Norma Legal Oficial del día 03 de marzo del año 2011 (03/03/2011)


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TEXTO DE LA PÁGINA 38

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, jueves 3 de marzo de 2011

Sechura, del departamento de Piura; habiendose suscrito el respectivo Contrato de Concesion el 24 de septiembre de 2007; Que, con Memorando Nº 3016-2008-MTC/29 de fecha 18 de MORDAZA de 2008, la Direccion General de Control y Supervision de Comunicaciones, remitio el Informe Nº 2278-2008-MTC/29.02 de fecha 09 de junio de 2008, del cual se observa que de los resultados de la verificacion tecnica la concesionaria MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA inicio la prestacion del servicio concedido el 04 de MORDAZA de 2007; Que, mediante Resolucion Ministerial Nº 388-2009MTC/03, de fecha 27 de MORDAZA de 2009, publicada en el Diario Oficial El Peruano el 11 de junio de 2009 y notificada el 27 de junio de 2009, se adecuo la concesion otorgada a la senora MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA mediante Resolucion Ministerial Nº 332-2007-MTC/03, al regimen de concesion unica para la prestacion de los servicios publicos de telecomunicaciones, en el area que comprende todo el territorio de la Republica del Peru; suscribiendose el respectivo contrato de concesion el 14 de agosto de 2009; Que, mediante Resolucion Directoral Nº 417-2009MTC/27 de fecha 14 de agosto de 2009, notificada el 14 de agosto de 2009, se inscribio en el Registro de Servicios Publicos de Telecomunicaciones el servicio publico de distribucion de radiodifusion por cable en la modalidad de cable alambrico u optico, a favor de la senora MORDAZA MORDAZA MORDAZA YOVERA; Que, mediante Memorando Nº 673-2010-MTC/29 la Direccion General de Control y Supervision de Comunicaciones remite el Informe Nº 631-2010MTC/29.02 de fecha 16 de febrero de 2010, en el que se concluye que la concesionaria no se encuentra brindando el servicio publico de distribucion de radiodifusion por cable en el distrito y provincia de Sechura, del departamento de Piura; Que, mediante escrito con registro P/D Nº 029758 de fecha 26 de febrero de 2010, la concesionaria MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA comunica que no se encuentra brindando el servicio otorgado en concesion, debido a que se encuentra evaluando algunas opciones del MORDAZA a raiz de su adecuacion al regimen de concesion unica; Que, mediante Oficio Nº 6075-2010-MTC/27 de fecha 8 de marzo de 2010, notificado el 11 de marzo de 2010, se requiere a la concesionaria MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA que acredite las razones de fuerza mayor o caso fortuito por las que suspendio el servicio concedido, otorgandosele el plazo de quince (15) dias habiles, bajo apercibimiento de resolverse su Contrato de Concesion; Que, el numeral 3 del articulo 130º del Texto Unico Ordenado del Reglamento General de la Ley de Telecomunicaciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 020-2007-MTC establece como una de las obligaciones de los concesionarios de servicios publicos de telecomunicaciones, prestar el servicio en forma ininterrumpida, salvo caso fortuito o fuerza mayor, en la que se MORDAZA preferencia a comunicaciones de emergencia; Que, el numeral 3 del articulo 137º del Texto Unico Ordenado del Reglamento General de la Ley de Telecomunicaciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 020-2007-MTC, establece como causal de resolucion del Contrato de Concesion, la suspension de la prestacion del servicio sin previa autorizacion, salvo que esta se produzca por razones de fuerza mayor o caso fortuito debidamente acreditados y calificados como tales por el Ministerio; Que, el literal b del numeral 6.07 de la Clausula Sexta del Contrato de Concesion Unica suscrito con la concesionaria MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, aprobado por Resolucion Ministerial Nº 388-2009-MTC/03, senala que debera cumplir con la prestacion del servicio concedido de manera continua e ininterrumpida, salvo en los casos establecidos en el Reglamento General y en las normas sobre condiciones de uso de los servicios publicos de telecomunicaciones; Que, el literal a del numeral 18.01 de la Clausula Decimo Octava del citado Contrato de Concesion indica que este quedara resuelto cuando incurra en alguna de

las causales de resolucion del Contrato de Concesion previstas en la Ley de Telecomunicaciones y el Reglamento General; Que, el numeral 18.03 de la Clausula Decimo Octava del Contrato de Concesion suscrito con la concesionaria MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, senala que en caso la concesionaria incurra en causal de resolucion, conforme a lo establecido en el numeral 18.01 de la presente clausula, el Ministerio la notificara otorgandole un plazo razonable para que subsane su cumplimiento parcial, MORDAZA o defectuoso; Que, de lo expuesto en el escrito con registro P/D Nº 043756 de fecha 25 de marzo de 2010, la concesionaria no ha cumplido con presentar la documentacion sustentatoria de caso fortuito o fuerza mayor que acredite las razones por las que suspendio la prestacion del servicio concedido; Que, la Direccion General de Concesiones en Comunicaciones de acuerdo a los terminos de su Informe Nº 495 -2010-MTC/27 concluye que la concesionaria MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, ha incurrido en causal de resolucion del contrato de concesion unica, aprobado por Resolucion Ministerial Nº 388-2009-MTC/03, que adecua la concesion otorgada mediante Resolucion Ministerial Nº 332-2007-MTC/03 de fecha 04 de MORDAZA de 2007 y su respectivo contrato de concesion suscrito con fecha 24 de septiembre de 2007; De conformidad con lo dispuesto por el Texto Unico Ordenado de la Ley de Telecomunicaciones, aprobado por el Decreto Supremo Nº 013-93-TCC y su modificatoria; por el Texto Unico Ordenado del Reglamento General de la Ley de Telecomunicaciones, aprobado por el Decreto Supremo Nº 020-2007-MTC; y, Con la opinion favorable del Director General de Concesiones en Comunicaciones y la conformidad del Viceministro de Comunicaciones; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Declarar que ha quedado resuelto el contrato de concesion unica suscrito con la concesionaria MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, para la prestacion del servicio publico de distribucion de radiodifusion por cable, en la modalidad de cable alambrico u optico aprobado por Resolucion Ministerial Nº 388-2009-MTC/03, que adecua la concesion otorgada mediante Resolucion Ministerial Nº 332-2007-MTC/03. En consecuencia, se dejan sin efecto las mencionadas resoluciones, asi como las demas resoluciones expedidas para la prestacion del mismo. Articulo 2º.- Remitir MORDAZA de la presente resolucion a la Direccion General de Control y Supervision de Comunicaciones, para los fines de su competencia. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Transportes y Comunicaciones 608263-1 RESOLUCION MINISTERIAL Nº 151-2011-MTC/03 MORDAZA, 28 de febrero de 2011 CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion Ministerial Nº 104-2000MTC/15.03 del 29 de febrero de 2000 se otorgo concesion a don MORDAZA MORDAZA LACA MORDAZA para la prestacion del servicio publico de distribucion de radiodifusion por cable por el plazo de veinte (20) anos, en el area que comprende la MORDAZA de MORDAZA, provincia y departamento de MORDAZA, suscribiendose el contrato de concesion el 02 de MORDAZA de 2000; Que, mediante Resolucion Ministerial Nº 183-2007MTC/03 del 12 de MORDAZA de 2007, se amplio el area de concesion, otorgada mediante Resolucion Ministerial Nº 104-2000-MTC/15.03 a don MORDAZA MORDAZA LACA

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