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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 05 DE OCTUBRE DEL AÑO 2011 (05/10/2011)

CANTIDAD DE PAGINAS: 60

TEXTO PAGINA: 32

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, miércoles 5 de octubre de 2011 451142 b) Los Contratos de Concesión; c) El “Reglamento de Atención de Reclamos y Solución de Controversias” del OSITRAN y sus normas modifi catorias; d) El “Reglamento de Atención y Solución de Reclamos de Usuarios” de cada Entidad Prestadora aprobado por el OSITRAN; g) Las demás disposiciones que dicte el OSITRAN sobre el particular; Que, la Cuarta Disposición Transitoria y Complementaria del “Reglamento de Atención de Reclamos y Solución de Controversias” del OSITRAN, y sus normas modifi catorias, establecen los procedimientos para que las Entidades Prestadoras cumplan con adecuar y presentar, ante el OSITRAN, su proyecto de “Reglamento de Atención de Reclamos de Usuarios” para su respectiva aprobación; Que, mediante Carta 096-2011-TISUR/GG de fecha 27 de setiembre 2011, la empresa concesionaria Terminal Internacional del Sur S.A - TISUR, remitió al OSITRAN su proyecto de adecuación de su “Reglamento de Atención y Solución de Reclamos de Usuarios”, en virtud a lo establecido en la Cuarta Disposición Transitoria y Complementaria del “Reglamento de Atención de Reclamos y Solución de Controversias” del OSITRAN, y sus modifi catorias; Que, la Resolución de Consejo Directivo N° 034- 2011-CD-OSITRAN, publicado en el Diario Oficial El Peruano el 03 setiembre 2011, enfatiza respecto al proceso que debe tener la difusión y aprobación de las diversas normas en aplicación del D.S. N° 001-2009- JUS, publicado en el Diario Oficial El Peruano el 15- 01-2009; Que, en virtud de lo expuesto, corresponde a la Gerencia de Supervisión del OSITRAN pronunciarse sobre la aprobación de la difusión del proyecto de adecuación del “Reglamento de Atención y Solución de Reclamos de Usuarios” de la empresa concesionaria Terminal Internacional del Sur S.A – TISUR, de acuerdo a las disposiciones vigentes; RESUELVE: Artículo Primero: Aprobar la difusión del proyecto adecuación del “Reglamento de Atención y Solución de Reclamos de Usuarios” de la empresa concesionaria Terminal Internacional del Sur S.A.- TISUR. Artículo Segundo: Autorizar la publicación de la presente Resolución en el Diario Ofi cial El Peruano. Asimismo, disponer que la presente Resolución y el contenido del proyecto de adecuación del “Reglamento de Atención y Solución de Reclamos de Usuarios” de la empresa concesionaria Terminal Internacional del Sur S.A. – TISUR sean publicados y difundidos en la página Web del OSITRAN y del TISUR. Artículo Tercero: El plazo para que los Usuarios Intermedios y Finales puedan remitir al OSITRAN sus comentarios y observaciones sobre dicho proyecto de adecuación del Reglamento de Reclamos presentado por el TISUR es de quince (15) días contados, a partir del día siguiente de la fecha de su publicación en el Diario Ofi cial “El Peruano”. Artículo Cuarto: Los comentarios y observaciones a los que se hace referencia en el artículo anterior, podrán ser remitidos al OSITRAN a nombre del el Sr. Atilio Rojas Noriega, Jefe del Area de Puertos de la Gerencia de Supervisión, sito en la Av. República de Panamá 3659 – San Isidro – Lima. Artículo Quinto: Notifi car la presente Resolución a la empresa concesionaria TISUR. Regístrese, comuníquese y publíquese. LUIGI D’ALFONSO CROVETTO Gerente de Supervisión OSITRAN 698865-1 ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSION PRIVADA EN TELECOMUNICACIONES Amplían plazo para la remisión de comentarios al Proyecto de Resolución Tarifaria que establecerá la Regulación de Tarifas Tope aplicable al Servicio de Llamadas Locales desde Teléfonos Fijos de Abonado de Telefónica del Perú S.A.A. a redes de Telefonía Móvil, de Comunicaciones Personales y Troncalizado RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA Nº 101-2011-PD/OSIPTEL Lima, 30 de septiembre de 2011. EXPEDIENTE : N° 00001-2011-CD-GPRC/TT MATERIA : Fijación de la Tarifa Tope para Llamadas Locales desde Telé- fonos Fijos de Abonado de Tele- fónica del Perú S.A.A. a redes de Telefonía Móvil, de Comunicacio- nes Personales y Troncalizado / Ampliación de plazo para comentarios VISTOS: (i) El Proyecto de Resolución presentado por la Gerencia General, que tiene por objeto ampliar el plazo otorgado a las empresas operadoras y demás interesados, a fin que puedan remitir sus comentarios al Proyecto de Resolución Tarifaria publicado mediante Resolución Nº 118-2011-CD/OSIPTEL, y modificar la fecha de la correspondiente Audiencia Pública Descentralizada; (ii) El Informe Nº 552-GPRC/2011 de la Gerencia de Políticas Regulatorias y Competencia, que recomienda la aprobación del referido proyecto; y con la conformidad de la Gerencia de Asesoría Legal; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución N° 127-2003-CD/ OSIPTEL se aprobó el “Procedimiento para la Fijación o Revisión de Tarifas Tope” (en adelante, el Procedimiento), en cuyo Artículo 6° se detallan las etapas y reglas a que se sujeta el Procedimiento de Oficio que inicie el OSIPTEL; Que, mediante Resolución N° 045-2011-CD/OSIPTEL, publicada en el Diario Ofi cial El Peruano de fecha 20 de abril de 2011, este organismo inició el Procedimiento de Ofi cio para la Fijación de las Tarifas Tope aplicables a las Llamadas Locales desde Teléfonos Fijos de Abonado de Telefónica a redes de Telefonía Móvil, de Comunicaciones Personales y Troncalizado; Que, siguiendo las reglas previstas en el Procedimiento, mediante Resolución N° 118- 2011-CD/ OSIPTEL, este organismo publicó, en el Diario Ofi cial El Peruano de fecha 14 de septiembre de 2011, el Proyecto de Resolución Tarifaria que establecerá la regulación de tarifas tope aplicable al Servicio de Llamadas Locales desde Teléfonos Fijos de Abonado de Telefónica a redes de Telefonía Móvil, de Comunicaciones Personales y Troncalizado (en adelante, el Proyecto de Resolución Tarifaria);