Norma Legal Oficial del día 23 de marzo del año 2011 (23/03/2011)


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TEXTO DE LA PÁGINA 18

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, miercoles 23 de marzo de 2011

Vistas las solicitudes de conmutacion de la pena, presentadas por internos extranjeros de diversos Establecimientos Penitenciarios del MORDAZA, con recomendacion favorable de la Comision de MORDAZA Presidenciales; CONSIDERANDO: Que, por las condiciones de progresion en el tratamiento penitenciario de los internos solicitantes, corroboradas con los informes emitidos por los profesionales competentes, con los certificados de estudios y/o trabajo respectivos y con los requisitos establecidos en el articulo 26° de la Resolucion Ministerial N° 162-2010-JUS, resulta pertinente otorgar la MORDAZA de conmutacion de la pena; De conformidad con el Decreto Supremo N° 0082010-JUS MORDAZA de creacion de la Comision de MORDAZA Presidenciales, la Resolucion Ministerial N°162-2010JUS, que aprueba el Reglamento de la Comision de MORDAZA Presidenciales y los incisos 8) y 21) del articulo 118° de la Constitucion Politica del Peru; corresponde al Presidente de la Republica dictar resoluciones, conceder indultos y conmutar penas; Que, los solicitantes extranjeros han sido condenados a pena privativa de MORDAZA por las instancias judiciales, siendo su situacion migratoria actual irregular, por lo que corresponde su expulsion del territorio nacional de conformidad con lo dispuesto por los articulos 60º y 64º numeral 2) y el articulo 66º del Decreto Legislativo Nº 703, Ley de Extranjeria; Que, mediante documento oficial enviado por las embajadas correspondientes, se garantiza la salida del Peru de los solicitantes a sus paises de origen; SE RESUELVE: Articulo Primero.- Conceder la MORDAZA de conmutacion de la pena a los internos extranjeros sentenciados quienes se encuentran recluidos en los diferentes Establecimientos Penitenciarios de la Republica: ESTABLECIMIENTO PENITENCIARIO DEL CALLAO 1. MORDAZA ARREDONDO, MORDAZA MORDAZA, conmutarle de 10 anos a 04 anos 07 meses de pena privativa de libertad; la que vencera el 19 de MORDAZA de 2011. 2. MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA, conmutarle de 08 anos a 04 anos de pena privativa de libertad; la que vencera el 08 de marzo de 2013. ESTABLECIMIENTO PENITENCIARIO DE CHORRILLOS II 3. TROUWLOON SIDNAYLICE, AMELY o SIDNAYLICE AMELY, TROUWLOON, conmutarle de 11 anos a 04 anos de pena privativa de libertad; la que vencera el 29 de noviembre de 2011. ESTABLECIMIENTO PENITENCIARIO DE MORDAZA 4. KARMINSKA MORDAZA o MORDAZA KARMINSKA o MORDAZA KARMISKA, conmutarle de 15 anos a 05 anos 10 meses de pena privativa de libertad; la que vencera el 22 de diciembre de 2012. ESTABLECIMIENTO PENITENCIARIO DE CUZCO 5. CALVO MORDAZA, MORDAZA, conmutarle de 08 anos a 03 anos 05 meses de pena privativa de libertad; la que vencera el 04 de marzo de 2013. ESTABLECIMIENTO PENITENCIARIO DE TACNA 6. PORCEL LAZCANO, MORDAZA ALFONZO o PORCEL LAZCANO, MORDAZA MORDAZA, conmutarle

de 12 anos a 05 anos 04 meses de pena privativa de libertad; la que vencera el 05 de MORDAZA de 2011. Articulo Segundo.- Expulsar del territorio nacional a los internos extranjeros comprendidos en la presente Resolucion, quedando impedidos de ingresar nuevamente al pais. Articulo Tercero.- Otorgar el plazo improrrogable de treinta (30) dias contados a partir del momento en que los solicitantes recuperen su MORDAZA, para que cumplan con abandonar el territorio nacional, disponiendo que el Ministerio del Interior ejecute las acciones para el cumplimiento de la presente Resolucion. Articulo Cuarto.- La presente Resolucion Suprema sera refrendada por la Ministra de Justicia. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA DEL MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidenta del Consejo de Ministros y Ministra de Justicia
618202-10

PRODUCE
Declaran improcedentes solicitudes de cambios de titulares de permisos de pesca de embarcaciones pesqueras, presentadas por personas juridica y naturales
RESOLUCION DIRECTORAL Nº 082-2011-PRODUCE/DGEPP

MORDAZA, 11 de febrero del 2011 Visto el escrito de Registro Nº 00090324-2010 de fecha 19 noviembre del 2010, presentado por la empresa PROCESADORA DE PRODUCTOS MARINOS S.A.; y, CONSIDERANDO: Que, el articulo 34° del Reglamento de la Ley General de Pesca aprobado por Decreto Supremo Nº 0122001-PE, modificado por el Decreto Supremo Nº 0152007-PRODUCE, establece que el permiso de pesca es indesligable de la embarcacion pesquera a la que corresponde. La transferencia de la propiedad o posesion de las embarcaciones pesqueras de bandera nacional durante la vigencia del permiso de pesca conlleva la transferencia de dicho permiso en los mismos terminos y condiciones en que se otorgaron; Que, mediante Resolucion Ministerial N° 101-95PE de fecha 27 de febrero de 1995, se otorgo, entre otras, a PESQUERA EL MORDAZA E.I.R.L., permiso de pesca a plazo determinado para operar la embarcacion pesquera de bandera nacional denominada MORDAZA MORDAZA III con matricula N° IO-1094-PM de 180 TM de capacidad de bodega, equipada con redes de cerco de ½ pulgada (13 mm) de longitud minima de abertura de malla, para la extraccion de recursos hidrobiologicos con destino al consumo humano indirecto, en el ambito del litoral peruano y fuera de las cinco (5) millas de la costa; Que, mediante Resolucion Directoral Nº 009-2006PRODUCE/DNEPP del 09 de enero del 2006, se aprobo a favor de EMPRESA PESQUERA LOBOS DE AFUERA S.A. el cambio del titular del permiso de pesca otorgado a traves de la Resolucion Ministerial N° 101-95-PE, para operar, entre otros, la embarcacion pesquera MORDAZA MORDAZA III de matricula N° IO-1094-PM con 198.41 m3

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