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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 05 DE MAYO DEL AÑO 2011 (05/05/2011)

CANTIDAD DE PAGINAS: 60

TEXTO PAGINA: 52

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 5 de mayo de 2011 442044 año 2011. Para el acogimiento posterior al vencimiento de la segunda cuota trimestral del presente año 2011 deberá haber cancelado previamente la misma. • En el caso de los contribuyentes que sólo posean deuda de años anteriores por Arbitrios Municipales, podrán acogerse al fraccionamiento del RESTE siempre y cuando se encuentren al día en sus cuotas del Impuesto Predial del año 2011. Para el acogimiento posterior al vencimiento de la segunda cuota trimestral del presente año 2011 deberá haber cancelado previamente la misma. Artículo 5º.- Desistimiento Los contribuyentes que accedan al RESTE, deberán presentar previamente y por escrito la solicitud de desistimiento de recursos de reclamación o apelación que se encuentren en trámite, cuyo formato será de distribución gratuita en las instalaciones de la Gerencia de Rentas. La solicitud mencionada no requiere fi rma de abogado y su presentación o el sólo acogimiento a los benefi cios del RESTE, implica el reconocimiento voluntario de la deuda tributaria y de considerarlo pertinente, la entidad, podrá declarar que ha operado la sustracción de la materia en los recursos en mención. Si la deuda materia de saneamiento, se encuentra comprendida en valores tributarios por los cuales se hubiesen iniciado procesos judiciales, los contribuyentes deberán presentar copia fedateada del escrito de desistimiento, debidamente recepcionado por el órgano jurisdiccional donde se tramita el proceso. Artículo 6º.- De los fraccionamientos y pagos anteriores Los contribuyentes que a la fecha de entrada en vigencia de la presente norma, mantuvieran un fraccionamiento vigente, podrán acogerse al fraccionamiento del RESTE, para tal efecto se procederá al quiebre del fraccionamiento vigente y los pagos realizados por las cuotas anteriores se imputarán a la deuda más antigua. Artículo 7º.- De la pérdida del RESTE El incumplimiento de dos cuotas vencidas genera la pérdida del benefi cio para lo cual se expedirá resolución de pérdida por parte de la Subgerencia de Recaudación y Control. DISPOSICIONES FINALES Y TRANSITORIAS Primera.- Los fraccionamientos vigentes o los que hubieran sido quebrados, a la fecha de entrada en vigencia de la presente, que no accedan al Régimen de Saneamiento Tributario Especial “RESTE”, seguirán bajo las mismas reglas normativas de su aprobación. Segunda.- Las disposiciones normativas contenidas en el Decreto de Alcaldía Nº 006-2010/MLV, que se opongan a la presente ordenanza, quedarán en suspenso, mientras dure su vigencia. Tercera.- Si el contribuyente mantuviera deuda en proceso de cobranza coactiva y decida acogerse al fraccionamiento del RESTE, se requerirá previamente a la suscripción del convenio, la aprobación del Ejecutor Coactivo mediante su visto bueno o del Subgerente de Ejecución Coactiva. En tal sentido, el otorgamiento del benefi cio es potestativo y discrecional. De darse el visto bueno por la autoridad competente y de encontrarse con medida cautelar trabada, se deberá pagar las costas y gastos de dicha medida cautelar previamente al acogimiento. Cuarta.- Encargar el cumplimiento de la presente Ordenanza a las gerencias de Rentas, de Administración Documentaria e Informática y de Imagen Institucional, conforme a sus atribuciones. Quinta.- Facultar al señor Alcalde para que mediante Decreto de Alcaldía prorrogue la vigencia de la presente norma o dicte las disposiciones reglamentarias que puedan ser necesarias para su mejor aplicación. Sexta.- La presente Ordenanza entrará en vigencia desde el día siguiente de su publicación en el diario Ofi cial El Peruano hasta el 15 de junio de 2011. Regístrese, publíquese y cúmplase. ALBERTO SÁNCHEZ AIZCORBE C. Alcalde 635959-1 MUNICIPALIDAD DE SAN JUAN DE MIRAFLORES Modifican artículo 32º del Reglamento para el Proceso del Presupuesto Participativo para el año fiscal 2012 ORDENANZA MUNICIPAL Nº 194-2011-MDSJM San Juan de Mirafl ores, 29 de abril de 2011 EL CONCEJO MUNICIPAL DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN JUAN DE MIRAFLORES VISTO; En Sesión Ordinaria de Concejo de la fecha 29 de abril de 2011 el Memorándum Nº 270-2011-GP/MDSJM de fecha 25 de abril de 2011 de la Gerencia de Planifi cación; y, CONSIDERANDO: Que, según lo establecido por el artículo 194º de la Constitución Política del Estado, modifi cada por la Ley de Reforma Constitucional Ley Nº 27680 y el artículo II del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades Ley Nº 27972, las municipalidades provinciales y distritales, son órganos de gobierno local que cuentan con autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia. Que, la Ley Nº 27783 - Ley de Bases de la Descentralización, en su Artículo 20º sobre los Presupuestos Institucionales, dispone que los Gobiernos Regionales y los Gobiernos Locales se sustentan y rigen por Presupuestos Participativos Anuales como instrumentos de administración y gestión; así también, los Presupuestos de Inversión se elaboran en forma concertada, sujetándose a las normas técnicas del Sistema Nacional de Inversión Pública Ley Nº 27293; Que, mediante Memorándum Nº 270-2011-GP/ MDSJM de fecha 25 de abril de 2011, la Gerencia de Planifi cación manifestó que con el fi n de llevar la respectiva secuencia en el desarrollo de los talleres del Presupuesto Participativo 2012 es necesario la modifi cación del punto IV Actividad: Talleres de Trabajo, del Capítulo VI, del Reglamento para el Proceso del Presupuesto Participativo para el año fi scal 2012, Anexo I de la Ordenanza Municipal Nº 191-2011-MDSJM de fecha 30 de marzo de 2011, publicada en el Diario El Peruano el 9 de abril de 2011. Que, el Capítulo VI “Cronograma para el Desarrollo del Proceso de Presupuesto Participativo”, en el Punto IV Actividad de Talleres de Trabajo en la Actividad de Rendición de Cuentas se establece como plazo de ejecución del 09 de mayo al 16 de mayo de 2011, debiendo actualizarse de la siguiente manera plazo de ejecución 04 de junio de 2011. Que, estando a lo expuesto y en uso de sus facultades conferidas en el Artículo 9º numeral 8 y los Artículos 39º y 40º de la Ley Nº 27972 – Ley Orgánica de Municipalidades, el pleno del Concejo Municipal por UNANIMIDAD aprobó lo siguiente: MODIFICACIÓN DE LA ORDENANZA MUNICIPAL QUE APRUEBA EL REGLAMENTO Y CRONOGRAMA PARA LA IMPLEMENTACION DEL PROCESO DE FORMULACION DEL PRESUPUESTO PARTICIPATIVO DEL AÑO FISCAL 2012 Artículo Primero.- MODIFIQUESE, el Artículo 32º del Reglamento para el Proceso del Presupuesto Participativo para el año fi scal 2012 de la siguiente manera: Artículo 32°.- El Cronograma Actividades del Proceso del Presupuesto Participativo 2012, se presenta en el siguiente cuadro: