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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, miércoles 16 de marzo de 2011 439048 Civil – Ley Nº 26497, en concordancia con el Reglamento de Organización y Funciones del Registro Nacional de Identifi cación y Estado Civil, aprobado por Resolución Jefatural Nº 855-2010-JNAC/RENIEC, y de conformidad a lo dispuesto en el “Reglamento que establece disposiciones relativas a la publicidad, publicación de Proyectos Normativos y difusión de Normas Legales de Carácter General”, aprobado por Decreto Supremo Nº 001-2009-JUS; SE RESUELVE: Artículo Primero.- DAR POR CONCLUIDA, a partir del 16 de marzo de 2011, la designación de la señora ANA MAGDELYN CASTILLO ARANSAENZ, en el cargo de confianza de Asesora II de la Jefatura Nacional del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil, dándosele las gracias por los servicios prestados. Artículo Segundo.- DESIGNAR, a partir del 16 de marzo de 2011, a la señora ANA MAGDELYN CASTILLO ARANSAENZ, en el cargo de confi anza de Secretaria General, asignándole la plaza que corresponda del Cuadro para Asignación de Personal. Artículo Tercero.- Disponer el cumplimiento de la presente Resolución Jefatural a la Gerencia de Recursos Humanos. Regístrese, publíquese y cúmplase. JORGE LUIS YRIVARREN LAZO Jefe Nacional 614824-3 Prorrogan excepcionalmente la vigencia de los DNI caducos o que estén por caducar de los ciudadanos obligados a sufragar en las Elecciones Generales, para la Elección del Presidente de la República y Vicepresidentes, así como de los Congresistas de la República y de los representantes peruanos ante el Parlamento Andino, hasta el 10 de abril de 2011 RESOLUCIÓN JEFATURAL Nº 137-2011-JNAC/RENIEC Lima, 15 de marzo de 2011 VISTOS: El Decreto Supremo N° 105-2010-PCM, publicado en el Diario Ofi cial El Peruano el 05DIC2010, la Resolución N° 020-2011-JNE (20ENE2011), emitida por el Jurado Nacional de Elecciones, el Ofi cio Nº 000872- 2011/GOR/RENIEC (07MAR2011), de la Gerencia de Operaciones Registrales, el Informe N° 000032-2011/ GOR/SGAE/RENIEC (04MAR2011), de la Sub Gerencia de Actividades Electorales y el Informe N° 000539-2011/ GAJ/RENIEC (09MAR2011), elaborado por la Gerencia de Asesoría Jurídica; CONSIDERANDO: Que, el Registro Nacional de Identifi cación y Estado Civil es un organismo constitucionalmente autónomo encargado de organizar y actualizar el Registro Único de Identifi cación de las Personas Naturales e inscribir los hechos y actos relativos a su capacidad y estado civil; Que, mediante Decreto Supremo N° 105-2010-PCM, publicado en el Diario Ofi cial El Peruano el 05DIC2010, se convocó a Elecciones Generales el día domingo 10 de abril de 2011, para la elección del Presidente de la República y Vicepresidentes, así como de los Congresistas de la República y de los representantes peruanos ante el Parlamento Andino; Que, a través de la Resolución N° 020-2011-JNE (20ENE2011), el Jurado Nacional de Elecciones aprobó el uso del Padrón Electoral elaborado por el Registro Nacional de Identificación y Estado Civil (RENIEC), para el proceso de Elecciones Generales del año 2011, para la elección del Presidente de la República y Vicepresidentes, así como de los Congresistas de la República y de los representantes peruanos ante el Parlamento Andino, que cuenta con 19’949,915 electores en total; Que, para tal efecto, los ciudadanos obligados a sufragar en las Elecciones Generales, para la elección del Presidente de la República y Vicepresidentes, así como de los Congresistas de la República y de los representantes peruanos ante el Parlamento Andino, deben emplear su Documento Nacional de Identidad, dada su condición de único título para el ejercicio del derecho al sufragio, conforme a lo dispuesto por el Artículo 26º de la Ley Nº 26497, Ley Orgánica del RENIEC y el Artículo 88º del Reglamento de lnscripciones del RENIEC, aprobado por Decreto Supremo Nº 015-98-PCM; Que, de acuerdo a lo establecido por el Artículo 37º de la acotada Ley, el Documento Nacional de Identidad tiene una vigencia de ocho años, en tanto no concurran las circunstancias que tal disposición precisa, a cuyo vencimiento debe ser renovado de acuerdo a lo preceptuado en el Artículo 95º del Reglamento de Inscripciones del RENIEC, el cual señala que el Documento Nacional de Identidad que no sea renovado perderá su vigencia, no pudiendo realizar su titular, ninguno de los actos establecidos en el Artículo 84º del mencionado Reglamento, entre los cuales se encuentra el ejercicio del sufragio; Que, la situación expuesta podría limitar la participación de los ciudadanos en las Elecciones Generales, para la elección del Presidente de la República y Vicepresidentes, así como de los Congresistas de la República y de los representantes peruanos ante el Parlamento Andino, resultando necesario establecer lineamientos para privilegiar el ejercicio del derecho constitucional al sufragio y a la participación ciudadana contenidos en el Artículo 31º de la Constitución Política del Perú; Que, la presente Resolución debe ser puesta a conocimiento de la ciudadanía, a través de la correspondiente publicación; Estando a lo dispuesto por la Ley N° 26497, Ley Orgánica del RENIEC, el Reglamento de Inscripciones del RENIEC, aprobado por Decreto Supremo Nº 015- 98-PCM, el Reglamento de Organización y Funciones del RENIEC, aprobado con Resolución Jefatural Nº 855- 2010-JNAC/RENIEC (29SET2010) y el Decreto Supremo N° 001-2009-JUS; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Prorrogar excepcionalmente la vigencia de los DNI caducos, o que estén por caducar de los ciudadanos obligados a sufragar en las Elecciones Generales, para la elección del Presidente de la República y Vicepresidentes, así como de los Congresistas de la República y de los representantes peruanos ante el Parlamento Andino, hasta el domingo 10 de abril de 2011. Artículo Segundo.- Precisar que dicha prórroga sólo surtirá efectos para el ejercicio del derecho constitucional al sufragio. Artículo Tercero.- Poner en conocimiento del Jurado Nacional de Elecciones y de la Ofi cina Nacional de Procesos Electorales, el texto de la presente Resolución Jefatural. Regístrese, publíquese y cúmplase. JORGE LUIS YRIVARREN LAZO Jefe Nacional 614824-4