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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 12 DE MARZO DEL AÑO 2011 (12/03/2011)

CANTIDAD DE PAGINAS: 56

TEXTO PAGINA: 16

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 12 de marzo de 2011 438868 Artículo 6.- El Ofi cial Almirante comisionado, deberá cumplir con presentar un informe detallado ante el titular de la Entidad, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado, dentro de los quince (15) días calendarios contados a partir de la fecha de retorno del país. Artículo 7º.- La presente Resolución Suprema, no dará derecho a exoneración ni liberación de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominación. Artículo 8º.- La presente Resolución Suprema, será refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y por el Ministro de Defensa. Regístrese, comuníquese y publíquese. ALAN GARCÍA PÉREZ Presidente Constitucional de la República JOSÉ ANTONIO CHANG ESCOBEDO Presidente del Consejo de Ministros y Ministro de Educación JAIME THORNE LEÓN Ministro de Defensa 613526-4 RESOLUCIÓN SUPREMA N° 093-2011-DE/MGP Lima, 11 de marzo de 2011 Visto el Ofi cio P.200-0249 del Director General del Personal de la Marina, de fecha 11 de febrero de 2011; CONSIDERANDO: Que, con los actuales cambios climatológicos en el mundo, los niveles de agua de los océanos y mares están sufriendo un drástico y elevado incremento, constituyendo responsabilidad de la Organización Hidrográfi ca Internacional (OHI), efectuar el monitoreo de dicha elevación, con el fi n de prever la correcta elaboración del material y documentación que se confecciona para los navegantes; tales como, Cartas y Publicaciones Náuticas; Que, existe un Grupo de Trabajo dedicado al desarrollo de la información que resulta de la supervisión y monitoreo del nivel del agua y mares, con el propósito de brindar asesoramiento sobre el uso de datums verticales; predicción y análisis de las mareas; así como, sobre asuntos relativos al intercambio, distribución y uso de datos relacionados a las mareas y al nivel del mar; estando previsto efectuar la realización de la 3a Reunión del Grupo de Trabajo sobre el Nivel del Mar de la Organización Hidrográfi ca Internacional (OHI), a realizarse en la ciudad de Jeju Island – REPÚBLICA DE COREA, a partir del 4 al 8 de abril de 2011, Que, la Marina de Guerra del Perú, ha considerado dentro de sus prioridades para el año 2011, la autorización de viaje de UN (1) Ofi cial Superior para que participe en la mencionada Reunión; Que, el viaje se encuentra incluido en el Rubro 7: Representación Nacional en Organismos Internacionales, Ítem 10 (RDR) del Anexo (2) del Plan Anual de Comisiones al Exterior Priorizado del Sector Defensa Año Fiscal 2011, aprobado mediante Resolución Suprema Nº 015-2011- DE/SG de fecha 13 de enero de 2011; Que, por lo anteriormente expuesto, resulta conveniente para los intereses institucionales, autorizar el viaje al exterior en Comisión de Servicio del Capitán de Fragata Walter José FLORES Servat, para que participe en la referida Reunión; por cuanto los conocimientos y experiencias a adquirirse, redundarán en benefi cio de la Seguridad Nacional, dentro del ámbito de competencia de la Marina de Guerra del Perú; De conformidad con la Ley Nº 27619 - Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, la Ley Nº 29605 - Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Defensa, la Ley N° 29626 - Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2011, el Decreto Supremo Nº 047-2002- PCM, de fecha 5 de junio de 2002 y la Cuarta Disposición Final del Reglamento de Viajes al Exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa, aprobado con Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG de fecha 26 de enero de 2004 y sus modifi catorias; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el viaje al exterior en Comisión de Servicio del Capitán de Fragata Walter José FLORES Servat, CIP. 01807766 y DNI. 43333333, para que participe en la 3a Reunión del Grupo de Trabajo sobre el Nivel del Mar de la Organización Hidrográfi ca Internacional (OHI), a realizarse en la ciudad de Jeju Island – REPÚBLICA DE COREA, a partir del 4 al 8 de abril de 2011. Artículo 2º.- El Ministerio de Defensa - Marina de Guerra del Perú, efectuará los pagos que correspondan de acuerdo a los conceptos siguientes: Pasajes: Lima – Jeju Island (COREA DEL SUR) – Lima US$. 3,757.41 x 1 persona (Incluye TUUA) Viáticos: US$. 260.00 x 5 días x 1 persona Artículo 3º.- El Ministro de Defensa queda facultado para variar la fecha de inicio y término de la autorización a que se refi ere el Artículo 1°, sin exceder el total de días autorizados; y sin variar la actividad para la cual se autoriza el viaje, ni el nombre del participante. Artículo 4º.- El Ofi cial Superior comisionado, deberá cumplir con lo dispuesto en el Artículo 6° del Decreto Supremo N° 047-2002-PCM de fecha 5 de junio de 2002, relacionado con la sustentación de viáticos. Artículo 5º.- El mencionado Ofi cial Superior deberá cumplir con presentar un informe detallado ante el titular de la Entidad, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado, dentro de los quince (15) días calendario contados a partir de la fecha de retorno al país. Artículo 6º.- La presente Resolución Suprema, no dará derecho a exoneración ni liberación de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominación. Artículo 7º.- La presente Resolución Suprema, será refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y por el Ministro de Defensa. Regístrese, comuníquese y publíquese. ALAN GARCÍA PÉREZ Presidente Constitucional de la República JOSÉ ANTONIO CHANG ESCOBEDO Presidente del Consejo de Ministros y Ministro de Educación JAIME THORNE LEÓN Ministro de Defensa 613526-5 Autorizan viaje de oficiales de la Marina de Guerra a Colombia y Argentina, en misión de estudios RESOLUCIÓN SUPREMA N° 094-2011-DE/MGP Lima, 11 de marzo de 2011 Visto el Ofi cio N.1000–0245 del Director General de Educación de la Marina, de fecha 28 de enero de 2011; CONSIDERANDO: Que, la Marina de Guerra del Perú ha considerado dentro de sus prioridades para el año 2011, la designación y autorización de viaje de UN (1) Empleado Civil Cirujano