Norma Legal Oficial del día 12 de marzo del año 2011 (12/03/2011)


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TEXTO DE LA PÁGINA 25

El Peruano MORDAZA, sabado 12 de marzo de 2011

NORMAS LEGALES

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graves, que se encuentren en etapa avanzada, progresiva, degenerativa e incurable; y ademas que las condiciones carcelarias puedan colocar en grave riesgo su MORDAZA, salud e integridad. c) Los afectados por trastornos mentales cronicos, irreversibles y degenerativos; y ademas que las condiciones carcelarias puedan colocar en grave riesgo su MORDAZA, salud e integridad; Que, el Acta de Junta Medica Penitenciaria, de fecha 18 de enero de 2010, suscrita por los Doctores MORDAZA MORDAZA MORDAZA y MORDAZA MORDAZA MORDAZA, senala como diagnostico: Hipertension arterial MORDAZA, ceguera 90% + conjuntivitis y secuela pulmonar/ fibrosis pulmonar post TBC; Que, el Protocolo Medico, de fecha 19 de enero de 2010, emitido por el Hospital General de MORDAZA, Ministerio de Salud ­ Region MORDAZA, suscrito por los Doctores MORDAZA MORDAZA MORDAZA y MORDAZA MORDAZA MORDAZA, senala como diagnostico: Hipertension arterial MORDAZA, Ceguera 90% + conjuntivitis y Secuela pulmonar /fibrosis pulmonar post TBC; Que, el Informe Medico, de fecha 19 de enero de 2010, emitido por el Hospital General de MORDAZA, Ministerio de Salud ­ Region MORDAZA, suscrito por los Doctores MORDAZA MORDAZA MORDAZA y MORDAZA MORDAZA MORDAZA, senala como diagnostico: Hipertension arterial MORDAZA, Ceguera 90% + conjuntivitis y Secuela pulmonar /fibrosis pulmonar post TBC; Que, mediante Oficio Nº 237­2011­DVM/MINSA, de fecha 16 de febrero de 2011, el Despacho Viceministerial del Ministerio de Salud remite el Informe Medico Nº 001­SERV.MED. INT.-HIIJ­OCPYAP­ESSALUD­2011, emitido por el Hospital II MORDAZA, suscrito por el doctor Wilder Saldana MORDAZA, que senala como diagnostico: Enfermedad de Alzheimer avanzado, Espondiloartrosis MORDAZA con limitacion funcional grado III y Enfermedad pulmonar obstructivo cronico moderado. Que, de lo glosado en los precitados documentos se establece, que la interna MORDAZA BANDA, MORDAZA, se encuentra inmersa en el supuesto senalado en el literal b) del numeral 6.4 del articulo 6º del Decreto Supremo Nº 004 ­ 2007 ­ JUS, modificado por el articulo 5º del Decreto Supremo Nº 008 ­ 2010 ­ JUS, MORDAZA de creacion de la Comision de MORDAZA Presidenciales, pues se trata de una persona que padece de una enfermedad no terminal grave, progresiva, degenerativa e incurable; Que, en el presente caso, la gravedad de la enfermedad se configura como un argumento en el que se justifica la extincion de la accion penal que conlleva la MORDAZA, sin sacrificar los fines de la pena constitucionalmente reconocidos, toda vez que casos excepcionales de personas con enfermedad cronica, casos como el presente, hacen que la continuidad de la ejecucion penal pierda todo sentido juridico y social; Que, en consecuencia, conforme a lo dispuesto por el Decreto Supremo Nº 008 ­ 2010 ­JUS, MORDAZA de creacion de la Comision de MORDAZA Presidenciales, a lo senalado en el articulo 31º del Reglamento de la Comision de MORDAZA Presidenciales, aprobado por Resolucion Ministerial Nº 162 ­ 2010 ­ JUS y lo previsto en los incisos 8) y 21) del articulo 118º de la Constitucion Politica del Peru; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Conceder INDULTO POR RAZONES HUMANITARIAS a la interna del Establecimiento Penitenciario de MORDAZA MORDAZA BANDA, SILVERIA. Articulo 2º.- La presente Resolucion Suprema sera refrendada por la Ministra de Justicia. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA DEL MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministra de Justicia 613526-12

MUJER Y DESARROLLO SOCIAL
Declaran concluido el MORDAZA de efectivizacion de la transferencia del Programa de Complementacion Alimentaria ­ PCA a los Gobiernos Locales Distritales de Lurin y Brena y autorizan su atencion para el primer trimestre del ano fiscal 2011 al Programa Nacional de Asistencia Alimentaria ­ PRONAA
DECRETO SUPREMO N° 003- 2011-MIMDES EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que, el articulo 188º de la Constitucion Politica del Peru establece que la descentralizacion es una politica permanente del Estado, de caracter obligatorio, cuyo objetivo es el desarrollo integral del MORDAZA, precisando ademas que el MORDAZA de descentralizacion se realiza por etapas, en forma progresiva y ordenada conforme a criterios que permitan una adecuada asignacion de competencias y transferencia de recursos del Gobierno Nacional a los Gobiernos Regionales y Locales; Que, la MORDAZA Disposicion Complementaria de la Ley 27783 ­ Ley de Bases de la Descentralizacion, dispone que a partir del ejercicio fiscal 2003, se inicia la transferencia a los Gobiernos Regionales y Locales, segun corresponda, de los programas sociales de lucha contra la pobreza y los proyectos de inversion e infraestructura productiva de alcance regional, en funcion de las capacidades de gestion de cada gobierno subnacional, facultando al Poder Ejecutivo para realizar todas las acciones administrativas, presupuestarias y financieras necesarias en relacion a los pliegos y unidades ejecutoras de los programas y proyectos objeto de transferencia; Que, la MORDAZA Disposicion Transitoria de la Ley 27783 ­ Ley de Bases de la Descentralizacion, preve que las transferencias de funciones, programas y organismos del Gobierno Nacional hacia los Gobiernos Regionales y Locales comprenden el personal, el acervo documentario y los recursos presupuestales correspondientes, que se encuentren directamente vinculados al ejercicio o desarrollo de las funciones o servicios transferidos, incluyendo la titularidad o dominio de los bienes respectivos, anadiendo que las transferencias de recursos seran aprobadas por Decreto Supremo con el MORDAZA aprobatorio del Consejo de Ministros; Que, conforme al articulo 5º y al numeral 2 del inciso a) del articulo 6º de la Ley 28273 ­ Ley del Sistema de Acreditacion de los Gobiernos Regionales y Locales, el Gobierno Nacional, representado por sus Sectores, es responsable de transferir competencias, funciones, atribuciones y recursos; Que, mediante Decreto Supremo 052-2005PCM, se aprobo el "Plan Anual de Transferencia de Competencias Sectoriales a los Gobiernos Regionales y Locales del ano 2005", cuyo Anexo, en su Acapite B: Transferencia de fondos y proyectos sociales, programas sociales de lucha contra la pobreza y proyectos de inversion de infraestructura productiva de alcance regional, sujetas a mecanismos de verificacion, dispuso, en lo relativo al Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social ­ MIMDES, que con relacion a la transferencia del Programa de Complementacion Alimentaria ­ PCA del Programa Nacional de Asistencia Alimentaria ­ PRONAA, para el caso de MORDAZA Metropolitana, se definiria un mecanismo especial con participacion de la Municipalidad Metropolitana y las Municipalidades Distritales de dicha jurisdiccion; Que, mediante Decreto Supremo 036-2007-PCM, se aprobo el "Plan Anual de Transferencia de Competencias Sectoriales a los Gobiernos Regionales y Locales del ano

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