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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 23 DE MARZO DEL AÑO 2011 (23/03/2011)

CANTIDAD DE PAGINAS: 84

TEXTO PAGINA: 32

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, miércoles 23 de marzo de 2011 439464 RELACIONES EXTERIORES Delegan facultades para la suscripción del “Protocolo de Nagoya sobre Acceso a los Recursos Genéticos y Participación Justa y Equitativa en los Beneficios que se Deriven de su Utilización al Convenio sobre la Diversidad Biológica” RESOLUCIÓN SUPREMA N° 073-2011-RE Lima, 22 de marzo de 2011 Visto el Memorándum (DGM) Nro. DGM0211/2011 de 09 de marzo de 2011 de la Dirección General para Asuntos Multilaterales y Globales del Ministerio de Relaciones Exteriores; Debiéndose suscribir el “Protocolo de Nagoya sobre Acceso a los Recursos Genéticos y Participación Justa y Equitativa en los Benefi cios que se Deriven de su Utilización al Convenio sobre la Diversidad Biológica”; De conformidad con lo establecido en el artículo 5.6 de la Ley Nº 29357 de 13 de mayo de 2009, y el Decreto Supremo Nro. 031-2007-RE de 22 de mayo de 2007; Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Delegar en la persona del señor Embajador Gonzalo Gutiérrez Reinel, Representante Permanente del Perú ante la Organización de las Naciones Unidas, las facultades suficientes para que suscriba el “Protocolo de Nagoya sobre Acceso a los Recursos Genéticos y Participación Justa y Equitativa en los Beneficios que se Deriven de su Utilización al Convenio sobre la Diversidad Biológica”. Artículo 2º.- Extender los Plenos Poderes correspondientes al señor Embajador Gonzalo Gutiérrez Reinel, Representante Permanente del Perú ante la Organización de las Naciones Unidas. Regístrese, comuníquese y publíquese. ALAN GARCÍA PÉREZ Presidente Constitucional de la República JOSÉ ANTONIO GARCÍA BELAÚNDE Ministro de Relaciones Exteriores 618202-12 Delegan facultades para la suscripción del “Protocolo Suplementario de Nagoya – Kuala Lumpur sobre Responsabilidad y Compensación al Protocolo de Cartagena sobre Bioseguridad” RESOLUCIÓN SUPREMA N° 074-2011-RE Lima, 22 de marzo de 2011 Visto el Memorándum (DGM) Nro. DGM0211/2011 de 09 de marzo de 2011 de la Dirección General para Asuntos Multilaterales y Globales del Ministerio de Relaciones Exteriores; Debiéndose suscribir el “Protocolo Suplementario de Nagoya – Kuala Lumpur sobre Responsabilidad y Compensación al Protocolo de Cartagena sobre Bioseguridad”; De conformidad con lo establecido en el artículo 5.6 de la Ley Nº 29357 de 13 de mayo de 2009, y el Decreto Supremo Nro. 031-2007-RE de 22 de mayo de 2007; Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Delegar en la persona del señor Embajador Gonzalo Gutiérrez Reinel, Representante Permanente del Perú ante la Organización de las Naciones Unidas, las facultades suficientes para que suscriba el “Protocolo Suplementario de Nagoya – Kuala Lumpur sobre Responsabilidad y Compensación al Protocolo de Cartagena sobre Bioseguridad”. Artículo 2º.- Extender los Plenos Poderes correspondientes al señor Embajador Gonzalo Gutiérrez Reinel, Representante Permanente del Perú ante la Organización de las Naciones Unidas. Regístrese, comuníquese y publíquese. ALAN GARCÍA PÉREZ Presidente Constitucional de la República JOSÉ ANTONIO GARCÍA BELAÚNDE Ministro de Relaciones Exteriores 618202-13 Delegan facultades para suscribir el Acuerdo con la Confederación Suiza relativo al “Programa Regional BioAndes” Fase Nº 2 RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 075-2011-RE Lima, 22 de marzo de 2011 Visto el Memorándum (DAE) Nro. DAE0165/2011 de 10 de marzo de 2011 de la Dirección General de Asuntos Económicos del Ministerio de Relaciones Exteriores; Debiéndose suscribir el Acuerdo entre la Confederación Suiza, representada por la Embajada de Suiza – Ofi cina de Cooperación Suiza en el Perú y la República del Perú, representada por el Ministerio de Relaciones Exteriores – Agencia Peruana de Cooperación Internacional (APCI) relativo al “Programa Regional BioAndes” Fase Nº 2 con vigencia del 1 de abril de 2010 al 31 de marzo de 2011; De conformidad con lo establecido en el artículo 5.6 de la Ley Nº 29357 de 13 de mayo de 2009, y el Decreto Supremo Nro. 031-2007-RE de 22 de mayo de 2007; Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Delegar en la persona del señor Licenciado Carlos Marino Hely Pando Sánchez, Director Ejecutivo de la Agencia Peruana de Cooperación Internacional (APCI), las facultades suficientes para que suscriba el Acuerdo entre la Confederación Suiza, representada por la Embajada de Suiza – Oficina de Cooperación Suiza en el Perú y la República del Perú, representada por el Ministerio de Relaciones Exteriores – Agencia Peruana de Cooperación Internacional (APCI) relativo al “Programa Regional BioAndes” Fase Nº 2 con vigencia del 1 de abril de 2010 al 31 de marzo de 2011. Artículo 2º.- Extender los Plenos Poderes correspondientes al señor Licenciado Carlos Marino