Norma Legal Oficial del día 03 de marzo del año 2011 (03/03/2011)


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TEXTO DE LA PÁGINA 33

El Peruano MORDAZA, jueves 3 de marzo de 2011

NORMAS LEGALES

438229

Ratifican el Acuerdo Complementario al Convenio Basico de Cooperacion Tecnica y Cientifica con el Gobierno de Brasil para la Implementacion del Proyecto "Fortalecimiento Institucional para la Gestion Integrada de Recursos Hidricos Peru-Brasil"
DECRETO SUPREMO N° 032-2011-RE EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que, el Acuerdo Complementario al Convenio Basico de Cooperacion Tecnica y Cientifica entre el Gobierno de la Republica del Peru y el Gobierno de la Republica Federativa del Brasil para la Implementacion del Proyecto "Fortalecimiento institucional para la Gestion Integrada de Recursos Hidricos Peru-Brasil", fue suscrito el 16 de junio de 2010, en la MORDAZA de Manaos, Republica Federativa del Brasil. Que, es conveniente a los intereses del Peru la ratificacion del citado instrumento internacional; Que, de conformidad con lo dispuesto en los articulos 57 y 118 de la Constitucion Politica del Peru y el articulo 2 de la Ley Nº 26647, que facultan al Presidente de la Republica para celebrar y ratificar Tratados o adherir a estos sin el requisito de la aprobacion previa del Congreso; DECRETA:

16 de junio de 2010 en la MORDAZA de Manaos, Republica Federativa del Brasil; Que, es conveniente a los intereses del Peru la aprobacion del citado instrumento internacional; Que, de conformidad con lo dispuesto en los articulos 56 y 102 de la Constitucion Politica del Peru y el articulo 2º de la Ley Nº 26647, que disponen la aprobacion legislativa de los Tratados celebrados por el Estado peruano; RESUELVE: Articulo 1º.- Remitase al Congreso de la Republica, la documentacion relativa al "Acuerdo entre el Gobierno de la Republica del Peru y el Gobierno de la Republica Federativa del Brasil para el Suministro de Electricidad al Peru y Exportacion de Excedentes al Brasil", suscrito el 16 de junio de 2010 en la MORDAZA de Manaos, Republica Federativa del Brasil. Articulo 2º.- La presente Resolucion Suprema sera refrendada por el senor Presidente del Consejo de Ministros y el senor Ministro de Relaciones Exteriores. Registrese , comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente del Consejo de Ministros y Ministro de Educacion MORDAZA MORDAZA MORDAZA BELAUNDE Ministro de Relaciones Exteriores 609255-20

Articulo 1º.- Ratificase el Acuerdo Complementario al Convenio Basico de Cooperacion Tecnica y Cientifica entre el Gobierno de la Republica del Peru y el Gobierno de la Republica Federativa del Brasil para la Implementacion del Proyecto "Fortalecimiento institucional para la Gestion Integrada de Recursos Hidricos Peru-Brasil", suscrito el 16 de junio de 2010, en la MORDAZA de Manaos, Republica Federativa del Brasil. Articulo 2º.- Dese cuenta al Congreso de la Republica. Dado en la MORDAZA de Gobierno de MORDAZA, a los dos dias del mes de marzo del ano dos mil once. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA MORDAZA BELAUNDE Ministro de Relaciones Exteriores 609255-11

Autorizan al Ministerio de Relaciones Exteriores a efectuar pago de cuotas a diversos organismos internacionales
RESOLUCION SUPREMA N° 058-2011-RE MORDAZA, 2 de marzo de 2011 CONSIDERANDO: Que es obligacion del Peru cumplir con el pago de las cuotas y adeudos a los organismos internacionales, de manera que permita potenciar la capacidad de negociacion en las gestiones diplomaticas y acrecentar el beneficio de los flujos de cooperacion y asistencia tecnica internacional; Que en el presupuesto del Ministerio de Relaciones Exteriores se ha previsto recursos para el pago de cuotas a organismos internacionales; Que, en consecuencia, es necesario autorizar el pago de cuotas a organismos internacionales de acuerdo y en funcion a la disponibilidad de la MORDAZA Fiscal; De conformidad con lo establecido en el articulo 67, numeral 67.1 de la Ley Nº 28411 ­Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto; De conformidad con lo establecido en el Anexo B: Cuotas Internacionales-Ano Fiscal 2011 de la Ley N° 29626, Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2011, y; Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar al Ministerio de Relaciones Exteriores a efectuar el pago de US$ 812,610.00 (Ochocientos Doce Mil Seiscientos Diez y 00/100 Dolares de los Estados Unidos de America) a los siguientes organismos internacionales:

Remiten al Congreso de la Republica la documentacion relativa al Acuerdo para el Suministro de Electricidad al Peru y Exportacion de Excedentes al Brasil, suscrito con la Republica Federativa del Brasil
RESOLUCION SUPREMA Nº 057-2011-RE MORDAZA, 2 de marzo de 2011 CONSIDERANDO: Que, el "Acuerdo entre el Gobierno de la Republica del Peru y el Gobierno de la Republica Federativa del Brasil para el Suministro de Electricidad al Peru y Exportacion de Excedentes al Brasil", fue suscrito el

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