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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, miércoles 16 de marzo de 2011 439037 3. Las Juntas Obligatorias de Accionistas de las Empresas se deberán llevar a cabo como máximo hasta el día 22 de marzo de cada año. 4. (...) 5. (...) 6. (...) 7. (...) 614018-1 INSTITUTO NACIONAL PENITENCIARIO Declaran al Establecimiento Penitenciario Modelo de Ancón II - Segundo Manuel Vásquez Coronado, de la Oficina Regional Lima, dentro de los alcances del D.S. Nº 15-94-JUS y su modificatoria por el D.S. Nº 002-99-JUS RESOLUCIÓN PRESIDENCIAL INSTITUTO NACIONAL PENITENCIARIO Nº 227-2011-INPE/P Lima, 11 de marzo de 2011 CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Supremo Nº 15-94-JUS se declaró como Zona Reservada las áreas donde funcionan los Establecimientos Penitenciarios y sus Dependencias conexas y, mediante Decreto Supremo Nº 002-99-JUS se modifi có el artículo segundo del citado dispositivo legal, a fi n de comprender un área territorial intangible paralela al límite del terreno donde se encuentran ubicados los Establecimientos Penitenciarios, en una extensión de doscientos (200) metros a su alrededor, con prohibición expresa de construir viviendas u otro tipo de edifi caciones dentro de ese perímetro; Que, los citados dispositivos legales establecen que se debe declarar como Zona Reservada los Establecimientos Penitenciarios que albergan a internos por delitos de terrorismo, traición a la patria, tráfi co ilícito de drogas y otros delitos graves, a fi n de evitar fugas masivas, mediante la modalidad de construcción de túneles hacia zonas adyacentes; Que, cabe resaltar que el Establecimiento Penitenciario Modelo de Ancón II – Segundo Manuel Vásquez Coronado, de la Ofi cina Regional Lima alberga internos de máxima peligrosidad por los delitos de Homicidio, Robo Agravado, Tráfi co Ilícito de Drogas y otros que revisten gravedad y que están considerados en los referidos Decretos Supremos, por lo que corresponde emitir el acto administrativo por el que se declare como Zona Reservada a dicho centro penitenciario, a fi n de evitar fugas masivas mediante la modalidad de construcción de túneles hacia zonas adyacentes, así como para optimizar las condiciones de seguridad que garanticen el normal desarrollo del régimen penitenciario; Que, a fi n de evitar que personas se acerquen al perímetro de seguridad y en salvaguarda de los intereses de la institución resulta pertinente que se declare dicho recinto penitenciario dentro de los alcances del Decreto Supremo Nº 15-94-JUS y su modifi catoria Decreto Supremo Nº 002-99-JUS; Contando con la visación de la Secretaría General y la Ofi cina de Asesoría Jurídica, y; De conformidad con el Decreto Legislativo Nº 654, Decretos Supremos Nº 15-94-JUS y Nº 002-99-JUS, Decreto Supremo Nº 009-2007-JUS, y Resolución Suprema Nº 178-2010-JUS; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Declarar al Establecimiento Penitenciario Modelo de Ancón II – Segundo Manuel Vásquez Coronado, de la Ofi cina Regional Lima, dentro de los alcances del Decreto Supremo Nº 15-94-JUS y su modifi catoria por el Decreto Supremo Nº 002-99-JUS, por lo expuesto en la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo 2º.- Comprender un área territorial intangible paralela al límite del terreno del Establecimiento Penitenciario Modelo de Ancón II – Segundo Manuel Vásquez Coronado, de la Ofi cina Regional Lima, en una extensión de doscientos (200) metros a su alrededor, con prohibición expresa de construir viviendas u otro tipo de edifi caciones dentro de ese perímetro. Artículo 3º.- Remitir copia de la presente Resolución a Ofi cina Regional Lima e instancias pertinentes para su conocimiento y fi nes. Regístrese, comuníquese y publíquese. WILSON E. HERNANDEZ SILVA Presidente 614791-1 ORGANISMO DE FORMALIZACIÓN DE LA PROPIEDAD INFORMAL Dan por concluida designación de Jefe de la Oficina Zonal de Junín de COFOPRI RESOLUCIÓN DIRECTORAL N° 044 -2011-COFOPRI/DE Lima, 14 de marzo de 2011 CONSIDERANDO: Que, en aplicación de la Ley N° 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos, mediante Resolución Ministerial o Resolución del Titular en la Entidad que corresponda, se acepta la renuncia o se dispone una nueva designación o nombramiento de los actuales funcionarios con cargo de confi anza no contemplados en el Artículo 1º de esa Ley; Que, de conformidad con el artículo 9º, concordado con el literal i) del artículo 10° del Reglamento de Organización y Funciones del Organismo de Formalización de la Propiedad Informal – COFOPRI, aprobado por Decreto Supremo N° 025-2007-VIVIENDA, el Director Ejecutivo es el Titular de la Entidad, quien tiene la potestad de designar y cesar a los empleados de confi anza, de conformidad con la legislación vigente; Que, mediante Resolución Directoral Nº 020-2011- COFOPRI/DE se designó al señor Guillman Efrén Muñoz Olivares como Jefe de la Ofi cina Zonal de Junín del Organismo de Formalización de la Propiedad Informal – COFOPRI; Que, se ha visto por conveniente dar por concluida la designación efectuada por Resolución Directoral Nº 020- 2011-COFOPRI/DE; De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 27594, y el Reglamento de Organización y Funciones de COFOPRI; Con el visado de la Secretaría General y la Ofi cina de Asesoría Jurídica de COFOPRI; SE RESUELVE: Artículo Único.- Dar por concluida la designación del señor Guillman Efrén Muñoz Olivares en el cargo de Jefe de la Ofi cina Zonal de Junín del Organismo de Formalización de la Propiedad Informal – COFOPRI, dándosele las gracias por los servicios prestados. Regístrese, comuníquese y publíquese. FREDY HERNAN HINOJOSA ANGULO Director Ejecutivo Organismo de Formalización de la Propiedad Informal -COFOPRI 614821-1