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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 05 DE MAYO DEL AÑO 2011 (05/05/2011)

CANTIDAD DE PAGINAS: 60

TEXTO PAGINA: 37

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 5 de mayo de 2011 442029 digital terrestre (TDT) en cada una de las localidades que comprenden los Territorios 01, 02 y 03 previstos en el Plan Maestro, el cual fue declarado desierto por el Comité, debido a la ausencia de postores; Que, en aplicación del principio de uso efi ciente del espectro radioeléctrico y en virtud al rol promotor de la radiodifusión digital que corresponde al Estado, previstos en el inciso d) del artículo I del Título Preliminar y en el artículo 5 de la Ley respectivamente; corresponde seguir adoptando acciones para promover la asignación de los canales reservados para la radiodifusión por televisión digital, a través del diseño de un concurso público que siga privilegiando el ingreso de nuevos radiodifusores que dinamicen la competencia o en su defecto, la asignación de este recurso a las personas naturales o jurídicas que se encuentren en el supuesto establecido en el literal a) del numeral 11.1 del artículo 11 del Plan Maestro con cargo al cumplimiento de obligaciones de cobertura; debiéndose modifi car para tal fi n, el artículo 3 del Decreto Supremo Nº 025-2010-MTC; De conformidad con lo dispuesto en el numeral 8 del artículo 118 de la Constitución Política del Perú, la Ley Nº 29370 - Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, la Ley Nº 28278 – Ley de Radio y Televisión, el Reglamento de la Ley de Radio y Televisión, aprobado por Decreto Supremo Nº 005- 2005-MTC y sus modifi catorias, y el Plan Maestro para la Implementación de la Televisión Digital Terrestre en el Perú, aprobado por Decreto Supremo Nº 017-2010-MTC; DECRETA: Artículo Único.- Modifi cación del Decreto Supremo Nº 025-2010-MTC Modifi car el artículo 3 del Decreto Supremo Nº 025- 2010-MTC, de acuerdo al siguiente texto: “Artículo 3º.- Condiciones que regirán el concurso público Para efectos del o los concursos públicos a que se refi ere el artículo precedente, se observarán las siguientes condiciones: 3.1 Por persona natural o jurídica solo se adjudicará y autorizará un canal de radiofrecuencia en cada localidad, de los que se concursen en el marco de la presente norma. Esta restricción se aplica a toda persona natural o jurídica vinculada a la citada persona natural o jurídica, conforme a las normas especiales sobre vinculación y grupo económico aprobadas por Resolución SBS Nº 445-2000 y Resolución CONASEV Nº 090-2005-EF/94.10 y sus modifi catorias. 3.2. Las bases del concurso público establecerán, entre otras condiciones: a. Mecanismos para privilegiar la participación de nuevos operadores en el mercado de los servicios de radiodifusión por televisión digital. b. Requisitos que garanticen el cumplimiento de los límites para evitar el acaparamiento del espectro radioeléctrico, a que se refi ere el artículo 22 de la Ley Nº 28278, Ley de Radio y Televisión. c. Obligaciones de expansión del servicio de radiodifusión por televisión digital terrestre, debidamente garantizadas, en las localidades comprendidas en el Territorio 04, para aquellos casos en los que los postores se encuentren en el supuesto establecido en el literal a) del numeral 11.1 del artículo 11 del Plan Maestro para la Implementación de la Televisión Digital Terrestre en el Perú.” DISPOSICIÓN COMPLEMENTARIA FINAL Única.- Refrendo El presente Decreto Supremo será refrendado por el Ministro de Transportes y Comunicaciones. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los cuatro días del mes de mayo del año dos mil once. ALAN GARCÍA PÉREZ Presidente Constitucional de la República ENRIQUE CORNEJO RAMÍREZ Ministro de Transportes y Comunicaciones 636203-5 Designan al representante del Ministerio de Economía y Finanzas ante el Directorio de la Autoridad Portuaria Nacional RESOLUCIÓN SUPREMA N° 015-2011-MTC Lima, 4 de mayo de 2011 CONSIDERANDO: Que, la Autoridad Portuaria Nacional, en adelante APN, es un Organismo Técnico Especializado encargado del Sistema Portuario Nacional, adscrito al Ministerio de Transportes y Comunicaciones, con personería jurídica de derecho público interno, patrimonio propio y con autonomía administrativa, funcional, técnica, económica y fi nanciera, y con facultad normativa, por delegación del Ministro de Transportes y Comunicaciones; Que, conforme a lo dispuesto en el artículo 25 de la Ley Nº 27943, Ley del Sistema Portuario Nacional, concordado con el primer punto del inciso a) del artículo 109 de su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 003- 2004-MTC, en adelante el Reglamento, el Directorio de la APN deberá estar conformado por once (11) Directores, entre los que se encuentran seis (6) representantes nombrados por acuerdo del Consejo de Ministros; Que, entre los representantes nombrados a que se refi eren las precitadas normas, se encuentra comprendido un (01) representante del Ministerio de Economía y Finanzas el mismo que será designado por el Consejo de Ministros de una lista de tres (03) candidatos, a propuesta de dicho Ministerio; Que, conforme a lo dispuesto en el artículo 118 del Reglamento, la designación de los miembros del Directorio de las Autoridades Portuarias es por cinco (05) años improrrogables, sustituidos en un sistema de rotación anual; Que, mediante Resolución Suprema Nº 093-2010- MTC, publicada en el Diario Ofi cial El Peruano el 22 de junio de 2010, se aceptó la renuncia de la señora María Soledad Guiulfo Suárez - Durand, al cargo de representante del Ministerio de Economía y Finanzas ante el Directorio de la Autoridad Portuaria Nacional; Con el voto aprobatorio del Consejo de Ministros; y, De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley Nº 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; y, la Ley Nº 27943, Ley del Sistema Portuario Nacional y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 003- 2004-MTC; SE RESUELVE: Artículo 1.- Designar al señor Carlos Ramón Noda Yamada como miembro del Directorio de la Autoridad Portuaria Nacional, en representación del Ministerio de Economía y Finanzas. Artículo 2.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Ministro de Transportes y Comunicaciones. Regístrese, comuníquese y publíquese ALAN GARCÍA PÉREZ Presidente Constitucional de la República ENRIQUE CORNEJO RAMÍREZ Ministro de Transportes y Comunicaciones 636203-18 Otorgan a VIETTEL PERÚ S.A.C. concesión única para la prestación de servicios públicos de telecomunicaciones en área que comprende todo el territorio de la República RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 313-2011-MTC/03 Lima, 4 de mayo de 2011