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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 23 DE MARZO DEL AÑO 2011 (23/03/2011)

CANTIDAD DE PAGINAS: 84

TEXTO PAGINA: 34

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, miércoles 23 de marzo de 2011 439466 Ministerio de Relaciones Exteriores la expedición de la Resolución Suprema que autorice el pago por concepto de membresías para el año 2011 a diversos organismos internacionales; CONSIDERANDO: Que, el artículo 67º, numeral 67.3, de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, autoriza a las entidades del Sector Público a pagar, con cargo a sus respectivos presupuestos, las cuotas del Gobierno peruano a los organismos internacionales de los cuales el Perú es miembro; Que, el pago de cuotas a los diferentes organismos internacionales por parte del Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual (INDECOPI) está previsto en el Anexo B: Cuotas Internacionales-Año Fiscal 2011 de la Ley N° 29626, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2011; Que, es obligación del Perú cumplir con el pago de las cuotas a los organismos internacionales de manera que permitan potenciar la capacidad de negociación en las gestiones diplomáticas y acrecentar el benefi cio de los fl ujos de cooperación y asistencia técnica internacional; Que, en consecuencia, es necesario autorizar el pago de cuotas correspondientes al año 2011, a los diferentes organismos internacionales, con cargo al presupuesto del Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual (INDECOPI); Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar al Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual (INDECOPI) a efectuar el pago por concepto de membresías a los siguientes organismos internacionales: ORGANISMO IMPORTE Comisión Panamericana de Normas Técnicas (COPANT) US$ 1,500.00 Dólares americanos Organismo Internacional de CHF 33,276.00 Francos suizos Normalización (ISO) Cooperación Interamericana de US$ 3,250.00 Dólares americanos Acreditación (IAAC) Foro Internacional de Acreditación (IAF) US$ 1,685.00 Dólares americanos Cooperación Internacional para Acreditación AUD$ 2,007.00 Dólares australianos de Laboratorios (ILAC) Cooperación del Asia Pacífi co para US$ 3,900.00 Dólares americanos la Acreditación de Laboratorios (APLAC) Organización Mundial de la Propiedad CHF 3,204.00 Francos suizos Intelectual (OMPI) Organización Internacional de Metrología EUR 1,340.00 Euros Legal (OIML) Conferencia de Estandarización Nacional de US$ 575.00 Dólares americanos Laboratorios Internacionales (NSCLI) Ofi cina Internacional de Pesos y EUR 13,138.00 Euros Medidas (BIPM) Asociación Internacional de Reguladores UKP 1,000.00 Libras esterlinas de Insolvencia (IAIR) Artículo 2º.- Los gastos que demande lo dispuesto en el artículo precedente, serán fi nanciados con cargo al presupuesto del Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual (INDECOPI). Artículo 3°.- La equivalencia en moneda nacional será establecida según el tipo de cambio vigente a la fecha de pago. Regístrese, comuníquese y publíquese. ALAN GARCÍA PÉREZ Presidente Constitucional de la República JOSÉ ANTONIO GARCÍA BELAÚNDE Ministro de Relaciones Exteriores 618202-17 RESOLUCIÓN SUPREMA N° 079-2011-RE Lima, 22 de marzo de 2011 VISTO: El oficio Nº 341-2011-APN/GG, de fecha 11 de marzo de 2011, de la Autoridad Portuaria Nacional (APN) por el que solicita al Ministerio de Relaciones Exteriores la expedición de la Resolución Suprema que autorice el pago de la cuota correspondiente al año 2011 a la Comisión Interamericana de Puertos de la Organización de los Estados Americanos (CIP- OEA); CONSIDERANDO: Que, el artículo 67º, numeral 67.3, de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, autoriza a las entidades del Sector Público a pagar, con cargo a sus respectivos presupuestos, las cuotas del Gobierno peruano a los organismos internacionales de los cuales el Perú es miembro; Que, el pago de la cuota a la Comisión Interamericana de Puertos de la Organización de los Estados Americanos (CIP-OEA) por parte de la Autoridad Portuaria Nacional (APN) está previsto en el Anexo B: Cuotas Internacionales- Año Fiscal 2011 de la Ley N° 29626, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2011; Que, es obligación del Perú cumplir con el pago de las cuotas a los organismos internacionales de manera que permitan potenciar la capacidad de negociación en las gestiones diplomáticas y acrecentar el benefi cio de los fl ujos de cooperación y asistencia técnica internacional; Que, en consecuencia, es necesario autorizar el pago de la cuota correspondiente al año 2011 al mencionado organismo internacional, con cargo al presupuesto de la Autoridad Portuaria Nacional (APN); Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar a la Autoridad Portuaria Nacional (APN) a efectuar el pago de US$ 6,030.00 (Seis Mil Treinta y 00/100 Dólares de los Estados Unidos de América), a la Comisión Interamericana de Puertos de la Organización de los Estados Americanos (CIP-OEA), correspondiente al pago de la cuota del año 2011. Artículo 2º.- Los gastos que demande lo dispuesto en el artículo precedente, serán fi nanciados con cargo al presupuesto de la Autoridad Portuaria Nacional (APN). Artículo 3°.- La equivalencia en moneda nacional será establecida según el tipo de cambio vigente a la fecha de pago. Regístrese, comuníquese y publíquese. ALAN GARCÍA PÉREZ Presidente Constitucional de la República JOSÉ ANTONIO GARCÍA BELAÚNDE Ministro de Relaciones Exteriores 618202-18