Norma Legal Oficial del día 17 de junio del año 2011 (17/06/2011)


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TEXTO DE LA PÁGINA 41

El Peruano MORDAZA, viernes 17 de junio de 2011

NORMAS LEGALES

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Disponen la prepublicacion del proyecto de Directiva Administrativa que aprueba las especificaciones para la estandarizacion del registro en la Historia Clinica Electronica en el MORDAZA de Internet del Ministerio
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 466-2011/MINSA
MORDAZA, 14 de junio de 2011 Visto el Expediente N° 10-086254-006, que contiene el Memorando Nº 446-2011-DG-OGEI/MINSA, de la Oficina General de Estadistica e Informatica, e Informe Nº 3122011-OGAJ/MINSA, de la Oficina General de Asesoria Juridica; CONSIDERANDO: Que, el articulo 2º de la Ley Nº 27657, Ley del Ministerio de Salud, establece que el Ministerio de Salud es el ente rector del Sector Salud que conduce, regula y promueve la intervencion del Sistema Nacional de Salud, con la finalidad de lograr el desarrollo de la persona humana, a traves de la promocion, proteccion, recuperacion y rehabilitacion de su salud y del desarrollo de un entorno saludable, con pleno respeto de los derechos fundamentales de la persona, desde su MORDAZA hasta su muerte natural; Que, mediante Decreto Supremo Nº 024-2005-SA se aprobaron las identificaciones estandar de datos en salud, estableciendose que el Ministerio de Salud es la instancia encargada de conducir, desarrollar y administrar el Sistema de Identificacion Estandar para el registro e intercambio de datos clinicos y administrativos de uso en la atencion y en los cuidados de salud de las personas, y que mediante Resolucion Ministerial podra aprobar los instrumentos y acciones para su implantacion y correcta aplicacion. Asimismo, se faculta al Ministerio de Salud para regular mediante Resolucion Ministerial, nuevas identificaciones estandar de datos en salud, ya MORDAZA clinicos o administrativos, y los diferentes tipos de operacion o transaccion de intercambio de datos de salud; Que, a traves de la Resolucion Ministerial Nº 597-2006/ MINSA se aprobo la NT Nº 022-MINSA/DGSP-V.02. "Norma Tecnica de Salud para la Gestion de la Historia Clinica", con el objetivo de establecer las normas y procedimientos para la administracion y gestion de la historia clinica, y asimismo, estandarizar el contenido basico de la historia clinica para garantizar un apropiado registro de la atencion de salud; Que, el literal a) del articulo 28º del Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de Salud, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 023-2005-SA, establece como una de las funciones generales de la Oficina General de Estadistica e Informatica el proponer estandares de datos, ciclos y flujos de informacion en el Sector Salud; Que, en el MORDAZA de sus competencias, la Oficina General de Estadistica e Informatica ha elaborado un proyecto de Directiva Administrativa que aprueba las especificaciones para la estandarizacion del registro en la Historia Clinica Electronica, con la finalidad de fortalecer la integracion del Sistema Nacional de Salud, a partir de la articulacion de los sistemas de informacion de las instituciones que lo componen; Que, de acuerdo a lo estipulado en el punto (10) del numeral 6.2.10 de las Normas para la Elaboracion de Documentos Normativos del Ministerio de Salud, aprobado mediante Resolucion Ministerial Nº 826-2005/MINSA, se establece que "En los casos que el contenido del Proyecto de DN contenga aspectos de incumbencia intersectorial, o que pueda afectar a terceras personas, a solicitud de la Direccion General, Oficina General o dependencia que tuvo la iniciativa de la formulacion, se podra considerar la emision de una Resolucion Ministerial que disponga la pre publicacion en la pagina web del Ministerio de Salud; la misma que se publicara en el Diario Oficial El Peruano."; Que, atendiendo a lo solicitado por la Oficina General de Estadistica e Informatica mediante el documento del visto, es necesario disponer la prepublicacion del referido proyecto en el MORDAZA de Internet del Ministerio de Salud, a efecto de recibir las respectivas sugerencias y comentarios de la ciudadania en general;

Estando a lo propuesto por la Oficina General de Estadistica e Informatica; Con el visado del Director General de la Oficina General de Estadistica e Informatica, del Director General de la Oficina General de Asesoria Juridica y de la Viceministra de Salud; y, De conformidad con lo dispuesto en el literal l) del articulo 8° de la Ley N° 27657, Ley del Ministerio de Salud; SE RESUELVE: Articulo 1°.- Disponer que la Oficina General de Comunicaciones efectue la prepublicacion del proyecto de Directiva Administrativa que aprueba las especificaciones para la estandarizacion del registro en la Historia Clinica Electronica, en el MORDAZA de Internet del Ministerio de Salud, en la direccion: http://www.minsa.gob.pe/portada/ docconsulta.asp, a efecto de recibir las sugerencias y comentarios de las entidades publicas o privadas, y de la ciudadania en general, durante el plazo de quince (15) dias calendario. Articulo 2°.- Encargar a la Oficina General de Estadistica e Informatica la recepcion, procesamiento y sistematizacion de las sugerencias y comentarios que se presenten, a fin de elaborar el proyecto correspondiente. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA UGARTE UBILLUZ Ministro de Salud

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Declaran el 16 de MORDAZA de cada ano como el "Dia de la Cancerologia Peruana"
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 467-2011/MINSA
MORDAZA, 14 de junio del 2011 Vistos, los Expedientes Nº 11-031975-001, Nº 11031976-001 y Nº 11-031977-001, que contienen el Memorando Nº 2668-2011-DGSP/MINSA de la Direccion General de Salud de las Personas y el Oficio Nº 060-SJINEN-2011 de la Sub Jefatura Institucional del Instituto Nacional de Enfermedades Neoplasicas; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion Ministerial Nº 167-2000SA/DM del 15 de MORDAZA de 2000, se resolvio denominar a partir de la citada fecha al Instituto de Enfermedades Neoplasicas como Instituto de Enfermedades Neoplasicas "Dr. MORDAZA MORDAZA Graziani" en merito a su reconocida trayectoria como Director General durante 33 anos en el referido Instituto, al haber obtenido importantes logros en el trabajo asistencial, de educacion, docencia e investigacion, coadyuvando en la formacion de excelentes especialistas en la MORDAZA de la oncologia en beneficio de los pacientes; Que, a traves de la Carta s/n de fecha 26 de MORDAZA de 2010 y la Carta Nº 028-CM-INEN/2011 del 06 de MORDAZA de 2011, la Asociacion de Medicos Cesantes y Jubilados y la Asociacion de Medicos del INEN proponen establecer el dia 16 de MORDAZA de cada ano, fecha del fallecimiento del Dr. MORDAZA MORDAZA Graziani, como el "Dia de la Cancerologia"; Que, la instauracion del "Dia de la Cancerologia Peruana" importara un acercamiento de la poblacion a los sistemas de atencion de pacientes con cancer, su reconocimiento oportuno y participacion en el MORDAZA de recuperacion posterior y prevencion asi como una reafirmacion en el personal de salud directamente envuelto en el y las instituciones prestadoras de salud para su MORDAZA desarrollo, no solo en aspectos tecnicos, cientificos, sino sociales, eticos y humanos que permitan brindar una atencion de calidad; Con el visado del Director General de la Direccion General de Salud de las Personas, del Director General de la Oficina General de Asesoria Juridica y de la Viceministra de Salud; De conformidad con lo establecido en el literal l) del articulo 8º de la Ley Nº 27657, Ley del Ministerio de Salud;

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