Norma Legal Oficial del día 05 de octubre del año 2011 (05/10/2011)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 29

El Peruano MORDAZA, miercoles 5 de octubre de 2011

NORMAS LEGALES

451139

como el cumplimiento de las condiciones esenciales y caracteristicas tecnicas indicadas en el articulo 1º de la presente Resolucion. Sin perjuicio de lo indicado, la titular podra solicitar la realizacion de la inspeccion tecnica MORDAZA del vencimiento del periodo de instalacion y prueba otorgado. En caso de incumplimiento de las obligaciones MORDAZA mencionadas la autorizacion otorgada quedara sin efecto. De cumplir la titular con las obligaciones precedentemente indicadas y a merito del informe tecnico favorable, la Direccion General de Autorizaciones en Telecomunicaciones procedera a expedir la respectiva Licencia de Operacion. Articulo 4º.- La titular, dentro de los doce (12) meses siguientes a la entrada en vigencia de la autorizacion otorgada, en forma individual o conjunta, aprobara su Codigo de Etica y presentara MORDAZA del mismo a la Direccion General de Autorizaciones en Telecomunicaciones o podra acogerse al Codigo de Etica aprobado por el Ministerio de Transportes y Comunicaciones. Articulo 5º.- La titular esta obligada a instalar y operar el servicio de radiodifusion autorizado, de acuerdo a las condiciones esenciales y caracteristicas tecnicas indicadas en el articulo 1º de la presente Resolucion, las cuales solo podran ser modificadas previa autorizacion de este Ministerio. En caso de aumento de potencia, este podra autorizarse hasta el MORDAZA establecido en el Plan de Canalizacion y Asignacion de Frecuencias de la banda y localidad autorizadas. En caso de disminucion de potencia y/o modificacion de ubicacion de estudios, no obstante no requerirse de aprobacion previa, la titular se encuentra obligada a comunicarlo a la Direccion General de Autorizaciones en Telecomunicaciones. Articulo 6°.- Conforme a lo establecido en el articulo 5º del Decreto Supremo Nº 038-2003-MTC, modificado por Decreto Supremo Nº 038-2006-MTC, la titular adoptara las medidas necesarias para garantizar que las radiaciones que emita la estacion de radiodifusion que se autoriza no excedan los valores establecidos como limites maximos permisibles en el acotado Decreto Supremo. Articulo 7°.- Seran derechos y obligaciones de la titular de la autorizacion otorgada los consignados en los articulos 64º y 65º del Reglamento de la Ley de Radio y Television, asi como los senalados en la presente Resolucion. Articulo 8º.- La autorizacion a que se contrae el articulo 1º de la presente Resolucion podra renovarse por igual periodo. La renovacion podra solicitarse hasta el dia del vencimiento del plazo de vigencia indicado en el mencionado articulo 1º. Sin embargo, dicha solicitud tambien se entendera presentada si a la fecha del termino de la vigencia de la autorizacion la titular se encuentra operando y al dia en sus pagos o cuente con solicitud o con fraccionamiento vigente. La renovacion se sujeta al cumplimiento de las condiciones previstas en el articulo 69º del Reglamento de la Ley de Radio y Television. Articulo 9º.- Dentro de los sesenta (60) dias de notificada la presente Resolucion, la titular de la autorizacion efectuara el pago correspondiente al derecho de autorizacion y canon anual. En caso de incumplimiento, el Ministerio expedira la resolucion que deje sin efecto la autorizacion respectiva, de conformidad con el articulo 38º del Reglamento de la Ley de Radio y Television. Articulo 10º.- La autorizacion a la que se contrae la presente Resolucion se sujeta a las disposiciones legales y reglamentarias vigentes que regulan el servicio autorizado, debiendo adecuarse a las normas modificatorias y complementarias que se expidan. Articulo 11°.- Remitir MORDAZA de la presente resolucion a la Direccion General de Control y Supervision de Comunicaciones para las acciones que corresponda, de acuerdo a su competencia. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA PEREZ-REYES MORDAZA Viceministro de Comunicaciones 698342-1

