Norma Legal Oficial del día 27 de junio del año 2011 (27/06/2011)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 26

445426

NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, lunes 27 de junio de 2011

habiles. Si la Comision no puede emitir sus dictamenes, informes y proyectos dentro del plazo igual la prorroga se concedera en forma expresa por la Alcaldia dando cuenta al Concejo en la sesion ordinaria inmediata siguiente. Articulo 71º.- ASISTENCIA A OTRAS COMISIONES Los regidores tienen derecho a asistir a cualquier sesion de las distintas comisiones, con voz pero sin voto. Articulo 72º.- ASISTENCIA DE AUTORIDADES VECINALES Los Delegados Vecinales podran participar de las Sesiones de Comisiones e intervenir con la autorizacion del MORDAZA mayoritario de la Comision en los asuntos relacionados con sus funciones. Las condiciones y el numero de asistentes lo establecera la Comision. Articulo 73º.- TIPOS DE COMISIONES Existen dos tipos de comisiones de trabajo de Regidores: Comisiones Ordinarias y Comisiones Especiales. Articulo 74º.- COMISIONES ORDINARIAS Son Comisiones Ordinarias aquellas que se encargan del estudio y dictamen de los asuntos propios del Concejo, con prioridad en la funcion normativa y fiscalizadora, durante el ejercicio fiscal, debiendo reunirse obligatoriamente al menos dos veces al mes, asimismo remitir al MORDAZA su Plan de Trabajo dentro del primer trimestre de cada ano. Articulo 75º.- NUMERO DE COMISIONES ORDINARIAS El MORDAZA propone al Concejo Municipal el numero de Comisiones Ordinarias y sus integrantes para cada ejercicio fiscal. Las Comisiones Ordinarias son: 1. Asuntos Legales. 2. Presupuesto, Planificacion, Racionalizacion y Cooperacion Internacional. 3. Administracion, Rentas y Comercializacion. 4. Servicios a la MORDAZA y Sanidad. 5. Participacion Vecinal y Bienestar Social. 6. Educacion, Cultura, Turismo y Deporte. 7. Desarrollo MORDAZA y Defensa Civil. 8. Seguridad Ciudadana. Articulo 76º.- FUNCIONES Son funciones de las Comisiones Ordinarias en los asuntos que le conciernen al Concejo: 1. Proponer al MORDAZA y al Concejo las disposiciones necesarias para mejorar los servicios de la Municipalidad. 2. Evaluar el plan de trabajo del area o areas de su competencia, efectuar inspecciones, recabar informes sobre las actividades de un area determinada y proponer al MORDAZA y al Concejo que dispongan las medidas convenientes. 3. Dictaminar los Proyectos de Ordenanzas, Acuerdos y Resoluciones del Concejo que se pongan a su consideracion. 4. Dictaminar los pedidos y proposiciones de los Regidores y las iniciativas de los vecinos. 5. Efectuar investigaciones y estudios. 6. Promover y viabilizar la constitucion de Redes Vecinales para tratar asuntos relacionados con sus competencias. 7. Reglamentar su organizacion interna. 8. Reunirse con la frecuencia que los asuntos sometidos a su estudio o dictamen lo requieran, pero cuando menos una vez por semana, en fecha y hora que se determine por acuerdo de sus miembros. Sin perjuicio de lo anterior el Presidente podra convocar sin mas tramite a sesion cuando la importancia del MORDAZA a tratar lo requiera.

Articulo 77º.- COMISIONES ESPECIALES Las Comisiones Especiales de Regidores se constituyen para asuntos especificos que no corresponden a ninguna Comision Ordinaria, que por su importancia y gravedad asi lo requiera. El Concejo precisara su constitucion y determinara el plazo de su labor. Articulo 78º.- FRECUENCIA DE REUNIONES Las Comisiones Especiales se reunen con la frecuencia que su labor requiera. Articulo 79º.- ACTAS DE LAS COMISIONES ESPECIALES Las Actas de las Comisiones Especiales necesariamente se anexaran al dictamen, informe o proyecto que presenten al Concejo al finalizar sus funciones. CAPITULO III DE LA CONFORMACION DE LAS COMISIONES Articulo 80º.CONFORMACION DE LAS COMISIONES Las comisiones de Regidores se constituyen por Acuerdo de Concejo Municipal a propuesta del Alcalde. Las Comisiones tendran un Presidente, un Vicepresidente y un Secretario. Articulo 81º.- CONFORMACION DE COMISIONES ESPECIALES Las Comisiones Especiales se conforman segun las Reglas Generales de conformacion de comisiones establecidas en el presente capitulo. Articulo 82º.- PRINCIPIOS APLICADOS EN LA CONFORMACION En la conformacion de las comisiones se aplican los principios de pluralidad, proporcionalidad y oportunidad. Articulo 83º.- PARTICIPACION DE LOS REGIDORES EN LAS COMISIONES Un Regidor puede integrar hasta tres (3) Comisiones Ordinarias y puede presidir dos (2). El Concejo puede aprobar excepciones a esta regla. CAPITULO IV FUNCIONES Y COMPETENCIAS DE LAS COMISIONES ORDINARIAS Articulo 84º.- COMISION DE ASUNTOS LEGALES. Corresponde a la Comision de Asuntos Legales al inicio, durante y despues del MORDAZA de una gestion y pronunciarse en los asuntos que deben ser resueltos por el Concejo, relacionados con: 1. La interpretacion de las normas juridicas del ambito municipal. 2. Los procesos judiciales en los que es parte la Municipalidad. 3. La vacancia y suspension del MORDAZA y Regidores del Concejo. 4. Los Recursos de reconsideracion de su competencia. 5. Los convenios que debe celebrar la Municipalidad. 6. Contratos. 7. Compras. 8. Ventas y remates. 9. Calidad de los bienes adquiridos. 10. Las Infraestructuras hechas con fondo municipal, publico o privado que estaran al servicio del distrito. 11. La prevencion de actos de corrupcion. 12. Los casos de corrupcion que se ventilan en el Poder Judicial y el Ministerio Publico. 13. Las transacciones economicas que se hacen por la prestacion de servicios. 14. Las denuncias que los vecinos hacen sobre actos

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.