Norma Legal Oficial del día 03 de marzo del año 2011 (03/03/2011)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 42

438238

NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, jueves 3 de marzo de 2011

Operativo Informatico (POI) aprobado por el articulo precedente en la pagina web del MORDAZA del Estado Peruano (www.peru.gob.pe/poi). Articulo 3.- Remitir MORDAZA de la presente Resolucion Ministerial a la Oficina de Tecnologia de Informacion y a la Oficina General de Administracion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Transportes y Comunicaciones 608256-1

Otorgan autorizacion a Empresa Promocional del Impedido Radiodifusora MORDAZA E.I.R.L. para prestar servicio de radiodifusion sonora comercial en OM en MORDAZA
RESOLUCION VICEMINISTERIAL Nº 164-2011-MTC/03 MORDAZA, 7 de febrero de 2011 VISTO, el escrito de registro Nº 19228001 del 20 de octubre de 1999, presentado por la EMPRESAPRODUCCION DE SISTEMAS DE TELECOMUNICACIONES Y ESPECTACULOS "TRINIDAD" E.I.R.L., hoy EMPRESA PROMOCIONAL DEL IMPEDIDO RADIODIFUSORA MORDAZA E.I.R.L., mediante el cual solicita inspeccion tecnica a fin de que se le otorgue autorizacion por diez (10) anos para prestar el servicio de radiodifusion sonora comercial en Onda Media (OM) en el distrito de Paucarpata, provincia y departamento de Arequipa; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion Viceministerial Nº 271-98MTC/15.03 del 02 de octubre de 1998, publicada en el Diario Oficial El Peruano el 07 de octubre de 1998, se concedio a la EMPRESA PRODUCCION DE SISTEMAS DE TELECOMUNICACIONES Y ESPECTACULOS "TRINIDAD" E.I.R.L., el plazo de doce (12) meses, que se computo a partir del dia siguiente de publicada dicha Resolucion, para que proceda a instalar y operar en periodo de prueba la estacion del servicio de radiodifusion sonora comercial en Onda Media (OM) en el distrito de Paucarpata, provincia y departamento de Arequipa; Que, mediante escrito de registro Nº 19228001 del 20 de octubre de 1999, la referida empresa solicito la inspeccion tecnica de su estacion de radiodifusion sonora comercial en Onda media (OM) ubicada en el distrito de Paucarpata, provincia y departamento de MORDAZA, a fin que se le otorgue la respectiva autorizacion por diez (10) anos; Que, mediante escrito de registro Nº 2008-039234-A del 07 de MORDAZA de 2009 la administrada comunico el cambio de denominacion de EMPRESA PRODUCCION DE SISTEMAS DE TELECOMUNICACIONES Y ESPECTACULOS "TRINIDAD" E.I.R.L., a EMPRESA PROMOCIONAL DEL IMPEDIDO RADIODIFUSORA MORDAZA E.I.R.L.; Que, el articulo 21º del Reglamento de la Ley de Radio y Television, aprobado por Decreto Supremo Nº 0052005-MTC establece que las autorizaciones para prestar el servicio de radiodifusion se conceden por el plazo MORDAZA de diez (10) anos, iniciandose con un periodo de instalacion y prueba de doce (12) meses improrrogable; Que, la Primera Disposicion Final y Transitoria del Reglamento en mencion, precisa que los procedimientos administrativos referidos a los servicios de radiodifusion iniciados MORDAZA de la vigencia de la Ley Nº 28278, se rigen por la normativa anterior hasta su conclusion; Que, el articulo 184º del Texto Unico Ordenado del Reglamento General de la Ley de Telecomunicaciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 027-2004-MTC, senala que otorgada la autorizacion para prestar el servicio de radiodifusion, se inicia un periodo de instalacion y prueba,