Otorgan a Aero MORDAZA S.A.C. renovacion y modificacion de permiso de operacion de aviacion comercial: transporte aereo no regular nacional de pasajeros, carga y correo
RESOLUCION DIRECTORAL N° 218-2011-MTC/12 MORDAZA, 14 de MORDAZA de 2011 Vista la solicitud de la compania AERO MORDAZA S.A.C., sobre Renovacion y Modificacion de Permiso de Operacion de Aviacion Comercial: Transporte Aereo No Regular Nacional de pasajeros, carga y correo; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion Directoral N° 149-2007MTC/12 del 11 de MORDAZA del 2007 se otorgo a la compania AERO MORDAZA S.A.C. Permiso de Operacion de Aviacion Comercial: Transporte Aereo No Regular Nacional de pasajeros, carga y correo, por el plazo de cuatro (04) anos contados a partir del 27 de agosto del 2007; Que, mediante Documento de Registro N° 2011021431 del 12 de MORDAZA del 2011, Documento de Registro N° 061791 del 26 de MORDAZA del 2011 y Documento de Registro N° 2011-021431-A del 08 de junio del 2011 la compania AERO MORDAZA S.A.C. solicito la Renovacion y Modificacion del indicado permiso de operacion; Que, segun los terminos del Memorando Nº 171-2011MTC/12.07.PEL emitido por el Coordinador Tecnico de Licencias, Memorando Nº 708-2011-MTC/12.LEG emitido por la Abogada de la DGAC, Memorando Nº 209-2011MTC/12.07.CER emitido por el Coordinador Tecnico de Certificaciones e Informe Nº 191-2011-MTC/12.07 emitido por el Director de Certificaciones y Autorizaciones; se considera pertinente otorgar lo solicitado, al haber cumplido la recurrente con los requisitos establecidos en la Ley Nº 27261 - Ley de Aeronautica Civil del Peru; su Reglamento; el Texto Unico de Procedimientos Administrativos del Ministerio de Transportes y Comunicaciones aprobado mediante Decreto Supremo Nº 008-2002-MTC actualizado por la Resolucion Ministerial Nº 644-2007-MTC/01 y sus modificatorias, asi como las demas disposiciones legales vigentes; Que, la Administracion, en aplicacion del MORDAZA de presuncion de veracidad, acepta las declaraciones juradas y la MORDAZA de documentos por parte del interesado, conforme lo dispone la Ley N° 27444 ­ Ley del Procedimiento Administrativo General; Que, en aplicacion del Articulo 9º, Literal g) de la Ley Nº 27261, "la Direccion General de Aeronautica Civil es competente para otorgar, modificar, suspender y revocar los Permisos de Operacion y Permisos de Vuelo", resolviendo el presente procedimiento mediante la expedicion de la Resolucion Directoral respectiva; Estando a lo dispuesto por la Ley Nº 27261 - Ley de Aeronautica Civil del Peru; su Reglamento vigente; demas disposiciones legales vigentes; y con la opinion favorable de las areas competentes; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Otorgar a la compania AERO MORDAZA S.A.C., Renovacion y Modificacion de su Permiso de Operacion de Aviacion Comercial: Transporte Aereo No Regular Nacional de pasajeros, carga y correo de acuerdo a las caracteristicas senaladas en la presente Resolucion, por el plazo de cuatro (04) anos contados a partir del 28 de agosto del 2011, dia siguiente a la fecha de vencimiento de la Resolucion Directoral Nº 149-2007-MTC/12 del 11 de MORDAZA del 2007. El presente Permiso de Operacion tiene caracter administrativo, por lo que para realizar sus operaciones aereas la empresa AERO MORDAZA S.A.C. debera contar

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.