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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 05 DE MAYO DEL AÑO 2011 (05/05/2011)

CANTIDAD DE PAGINAS: 60

TEXTO PAGINA: 38

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 5 de mayo de 2011 442030 CONSIDERANDO: Que, el inciso 3) del artículo 75º del Texto Único Ordenado de la Ley de Telecomunicaciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 013-93-TCC, señala que corresponde al Ministerio de Transportes y Comunicaciones otorgar concesiones, autorizaciones, permisos y licencias en materia de telecomunicaciones; Que, el artículo 121º del Texto Único Ordenado del Reglamento General de la Ley de Telecomunicaciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 020-2007-MTC y sus modifi catorias, dispone que los servicios portadores, fi nales y de difusión de carácter público, se prestan bajo el régimen de concesión, la cual se otorga previo cumplimiento de los requisitos y trámites que establecen la Ley y el Reglamento y se perfecciona por contrato escrito aprobado por el Titular del Ministerio; Que, el artículo 123º del Texto Único Ordenado del Reglamento General de la Ley de Telecomunicaciones, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 020-2007-MTC, señala que el otorgamiento de la concesión, así como las asignaciones de espectro que correspondan, se efectuarán obligatoriamente por concurso público de ofertas cuando: a) En una determinada localidad o área de servicio, exista restricción en la disponibilidad de frecuencias o banda de frecuencias disponible, para la prestación de un determinado servicio público de telecomunicaciones, b) se señale en el Plan Nacional de Asignación de Frecuencias – PNAF; Que la Nota P65 del Plan Nacional de Asignación de Frecuencias (PNAF), aprobado con Resolución Ministerial Nº 187-2005-MTC/03, modifi cado mediante Resolución Ministerial Nº 476-2007-MTC/03 dispone que: “Las bandas 1 850 - 1 910 MHz y 1 930 - 1 990 MHz están atribuidas para servicios públicos de telecomunicaciones móviles y/o fi jos. El otorgamiento de la concesión y la asignación de espectro para la explotación de dichos servicios será mediante concurso público de ofertas; Que, el artículo 159º del Texto Único Ordenado del Reglamento General de la Ley de Telecomunicaciones, señala que mediante Resolución del Titular del Ministerio se podrá, para casos específi cos, encargar a otra entidad la conducción del concurso y el otorgamiento de la buena pro; Que, mediante Resolución Ministerial Nº 405-2008- MTC/03, publicada el 29 de mayo de 2008, el Ministerio de Transportes y Comunicaciones dispuso la realización del concurso Público de Ofertas para seleccionar al operador que se le asignará 25 MHz de la Banda C de 1 900 MHz a nivel nacional según la canalización que aprobará el Ministerio y, de ser el caso se le otorgará concesión, para la prestación de servicios públicos de telecomunicaciones, de acuerdo a las condiciones que se establezcan en las Bases del Concurso; asimismo se encargó a la Agencia de Promoción de la Inversión Privada – PROINVERSION, la realización del citado Concurso Público de Ofertas y el correspondiente otorgamiento de la Buena Pro; Que, mediante Resolución Suprema Nº 067-2008-EF, publicada el 18 de julio de 2008, se ratifi có el acuerdo del Consejo Directivo de PROINVERSIÓN, adoptado en sesión de fecha 12 de junio de 2008, mediante el cual aprobó el Plan de Promoción de la Inversión Privada para entregar en concesión la prestación de servicios públicos de telecomunicaciones en 25 MHz de la Banda C de 1 900 MHz a nivel nacional; Que, con fecha 27 de enero de 2011, se adjudicó la buena pro de la Licitación Pública Especial para la entrega en Concesión la Prestación de Servicios Públicos de Telecomunicaciones y la Asignación de 25 MHz de la Banda C de 1 900 MHz a nivel nacional; Que, mediante el P/D Nº 048972 de fecha 26 de abril de 2011, la Jefatura de Proyectos en Telecomunicaciones de la Agencia de Promoción de la Inversión Privada – PROINVERSIÓN, pone en conocimiento la adjudicación de la Buena Pro de la Licitación Pública