional del Programa de Complementacion Alimentaria en el ambito de la Provincia de MORDAZA, (ii) Analizar y definir las alternativas y estrategias para la transferencia del PCA y (iii) Establecer el esquema de procedimientos y plazos para efectivizar la transferencia del PCA; Que, mediante Resolucion de Secretaria de Descentralizacion 240-2010-PCM/SD se aprobo la Directiva 004-2010-PCM/SD que contiene las "Normas Especificas para la verificacion y efectivizacion del MORDAZA de transferencia del Programa de Complementacion Alimentaria del MIMDES a los Gobiernos Locales Distritales de la Provincia de Lima", cuyo numeral 7, Procedimientos y Plazos para la efectivizacion de la transferencia e inicio de la gestion descentralizada del PCA, establece que dicha efectivizacion se inicia a partir de la expedicion de la Resolucion de la Secretaria de Descentralizacion de la Presidencia del Consejo de Ministros, que contiene la relacion de los Gobiernos Locales Distritales de MORDAZA Metropolitana que han cumplido los mecanismos de Verificacion y se encuentran aptos para recibir la transferencia del PCA; Que, asimismo, el numeral 7.1.7 de la Directiva citada en el parrafo precedente, Formalizacion de la Transferencia de Recursos, indica que luego de la suscripcion de las Actas de Entrega y Recepcion se procedera a la expedicion del Decreto Supremo mediante el cual se da por concluido el MORDAZA de efectivizacion de la transferencia del PCA y se autoriza la transferencia de los recursos presupuestales, personal, bienes y acervo documentario a los Gobiernos Locales Distritales; Que, mediante Resoluciones de Secretaria de Descentralizacion s 159-2011-PCM/SD y 290-2011PCM/SD, se declaro a los Gobiernos Locales Distritales de Ancon, MORDAZA MORDAZA, Pucusana, MORDAZA y San MORDAZA como aptos para acceder a la transferencia del PCA del PRONAA, a cargo del MIMDES; Que, en tal sentido, el MORDAZA de efectivizacion de la transferencia del Programa de Complementacion Alimentaria ­ PCA a los Gobiernos Locales Distritales de

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