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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 18 de marzo de 2011 439175 SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aprobar el Sistema Constructivo No Convencional denominado “EVG-3D” presentado por la empresa EVG ENTWICKLUNGS - UND VERWERTUNGS GESELLSCHAFT M.B.H, el mismo que será utilizado conforme y con las limitaciones establecidas en la Memoria Descriptiva del Expediente Técnico, que forma parte integrante de la presente Resolución. Artículo 2º.- La altura de las edifi caciones que se construyan aplicando el mencionado Sistema, está limitado a dos (2) pisos. Artículo 3º.- Publíquese el Sistema Constructivo No Convencional denominado “EVG-3D”, en el Portal Electrónico del Servicio Nacional de Capacitación para la Industria de la Construcción - SENCICO (www.sencico. gob.pe), en la fecha de publicación de la presente Resolución Ministerial en el Diario Ofi cial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese. JUAN SARMIENTO SOTO Ministro de Vivienda, Construcción y Saneamiento 615695-1 ORGANISMOS EJECUTORES ARCHIVO GENERAL DE LA NACION Suspenden atención al público en la Dirección de Archivo Colonial y en la Dirección de Archivo Republicano RESOLUCIÓN JEFATURAL Nº 092-2011-AGN/J Lima, 7 de marzo de 2011 CONSIDERANDO: Que, según lo dispuesto por el Decreto Ley Nº 19414, Ley de defensa, conservación e incremento del Patrimonio Documental de la Nación, y por el Decreto Legislativo Nº 120, Ley de Archivo General de la Nación, el Archivo General de la Nación es el organismo encargado de la defensa, conservación e incremento del Patrimonio Cultural de la Nación; Que, de acuerdo con lo establecido por la Ley Nº 25323, el Archivo General de la Nación es el órgano rector y central del Sistema Nacional de Archivos; Que, la Ley Nº 28296, Ley General de Patrimonio Documental de la Nación, el Archivo General de la Nación es uno de los organismos competentes del Estado encargado de registrar, declarar y proteger el Patrimonio Cultural de la Nación dentro del ámbito de su competencia; Que, estando a lo señalado en la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, y en la Ley Nº 29565, Ley de creación del Ministerio de Cultura, el Archivo General de la Nación es un organismo público ejecutor adscrito al Ministerio de Cultura; Que, los incisos 1 y 3 del artículo 7º del Reglamento de Organización y Funciones del Archivo General de la Nación, aprobado por Resolución Ministerial Nº 197- 93-JUS, establece que el Jefe del Archivo General de la Nación propone, dirige y evalúa la política archivística nacional, así como dirige y controla las actividades del Archivo General de la Nación y ejerce su representación; Que, habiéndose producido en los últimos dos meses importantes incautaciones y recuperación de manuscritos de los siglos XVII al XIX (en acción conjunta con el Ministerio de Cultura y la Superintendencia Nacional de Administración Tributaria) y existiendo denuncias, incluso periodísticas, hechas principalmente entre los años 2006 y 2009, sobre deterioro sistemático, mutilación y sustracción de documentación de nuestros fondos históricos; la Jefatura Institucional, en uso de sus atribuciones, ha decidido aplicar un conjunto de medidas de emergencia en el Archivo General de la Nación, en salvaguarda del Patrimonio Documental y Cultural de la Nación; De conformidad con el Decreto Ley Nº 19414, el Decreto Legislativo Nº 120, la Ley Nº 25323, la Ley Nº 28296 y el Reglamento de Organización y Funciones del Archivo General de la Nación, aprobado por Resolución Ministerial Nº 197-93-JUS; Con los visados de la Dirección Nacional de Desarrollo Archivístico y Archivo Intermedio, la Dirección Nacional de Archivo Histórico y la Ofi cina General de Asesoría Jurídica; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Suspender la atención al público, por un plazo de 90 días, a partir del 4 de marzo del presente año, en la Dirección de Archivo Colonial y en la Dirección de Archivo Republicano, a fi n de emitir un claro diagnóstico situacional sobre los fondos documentales que estas custodian, sus instrumentos descriptivos, las condiciones de seguridad y tecnológicas mínimas necesarias para la conservación del Patrimonio Documental y Cultural de la Nación. Artículo Segundo.- Suspender, también por 90 días, las funciones referidas al asesoramiento y supervisión a los archivos integrantes del Sistema Nacional de Archivos. Queda entendido que, no obstante ello, continúa rigiendo para las entidades públicas la prohibición de eliminación documental que expresamente les exige la Ley. Artículo Tercero.- La Dirección Nacional de Archivo Histórico informará, de manera mensual, respecto del avance del diagnóstico situacional de los fondos documentales que custodian la Dirección de Archivo Colonial y la Dirección de Archivo Republicano, así como acerca del avance en la elaboración de los instrumentos descriptivos. Artículo Cuarto.- La Dirección Nacional de Desarrollo Archivístico y Archivo Intermedio informará, de manera mensual, respecto del plan de trabajo de la Dirección de Normas Archivísticas en lo relativo a la expedición de directivas que contribuyan a la seguridad, mejor conservación y aplicación de tecnologías actuales del Patrimonio Documental y Cultural de la Nación que se conservan en los repositorios del Archivo General de la Nación y de los demás Archivos Históricos integrantes del Sistema Nacional de Archivos. Regístrese, comuníquese y cúmplase. JOSEPH DAGER ALVA Jefe Institucional 614938-1 SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE ADMINISTRACION TRIBUTARIA Dejan sin efecto designación de Auxiliar Coactivo de la Intendencia Regional Tacna INTENDENCIA REGIONAL TACNA RESOLUCIÓN DE INTENDENCIA N° 110-024-0000786 Tacna, 16 de marzo de 2011