Norma Legal Oficial del día 23 de marzo del año 2011 (23/03/2011)


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TEXTO DE LA PÁGINA 31

El Peruano MORDAZA, miercoles 23 de marzo de 2011

NORMAS LEGALES

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aprobado por Decreto Supremo N° 021-2008-PRODUCE, senalando que, en el MORDAZA de los calculos de los Porcentajes Maximos de Captura por Embarcacion (PMCE) y de los Limites Maximos de Captura por Embarcacion (LMCE), el Ministerio de la Produccion considera una reserva de contingencia, la misma que sera utilizada para dar atencion a lo senalado en el numeral 3 del citado articulo 11° que indica: "Cuando lo disponga una resolucion administrativa o judicial firme que implique (i) la modificacion de los PMCE asignados por el Ministerio; (ii) el otorgamiento de un permiso de pesca que se encontraba en tramite por sustitucion de igual capacidad de bodega; (iii) el reconocimiento de un derecho de incremento de flota por sustitucion de igual capacidad de bodega, saldos o cualquier otro derecho otorgado con posterioridad a la aprobacion del Listado de PMCE; o, (iv) la modificacion de un permiso de pesca."; Que, mediante Informe N° 94-2010-PRODUCE/ OGTIE/OE/RJFP, la Oficina General de Tecnologia de la Informacion y Estadistica, remite el calculo del PMCE MORDAZA Norte ­Centro y Sur, de las embarcaciones pesqueras referidas en los considerando precedentes; Que, en atencion a lo manifestado en el Informe N° 94-2010-PRODUCE/OGTIE/OE/RJFP y el Informe N° 057-2009-PRODUCE/OGAJ-jrisi, y ademas considerando que la incorporacion del MORDAZA PMCE para la MORDAZA Norte ­ Centro y Sur de las embarcaciones pesqueras "ANDES 52" y "MARU" en los listados correspondientes, no implica la alteracion o la variacion de los PMCE para las zonas MORDAZA mencionadas, corresponde efectuar las incorporaciones correspondientes al listado de los PMCE de la MORDAZA Norte ­ Centro y Sur y aprobados por las Resoluciones Directorales N° 843-2008-PRODUCE/ DGEPP y N° 376-2009-PRODUCE/DGEPP; Que, con relacion a la Incorporacion al listado de Asignacion de los Limites Maximos de Captura por embarcacion solicitada para la MORDAZA Norte-Centro y Sur, debemos senalar que, no corresponde efectuar dicha incorporacion toda vez que a la fecha no se ha emitido el listado asignando el LMCE correspondiente a la Primera Temporada de pesca 2011; Que, por lo expuesto, y atendiendo a que la empresa CFG INVESTMENT S.A.C. ha cumplido con presentar los requisitos establecidos en el Procedimiento N° 131 del MORDAZA del Ministerio de la Produccion, aprobado por Decreto Supremo N° 012-2009-PRODUCE, que incorpora el mencionado procedimiento al Decreto Supremo N° 008-2009-PRODUCE, sobre la asociacion o incorporacion definitiva del PMCE del recurso anchoveta a otra embarcacion, se considera pertinente incorporar el PMCE de las embarcaciones pesqueras "ANDES 52 " y " MARU " al listado de PMCE correspondiente a la MORDAZA Norte - Centro y Sur, aprobado mediante Resolucion Directoral N° 843-2008-PRODUCE/DGEPP y N° 3762009-PRODUCE/DGEPP, ello de conformidad con lo senalado en el Informe N° 94-2010-PRODUCE/OGTIE/ OE/RJFP; Estando a lo informado por la Direccion de Consumo Humano Indirecto de la Direccion General de Extraccion y Procesamiento Pesquero, mediante el Informe N° 1432011-PRODUCE/DGEPP-Dchi y con la opinion favorable de la instancia legal correspondiente; De conformidad con lo dispuesto por el Decreto Ley N° 25977 ­ Ley General de Pesca, su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo N° 012-2001-PE, sus modificatorias y ampliatorias; el Decreto Legislativo N° 1084 ­ Ley sobre Limite Maximos de Captura por Embarcacion y su Reglamento y modificatorias; y, En uso de las facultades conferidas por el articulo 118° del Reglamento de la Ley General de Pesca aprobado por Decreto Supremo N° 012-2001-PE y el literal d) del articulo 53° del Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de la Produccion, aprobado por Decreto Supremo N° 010-2006-PRODUCE; SE RESUELVE: Articulo 1°.- SUSPENDER durante la vigencia de la Medida de Ordenamiento Pesquero, el permiso de pesca

