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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 5 de mayo de 2011 442040 Secretaria General de la UNSAAC, de la Resolución del Consejo Universitario por la que se le confi ere el Título Profesional, 4) Dos fotografías tamaño pasaporte; 5) Recibo de Caja por Derechos de Rotulado de Diploma; 6) Fotocopia autenticada de su Documento Nacional de Identidad; 7) Diploma deteriorado; Que, del Informe Nº 004-2011-GT, expedido por el Equipo de Grados y Títulos de la Ofi cina de Secretaría General de la Institución, se colige que el recurrente optó el Título Profesional de Licenciado en Físico Matemáticas conforme aparece en la Resolución Nº CU-0256-2000-GT, de fecha 25 de febrero de 2000, encontrándose inscrito en el Libro 10, Folio 157, diploma N°A249408 del Registro de Grados y Títulos de la UNSAAC; Que, en Sesión Ordinaria del Consejo Universitario llevada a efecto el día 22 de marzo de 2011, se puso a consideración del pleno la petición presentada por Don: Edwin Cazorla Medina, solicitando duplicado de Diploma que le confi ere el Título de Licenciado en Físico Matemáticas, siendo aprobado por unanimidad; Estando a lo referido en la Ley 28626, Resolución Nº CU-224-2006-UNSAAC, Directiva para el otorgamiento de Duplicados de Diplomas de Grados y Títulos emitido por la UNSAAC y en uso de las atribuciones conferidas por la Ley y el Estatuto Universitario; RESUELVE: Primero.- DECLARAR PROCEDENTE la petición presentada por el Sr. EDWIN CAZORLA MEDINA sobre otorgamiento de Duplicado de Diploma que le confi ere el Título de Licenciado en Físico Matemáticas de la Facultad de Ciencias Químicas, Físicas y Matemáticas de la Institución. Segundo.- AUTORIZAR a la Ofi cina de Secretaría General de la Institución, proceda a la emisión de DUPLICADO DE DIPLOMA DE TITULO PROFESIONAL, POR MOTIVO DE DETERIORO a favor de Don EDWIN CAZORLA MEDINA, confi riéndole el TÍTULO DE LICENCIADO EN FÍSICO MATEMÁTICAS, por las razones expuestas en la considerativa de la presente resolución. Tercero.- DEJAR ESTABLECIDO que en el diploma a que se refi ere el numeral primero de la presente resolución, deberá consignar al margen izquierdo el sello de DUPLICADO. Cuarto.- DISPONER que la Ofi cina de Secretaría General a través del Equipo de Grados y Títulos, remita a la Asamblea Nacional de Rectores un ejemplar de la presente resolución para su registro respectivo. Quinto.- DISPONER que el Área de Abastecimiento y Servicios Auxiliares, proceda a la publicación de la presente Resolución en el Diario Ofi cial El Peruano, bajo responsabilidad. La Ofi cina de Secretaría General y el Área de Abastecimiento y Servicios Auxiliares, deberán adoptar las medidas complementarias necesarias para el cumplimiento de la presente resolución. Regístrese, comuníquese y archívese. JORGE GUILLERMO UGARTE BERRIO Rector(e) 631809-1 GOBIERNOS LOCALES MUNICIPALIDAD DE EL AGUSTINO Modifican el cronograma aprobado mediante D.A. Nº 004-2010-SEGE-08- MDEA DECRETO DE ALCALDÍA Nº 005-2011-SEGE-08-MDEA El Agustino, 2 de mayo del 2010 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE EL AGUSTINO VISTO: El Informe Nº 220-2011-GDP-GEMU-MDEA, de la Gerencia de Defensoría y Participación Vecinal; CONSIDERANDO: Que, el Art. 194º de la Constitución Política del Perú, modifi cado por Ley Nº 28607, concordante con el Art. II del título preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972, establece que los Gobiernos Locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, entendiéndose que esta autonomía radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, actos administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico; Que, mediante Decreto de Alcaldía Nº 004-2011-sege- mdea, de fecha 28 de marzo de 2011, se convocan a elecciones de los representantes de las Organizaciones de Base ante el Consejo de Coordinación Local Distrital; Que, mediante Informe Nº 220-2011-GDP-GEMU- MDEA, de la Gerencia de Defensoría y Participación Vecinal, informa que es necesaria la reprogramación de la convocatoria de las elecciones de los representantes de las Organizaciones de Base ante el Consejo de Coordinación Local Distrital; Estando acuerdo a lo establecido en el numeral 6) del Art. 20º, Art. 42º y 80º de la Ley Orgánica de Municipalidades – Ley Nº 27972; DECRETA: Artículo 1º.- Modifi car el cronograma aprobado en el artículo 1º del Decreto de Alcaldía Nº 004-2010-SEGE- 08-MDEA, el cual quedará redactado de la siguiente manera: PROCESO FECHAS Convocatoria y Difusión Del 05 al 14 de Mayo Apertura de Libro de Inscripciones Del 10 al 21 de Mayo Publicación del Padrón Del 23 al 25 de Mayo Impugnación y Tachas Del 26 al 28 de Mayo Resolución del Comité Electoral 30 de mayo TALLER DE CAPACITACIONES Y ELECCIONES Taller Distrital 31 de mayo Talleres por segmentos: Organizaciones Sociales de Base 01 de Junio Territoriales 02 de Junio Instituciones Culturales, Educativas, ONG, Iglesias, Org. Ambientales 06 de Junio Organizaciones de Seguridad Ciudadana, Defensa Civil, Redes de lucha Contra la Violencia Familiar 07 de Junio Micro, Mediana y Gran Empresa 08 de Junio Niños, Adolescentes y Jóvenes 09 de Junio Elecciones Preliminares por segmentos 10,11,13,14,15,16 y 17 de Junio Acto Electoral 19 DE JUNIO Informe fi nal del Comité electoral 21 de Junio Juramentación 22 de Junio Artículo 2º.- ENCARGAR al Gerente Municipal el cumplimiento del Decreto de Alcaldía Nº 005-2011- SEGE-08-MDEA, al Secretario General la publicación en el Diario Ofi cial El Peruano y poner en conocimiento a las demás ofi cinas de esta municipalidad para su debido cumplimiento; y a la Unidad de Imagen, Prensa, Relaciones Públicas y Protocolo su correspondiente difusión masiva. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. VICTOR MODESTO SALCEDO RIOS Alcalde 635919-1