Norma Legal Oficial del día 23 de marzo del año 2011 (23/03/2011)


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TEXTO DE LA PÁGINA 34

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, miercoles 23 de marzo de 2011

Ministerio de Relaciones Exteriores la expedicion de la Resolucion Suprema que autorice el pago por concepto de membresias para el ano 2011 a diversos organismos internacionales; CONSIDERANDO: Que, el articulo 67º, numeral 67.3, de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, autoriza a las entidades del Sector Publico a pagar, con cargo a sus respectivos presupuestos, las cuotas del Gobierno peruano a los organismos internacionales de los cuales el Peru es miembro; Que, el pago de cuotas a los diferentes organismos internacionales por parte del Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Proteccion de la Propiedad Intelectual (INDECOPI) esta previsto en el Anexo B: Cuotas Internacionales-Ano Fiscal 2011 de la Ley N° 29626, Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2011; Que, es obligacion del Peru cumplir con el pago de las cuotas a los organismos internacionales de manera que permitan potenciar la capacidad de negociacion en las gestiones diplomaticas y acrecentar el beneficio de los flujos de cooperacion y asistencia tecnica internacional; Que, en consecuencia, es necesario autorizar el pago de cuotas correspondientes al ano 2011, a los diferentes organismos internacionales, con cargo al presupuesto del Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Proteccion de la Propiedad Intelectual (INDECOPI); Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar al Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Proteccion de la Propiedad Intelectual (INDECOPI) a efectuar el pago por concepto de membresias a los siguientes organismos internacionales:
ORGANISMO Comision Panamericana de Normas Tecnicas (COPANT) Organismo Internacional de Normalizacion (ISO) Cooperacion Interamericana de Acreditacion (IAAC) Foro Internacional de Acreditacion (IAF) Cooperacion Internacional para Acreditacion de Laboratorios (ILAC) Cooperacion del MORDAZA MORDAZA para la Acreditacion de Laboratorios (APLAC) Organizacion Mundial de la Propiedad Intelectual (OMPI) Organizacion Internacional de Metrologia Legal (OIML) Conferencia de Estandarizacion Nacional de Laboratorios Internacionales (NSCLI) Oficina Internacional de Pesos y Medidas (BIPM) Asociacion Internacional de Reguladores de Insolvencia (IAIR) IMPORTE

Articulo 3°.- La equivalencia en moneda nacional sera establecida segun el MORDAZA de cambio vigente a la fecha de pago. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA MORDAZA BELAUNDE Ministro de Relaciones Exteriores
618202-17 RESOLUCION SUPREMA N° 079-2011-RE

MORDAZA, 22 de marzo de 2011 VISTO: El oficio Nº 341-2011-APN/GG, de fecha 11 de marzo de 2011, de la Autoridad Portuaria Nacional (APN) por el que solicita al Ministerio de Relaciones Exteriores la expedicion de la Resolucion Suprema que autorice el pago de la cuota correspondiente al ano 2011 a la Comision Interamericana de Puertos de la Organizacion de los Estados Americanos (CIPOEA); CONSIDERANDO: Que, el articulo 67º, numeral 67.3, de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, autoriza a las entidades del Sector Publico a pagar, con cargo a sus respectivos presupuestos, las cuotas del Gobierno peruano a los organismos internacionales de los cuales el Peru es miembro; Que, el pago de la cuota a la Comision Interamericana de Puertos de la Organizacion de los Estados Americanos (CIP-OEA) por parte de la Autoridad Portuaria Nacional (APN) esta previsto en el Anexo B: Cuotas InternacionalesAno Fiscal 2011 de la Ley N° 29626, Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2011; Que, es obligacion del Peru cumplir con el pago de las cuotas a los organismos internacionales de manera que permitan potenciar la capacidad de negociacion en las gestiones diplomaticas y acrecentar el beneficio de los flujos de cooperacion y asistencia tecnica internacional; Que, en consecuencia, es necesario autorizar el pago de la cuota correspondiente al ano 2011 al mencionado organismo internacional, con cargo al presupuesto de la Autoridad Portuaria Nacional (APN); Estando a lo acordado; SE RESUELVE:

US$ CHF

1,500.00

Dolares americanos

33,276.00 Francos suizos

US$

3,250.00 Dolares americanos

US$ AUD$

1,685.00 Dolares americanos 2,007.00 Dolares australianos

US$

3,900.00 Dolares americanos

CHF

3,204.00 Francos suizos

EUR

1,340.00 Euros

US$

575.00 Dolares americanos

EUR

13,138.00 Euros

Articulo 1º.- Autorizar a la Autoridad Portuaria Nacional (APN) a efectuar el pago de US$ 6,030.00 (Seis Mil Treinta y 00/100 Dolares de los Estados Unidos de America), a la Comision Interamericana de Puertos de la Organizacion de los Estados Americanos (CIP-OEA), correspondiente al pago de la cuota del ano 2011. Articulo 2º.- Los gastos que demande lo dispuesto en el articulo precedente, seran financiados con cargo al presupuesto de la Autoridad Portuaria Nacional (APN). Articulo 3°.- La equivalencia en moneda nacional sera establecida segun el MORDAZA de cambio vigente a la fecha de pago. Registrese, comuniquese y publiquese.

UKP

1,000.00 Libras esterlinas

MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA MORDAZA BELAUNDE Ministro de Relaciones Exteriores
618202-18

Articulo 2º.- Los gastos que demande lo dispuesto en el articulo precedente, seran financiados con cargo al presupuesto del Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Proteccion de la Propiedad Intelectual (INDECOPI).

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