Especial para la entrega en Concesión de la Prestación de Servicios Públicos de Telecomunicaciones y Asignación de Frecuencia en 25 MHz de la Banda C 1 900 MHz comprendida entre los Rangos 1 897,5 – 1 910 MHz y 1 977,5 – 1 990 MHz a nivel nacional a favor del Postor VIETTEL GROUP, y que la empresa que suscribirá el correspondiente Contrato de Concesión será la empresa VIETTEL PERÚ S.A.C., por lo que requiere la remisión de la copia Certifi cada de la Resolución Ministerial del Otorgamiento de Concesión, de la Resolución Directoral de inscripción en el registro respectivo del Servicio Concedido y de la Resolución Directoral de Asignación de Espectro Radioeléctrico, conforme a lo establecido en el numeral 13.2.1 de las Bases y el literal a) del numeral 4.2 del Contrato de Concesión; Que, mediante Informe Nº 562-2011-MTC/27, la Dirección General de Concesiones en Comunicaciones señala que es procedente el otorgamiento de concesión única para la prestación de servicios públicos de telecomunicaciones, asignación de espectro radioeléctrico en la Banda C, comprendidas en los rangos de frecuencias de 1 897,5 – 1 910 MHz y 1 977,5 – 1 990 MHz a nivel nacional, e inscripción en el registro de servicios públicos de telecomunicaciones, a favor de la empresa VIETTEL PERÚ S.A.C.; De conformidad con lo dispuesto por el Texto Único Ordenado de la Ley de Telecomunicaciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 013-93-TCC y su modifi catoria, Ley Nº 28737, el Texto Único Ordenado del Reglamento General de la Ley de Telecomunicaciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 020-2007-MTC y sus modifi catorias, el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 021-2007-MTC, el Texto Único Ordenado de las normas con rango de Ley que regulan la entrega en concesión al sector privado de las obras públicas de infraestructura y de servicios públicos, aprobado por Decreto Supremo Nº 059- 96-PCM y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 060-96-PCM; Con la opinión favorable del Director General de Concesiones en Comunicaciones y la conformidad del Viceministro de Comunicaciones; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Otorgar a la empresa VIETTEL PERÚ S.A.C., concesión única para la prestación de los servicios públicos de telecomunicaciones por el plazo de veinte (20) años, en el área que comprende todo el territorio de la República del Perú, estableciéndose como primer servicio a prestar, el Servicio de Comunicaciones Personales (PCS). Artículo 2º.- Aprobar el contrato de concesión a celebrarse con la empresa VIETTEL PERÚ S.A.C., para la prestación de los servicios públicos de telecomunicaciones, el que consta de veintiún (21) cláusulas y nueve (9) anexos que forma parte integrante de la presente resolución. Artículo 3º.- Autorizar al Viceministro de Comunicaciones para que, en representación del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, suscriba el contrato de concesión que se aprueba en el artículo 2º de la presente resolución, así como, en cualquiera de las partes lo solicite, a fi rmar la elevación a Escritura Pública del referido contrato y de las Adendas que se suscriban al mismo. Artículo 4º.- La concesión otorgada quedará sin efecto de pleno derecho, sin perjuicio de que el Ministerio emita el acto administrativo correspondiente, si el contrato de concesión no es suscrito por la solicitante en el plazo máximo de sesenta (60) días hábiles computados a partir de la publicación de la presente resolución. Artículo 5º.- Remitir copia de la presente resolución a la Dirección General de Control y Supervisión de Comunicaciones, para conocimiento y fi nes. Regístrese, comuníquese y publíquese. ENRIQUE CORNEJO RAMÍREZ Ministro de Transportes y Comunicaciones 636072-1 ORGANISMOS EJECUTORES SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE ADMINISTRACION TRIBUTARIA Aprueban Procedimiento Específico “Despacho Simplificado de Exportación” INTA-PE-02.01 (Versión 4) RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA NACIONAL ADJUNTA DE ADUANAS Nº 162-2011/SUNAT/A Callao, 4 de mayo de 2011