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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 23 DE MARZO DEL AÑO 2011 (23/03/2011)

CANTIDAD DE PAGINAS: 84

TEXTO PAGINA: 17

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, miércoles 23 de marzo de 2011 439449 FE DE ERRATAS RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 116-2011-MEM/DM Mediante Ofi cio Nº 516-2011-MEM/SEG, el Ministerio de Energía y Minas solicita se publique Fe de Erratas de la Resolución Ministerial Nº 116-2011-MEM/DM, publicada en nuestra edición del día 12 de marzo de 2011. - En el artículo 2º; DICE: Artículo 2º.- “..., en el tramo T77 – T81, ubicado en el distrito de El Agustino...”. DEBE DECIR: Artículo 2º.- “..., en el tramo T77 – T81, ubicado en los distritos de San Luis, Ate, El Agustino y Santa Anita,...”. 617410-1 INTERIOR Designan Director Ejecutivo de la Dirección General de Migraciones y Naturalización RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 0312-2011-IN Lima, 22 de marzo de 2011 CONSIDERANDO: Que, se encuentra vacante el cargo público de confi anza de Director Ejecutivo de la Dirección General de Migraciones y Naturalización del Ministerio del Interior, Director de Sistema Administrativo III, Nivel F-4; Que, se ha visto por conveniente designar al funcionario que ocupará dicho cargo de confi anza; De conformidad con lo dispuesto por la Ley Nº 29158 - Ley del Poder Ejecutivo, Ley Nº 27594 - Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el Nombramiento y Designación de Funcionarios Públicos, la Ley Nº 29334 - Ley de Organización y Funciones del Ministerio del Interior y el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio del Interior, aprobado por Decreto Supremo Nº 004-2005-IN. SE RESUELVE: Artículo Único.- Designar al señor Abogado Fernando Ramiro Pinto Hinojosa, en el cargo público de confianza de Director Ejecutivo de la Dirección General de Migraciones y Naturalización del Ministerio del Interior, Director de Sistema Administrativo III, Nivel F-4. Regístrese, comuníquese y publíquese. E. MIGUEL HIDALGO MEDINA Ministro del Interior 618200-1 JUSTICIA Conceden la gracia de conmutación de la pena a internos extranjeros sentenciados, recluidos en diversos Establecimientos Penitenciarios de la República RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 063-2011-JUS Lima, 22 de marzo de 2011 FE DE ERRATAS Se comunica a las entidades que conforman el Poder Legislativo, Poder Ejecutivo, Poder Judicial, Organismos constitucionales autónomos, Organismos Públicos, Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales, que conforme a la Ley Nº 26889 y el Decreto Supremo Nº 025-99-PCM, para efecto de la publicación de Fe de Erratas de las Normas Legales, deberán tener en cuenta lo siguiente: 1. La solicitud de publicación de Fe de Erratas deberá presentarse dentro de los 8 (ocho) días útiles siguientes a la publicación original. En caso contrario, la rectifi cación sólo procederá mediante la expedición de otra norma de rango equivalente o superior. 2. Sólo podrá publicarse una única Fe de Erratas por cada norma legal por lo que se recomienda revisar debidamente el dispositivo legal antes de remitir su solicitud de publicación de Fe de Erratas. 3. La Fe de Erratas señalará con precisión el fragmento pertinente de la versión publicada bajo el título “Dice” y a continuación la versión rectifi cada del mismo fragmento bajo el título “Debe Decir”; en tal sentido, de existir más de un error material, cada uno deberá seguir este orden antes de consignar el siguiente error a rectifi carse. LA DIRECCIÓN DIARIO OFICIAL