dentro del cual el titular instalara los equipos requeridos para la prestacion del servicio autorizado y realizara las pruebas de funcionamiento respectivas, lo cual sera verificado por el organo competente del Ministerio; Que, el articulo 185º del Texto Unico Ordenado del Reglamento General de la Ley de Telecomunicaciones, senala que realizada la inspeccion, se emitira el informe tecnico correspondiente, en el que se indicara, entre otros, si las instalaciones se han realizado, los resultados de las pruebas de funcionamiento y el cumplimiento de las condiciones establecidas en la autorizacion, en las Normas Tecnicas del Servicio de Radiodifusion y en el Reglamento Especifico del Servicio de Radiodifusion; Que, con informe Nº 0153-2004-MTC/18.01.2 del 28 de enero de 2004, la entonces Sub Direccion de Control de Provincias de la Direccion de Monitoreo e Inspeccion de Telecomunicaciones, dio cuenta de la inspeccion tecnica realizada el dia 14 de enero de 2004,en donde se concluye que la citada estacion se encuentra operando tecnicamente en forma aceptable; Que, mediante Resolucion Viceministerial Nº 0322005-MTC/03, modificado con Resolucion Viceministerial Nº 221-2006-MTC/03, y ratificado con Resolucion Viceministerial Nº 746-2008-MTC/03, se aprobaron los Planes de Canalizacion y Asignacion de Frecuencias en la Banda de Onda Media (OM) para diversas localidades del departamento de MORDAZA, entre las cuales se encuentra la localidad de MORDAZA, la misma que incluye al distrito de Paucarpata, provincia y departamento de Arequipa; Que, con Informe Nº 5438-2010-MTC/28, la Direccion General de Autorizaciones en Telecomunicaciones, considera que es procedente otorgar a la EMPRESA PROMOCIONAL DEL IMPEDIDO RADIODIFUSORA MORDAZA E.I.R.L., autorizacion por el plazo de diez (10) anos, por periodos sucesivos, que incluye el periodo de instalacion y prueba otorgado mediante Resolucion Viceministerial Nº 271-98-MTC/15.03 y que por tanto, debera culminar el 08 de octubre de 2018; De conformidad con el Texto Unico Ordenado del Reglamento General de la Ley de Telecomunicaciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 027-2004-MTC; la Ley de Radio y Television, Ley Nº 28278; el Reglamento de la Ley de Radio y Television, aprobado con Decreto Supremo Nº 005-2005-MTC; y la Resolucion Ministerial Nº 358-2003-MTC/03, y; Con la opinion favorable de la Direccion General de Autorizaciones en Telecomunicaciones; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Otorgar a la EMPRESA PROMOCIONAL DEL IMPEDIDO RADIODIFUSORA MORDAZA E.I.R.L., autorizacion por el plazo de diez (10) anos, por periodos sucesivos, para prestar el servicio de radiodifusion sonora comercial en Onda Media (OM), en la localidad de MORDAZA, departamento de Arequipa. Articulo 2º.- El plazo de vigencia de la autorizacion a que se refiere el articulo precedente, comprende un periodo de instalacion y prueba, computandose a partir del dia siguiente de publicada la Resolucion Viceministerial Nº 271-98-MTC/15.03, el cual vencera el 08 de octubre de 2018. La Direccion General de Autorizaciones en Telecomunicaciones procedera a extender la correspondiente Licencia de Operacion. Articulo 3º.- Conforme a lo establecido en el articulo 5º del Decreto Supremo Nº 038-2003-MTC, modificado por Decreto Supremo Nº 038-2006-MTC, la titular adoptara las medidas necesarias para garantizar que las radiaciones que emita la estacion de radiodifusion que se autoriza no excedan los valores establecidos como limites maximos permisibles en el acotado Decreto Supremo. Articulo 4º.- Remitir MORDAZA de la presente resolucion a la Direccion General de Control y Supervision de Comunicaciones, para los fines de su competencia. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Viceministro de Comunicaciones 605278-1

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.