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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 05 DE MAYO DEL AÑO 2011 (05/05/2011)

CANTIDAD DE PAGINAS: 60

TEXTO PAGINA: 50

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 5 de mayo de 2011 442042 entendiéndose por ésta el cobro que se hace por el benefi cio individual obtenido, y como consecuencia del costo que genera. Estando a los fundamentos antes expuestos, en uso de las facultades conferidas por la Ley Orgánica de Municipalidades con la dispensa de trámite de lectura y aprobación del Acta, por MAYORÍA se aprueba la siguiente: ORDENANZA QUE ESTABLECE LA TASA DE ESTACIONAMIENTO VEHICULAR TEMPORAL EN LA JURISDICCIÓN DEL DISTRITO DE INDEPENDENCIA Artículo Primero.- APROBAR la Ordenanza para el establecimiento de la Tasa de Estacionamiento Vehicular Temporal en la Jurisdicción del Distrito de Independencia. La misma que está compuesta por (13) Artículos y 03 Anexos que forman parte de la presente Ordenanza; los que serán publicados en el Portal Institucional el mismo día de su Publicación en el Diario Ofi cial El Peruano. Artículo Segundo.- FACÚLTESE al Alcalde para que mediante Decreto de Alcaldía dicte las Normas Técnicas, Administrativas y Reglamentarias para la Implementación de la Tasa de Estacionamiento Vehicular Temporal. Artículo Tercero.- ENCARGAR a la Gerencia de Rentas su cumplimiento y a la Secretaría General para su publicación, en el Diario Ofi cial El Peruano. Regístrese, comuníquese y cúmplase. EVANS R. SIFUENTES OCAÑA Alcalde 635371-2 MUNICIPALIDAD DE LA MOLINA Aprueban la celebración del Convenio de Cooperación Interinstitucional entre la Municipalidad y el Cuerpo General de Bomberos Voluntarios del Perú ACUERDO DE CONCEJO Nº 034-2011 La Molina, 3 de mayo de 2011 EL CONCEJO DISTRITAL DE LA MOLINA VISTO: en Sesión Ordinaria de Concejo de fecha 03 de mayo del 2011, el Dictamen Conjunto Nº 01-2011 de fecha 25 de Abril del 2011 de la Comisión de Administración, Rentas, Presupuesto e Informática, Comisión de Educación, Cultura y Bienestar Social y la Comisión de Asuntos Jurídicos; respecto a la propuesta de suscripción de un Convenio de Cooperación Interinstitucional entre la Municipalidad Distrital de La Molina y el Cuerpo General de Bomberos Voluntarios del Perú. CONSIDERANDO: Que, el Artículo 194º de la Constitución Política del Perú modifi cado por la Ley de Reforma Constitucional Nº 27680 establece que las Municipalidades son Órganos de Gobierno Local con Autonomía Política, Económica y Administrativa en asuntos de su competencia, concordante con el Artículo II del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972; Que, conforme al numeral 2.2 del artículo 85º de la Ley Orgánica de Municipalidades – Ley Nº 27972, son funciones compartidas entre las municipalidades, el promover acciones de apoyo a las compañías de bomberos, benefi cencias, Cruz Roja y demás instituciones de servicio a la comunidad; por lo que corresponde a la Corporación tomar acciones al respecto, que redunden en benefi cio del distrito. Que, mediante Carta Nº 016-2011-CGBVP-XXIV- CDLS-B96, la Compañía de Bomberos Voluntarios La Molina Nº 96 Andrés Avelino Cáceres, solicita la renovación de la subvención económica que la Municipalidad le ha venido otorgando, para el cumplimiento de sus fi nes; Que, mediante Informe Nº 018-2011-MDLM-GPP de fecha 21.03.2011, la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto, señala que en el Presupuesto Institucional de Apertura 2011, ha sido prevista dicha demanda de gasto hasta por un monto de S/. 102,000.00 (Ciento dos mil y 00/100 nuevos soles); asimismo, recomienda tener en cuenta que según los numerales 25 y 26 del artículo 9º de la Ley Orgánica de Municipalidades – Ley Nº 27972, corresponde al Concejo Municipal aprobar la celebración de convenios interinstitucionales, así como la donación o la cesión en uso de bienes muebles e inmuebles a favor de entidades públicas o privadas sin fi nes de lucro; Que, mediante Informe Nº 167-2011-MDLM-GAJ de fecha 11.04.11 la Gerencia de Asesoría Jurídica, teniendo en cuenta lo solicitado mediante Carta Nº 016-2011-CGBVP-XXIV-CDLS-B96, señala que estima conveniente la suscripción del Convenio de Cooperación Interinstitucional entre la Municipalidad Distrital de La Molina y el Cuerpo General de Bomberos Voluntarios del Perú, opinando por la viabilidad del mismo, considerando lo dispuesto por el artículo 77º de la Ley Nº 27444, el cual dispone que por los convenios de colaboración, las entidades a través de sus representantes autorizados, celebran dentro de la ley acuerdos en el ámbito de su respectiva competencia, de naturaleza obligatoria para las partes y con cláusula expresa de libre adhesión y separación; asimismo, precisa que la suscripción del citado convenio resultaría benefi cioso respecto a las funciones asignadas a la Unidad de Defensa Civil; Que, el presente convenio tiene por objeto apoyar la labor realizada por el Cuerpo General de Bomberos en el distrito de La Molina, especialmente en el aspecto logístico y económico, que facilite cubrir los gastos operativos de la Compañía de Bomberos Voluntarios Andrés Avelino Cáceres Nº 96 La Molina. Estando a lo expuesto, de conformidad con lo previsto en el numeral 26 del Artículo 9º y del Artículo 41º de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972, por unanimidad y con dispensa de la lectura y trámite de aprobación del acta; ACORDÓ: Artículo Primero.- APROBAR, la celebración del Convenio de Cooperación Interinstitucional entre la Municipalidad Distrital de La Molina y el Cuerpo General de Bomberos Voluntarios del Perú, con la fi nalidad de apoyar la labor realizada por dicha institución en el distrito de La Molina, a través de la Compañía de Bomberos Voluntarios Andrés Avelino Cáceres Nº 96 La Molina. Artículo Segundo.- ENCARGAR a la Gerencia Municipal, la Gerencia de Comunicaciones e Imagen Institucional y la Gerencia de Desarrollo Humano, el cumplimiento del presente Acuerdo de Concejo. Regístrese, comuníquese y cúmplase. JUAN CARLOS ZUREK P.F. Alcalde 635991-1 MUNICIPALIDAD DE LA VICTORIA Aprueban Régimen de Saneamiento Tributario Especial - “RESTE” ORDENANZA Nº 129- 2011/MLV La Victoria, 29 de abril de 2011 EL CONCEJO DISTRITAL DE LA VICTORIA VISTOS; en sesión extraordinaria de la fecha el Dictamen Conjunto Nº 006-2011-CPPPAL-CPRDE/MDLV emitido por las Comisiones Permanentes de Planeamiento, Presupuesto y Asuntos Legales, y de Rentas y Desarrollo Económico, y;