de la embarcacion "NEPTUNO" de matricula N° CE04524-CM de conformidad con los articulos 17° y 20° del Reglamento del Decreto Legislativo N° 1084 ­ Ley sobre Limites Maximos de Captura por Embarcacion, aprobado por Decreto Supremo N° 021-2008-PRODUCE. Articulo 2°.- Aprobar a favor de la empresa CFG INVESTMENT S.A.C. la incorporacion definitiva del PMCE de la embarcacion pesquera "NEPTUNO" de matricula N° CE-04524-CM a las embarcaciones pesqueras "ANDES 52" de matricula N° CE-29039-PM y "MARU" de matricula N° SE-9970-PM, en consecuencia el Porcentaje MORDAZA por Embarcacion (PMCE) para la MORDAZA Norte-Centro de la embarcacion pesquera "ANDES 52" de matricula N° CE-29039-PM sera de 0,480885 % y de la embarcacion pesquera "MARU" de matricula N° SE-9970-PM sera de 0.417895 %. Articulo 3°.- Aprobar la incorporacion definitiva del Porcentaje MORDAZA por Embarcacion (PMCE) de la embarcacion pesquera "NEPTUNO" de matricula N° CE04524-CM a las embarcaciones pesqueras "ANDES 52" de matricula N° CE-29039-PM y "MARU" de matricula N° SE-9970-PM, para la MORDAZA Sur siendo el MORDAZA PMCE para la embarcacion pesquera "ANDES 52" de matricula N° CE-29039-PM de 1,035895 % y de la embarcacion pesquera "MARU" de matricula N° SE-9970-PM de 0.402341 %. Articulo 4°.- Condicionar la aprobacion de la incorporacion definitiva del PMCE de la embarcacion pesquera "NEPTUNO" a las embarcaciones pesqueras "ANDES 52" y "MARU", de conformidad con lo senalado en el articulo 7° del Decreto Legislativo N° 1084, ello, teniendo en consideracion que la embarcacion pesquera "MARU" de matricula N° SE-9970-PM, mantiene un procedimiento administrativo de ejecucion coactivo que se encuentra suspendido por haber interpuesto una demanda Contenciosa Administrativa, de acuerdo a lo informado por la Oficina de Ejecucion Coactiva mediante Memorando N° 00077-2011-PRODUCE/DDGEPP/OEC. Articulo 5°.- Incorporar los nuevos PMCEs de las embarcaciones pesqueras "ANDES 52" y "MARU" al listado de PMCE en la MORDAZA Norte Centro y Sur, aprobado mediante Resolucion Directoral N° 843-2008PRODUCE/DGEPP y 376-2009-PRODUCE/DGEPP, respectivamente. Articulo 6°.- La incorporacion definitiva del PMCE de las referidas embarcaciones a los Listados de los Porcentajes Maximos de Captura por Embarcacion (PMCE), correspondientes a la MORDAZA Norte-Centro del litoral aprobado por Resolucion Directoral N° 843-2008PRODUCE/DGEPP y la MORDAZA Sur del litoral aprobado por Resolucion Directoral N° 376-2009-PRODUCE/ DGEPP, referidas en los articulos 2° y 3°, de la presente Resolucion no modifica los PMCE asignados a las demas embarcaciones pesqueras en las citadas Resoluciones. Articulo 7°.- Excluir del Anexo publicado en las Resoluciones Directorales N°s 843-2008-PRODUCE/ DGEPP y 376-2009-PRODUCE/DGEPP a la embarcacion pesquera "NEPTUNO" de matricula N° CE-04524-CM. Articulo 8°.- Remitir MORDAZA de la presente Resolucion Directoral a la Oficina de Tecnologia de la Informacion y Estadistica del Ministerio de la Produccion, para que se sirva proceder a la Incorporacion en el aplicativo de seguimiento del PMCE y LMCE. Articulo 9°.- Remitir MORDAZA de la presente Resolucion Directoral a la Direccion General de Seguimiento, Control y Vigilancia del Ministerio de la Produccion, a las Direcciones Regionales Sectoriales de la Produccion del Litoral y a la Direccion General de Capitanias y Guardacostas del Ministerio de Defensa, y consignarse en el MORDAZA Institucional del Ministerio de la Produccion, cuya direccion es: www.produce.gob.pe. Registrese, comuniquese y publiquese. YSAAC MORDAZA MORDAZA MORDAZA Director General de Extraccion y Procesamiento Pesquero
617420-9

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